La transparencia de la Federación de Fútbol: obligaciones y dinero público

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Asamblea General de la RFEF | Fuente: Ballesteros (Efe)
Tiempo de lectura: 4 min

El pasado miércoles 13 de abril, a las puertas de Semana Santa, La Real Federación Española de Fútbol (RFEF) daba a conocer en su portal de transparencia el sueldo percibido durante 2021 por su presidente, Luis Rubiales: 634.518,19 euros brutos. En cambio, la cosa se complica al tratar de consultar otros datos como sus anteriores retribuciones –varían anualmente– o qué parte de estas corresponde a variables.

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Los Estatutos por los que se rige actualmente la Federación, aprobados por la Asamblea General en octubre de 2020, son su normativa esencial. En ellos se recoge que es una entidad asociativa privada de utilidad pública, lo que implica que sus obligaciones de transparencia no son las mismas que las de los organismos públicos. 

¿Qué dicen sus Estatutos? 

Tal y como se recoge en los Estatutos, la Federación se rige, principalmente, por dos leyes. Por un lado se encuentra la Ley del Deporte de 1990, donde se establece que las federaciones deportivas son entidades privadas que a su vez ejercen funciones públicas de carácter administrativo, por lo que actúan como agentes colaboradores de la Administración pública.

  • La norma también determina que el Consejo Superior de Deportes es quien debe autorizar y revocar la constitución de una federación y aprobar sus estatutos y reglamentos. Además, debe acordar con las federaciones deportivas españolas sus objetivos, programas y presupuestos, y conceder las subvenciones económicas correspondientes. 

Por otra parte, la RFEF obedece al Real Decreto de Federaciones Deportivas Españolas. El documento determina que, por ser entidades de utilidad pública, cuentan con una serie de  beneficios tales como la prioridad en la obtención de recursos en los programas de promoción deportiva de la Administración o el acceso preferente al crédito oficial del Estado.

¿Qué es una entidad asociativa privada de utilidad pública?

El objetivo de otorgar la declaración de utilidad pública a una asociación tiene como finalidad “estimular la participación de las asociaciones en la realización de actividades de interés general”. Así lo recoge la Ley reguladora del Derecho de Asociación, donde se establecen todas las disposiciones al respecto.

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Requisitos. Para que una asociación sea declarada de utilidad pública tiene que cumplir con una serie de condiciones, como que sus fines estatutarios tiendan a promover el interés general –tengan carácter cívico, educativo, científico, cultural o deportivo, entre otros–, que su actividad no esté restringida exclusivamente a beneficiar a sus asociados, o que los miembros de los órganos de representación que perciban retribuciones no lo hagan con cargo a fondos y subvenciones públicas.

Derechos. Las asociaciones declaradas de utilidad pública cuentan con algunos derechos, como disfrutar de las exenciones y beneficios fiscales reconocidos en las leyes o disponer de asistencia jurídica gratuita de acuerdo con lo establecido en la legislación específica.

Obligaciones. Entre los deberes que deben cumplir estas asociaciones, como es el caso de la Real Federación Española de Fútbol, está presentar las cuentas anuales del ejercicio anterior en el plazo de los seis meses siguientes a su finalización. También están obligados a entregar una memoria descriptiva de las actividades realizadas ante el organismo encargado de verificar su constitución, que en este caso es el Consejo Superior de Deportes.

¿Recibe ayudas públicas la Federación de Fútbol? 

Según explican desde el Consejo Superior de Deportes (CSD) a Newtral.es, la Federación de Fútbol en la actualidad no recibe subvenciones públicas, ni la ordinaria que estuvo recibiendo hasta 2013, cuya evolución se puede ver en la siguiente tabla, ni ninguna otra.

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Pese a no recibir subvenciones públicas como tal, de acuerdo con la información proporcionada por el CSD, la Federación sí percibe un 0,5% de lo que generan los derechos audiovisuales del fútbol. Este dinero “proviene precisamente de ese negocio y el papel del CSD es básicamente de intermediario”, aclaran desde la institución.

Así lo establece el real decreto-ley para la comercialización de los derechos de explotación de contenidos audiovisuales de las competiciones de fútbol profesional. La normativa determina que una de las obligaciones de los clubes y entidades participantes en el campeonato de Liga es aportar un porcentaje de lo ingresado por la comercialización de los derechos audiovisuales al CSD, un importe que posteriormente pasaría a la Federación.

Estas cantidades aparecen recogidas por la Federación en su portal de transparencia, donde se refieren a ellas como subvenciones de explotación recibidas en 2019 y 2020. En total, la Federación recibió por este concepto 6,2 y 19,8 millones de euros respectivamente.

En este sentido, Manuel Villoria, catedrático de Ciencia Política y de la Administración de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid, confirma a Newtral.es que el hecho de que la Federación no reciba subvenciones públicas implica que no tiene obligaciones de transparencia de acuerdo a la ley estatal.

¿Cuáles son las obligaciones de transparencia de la Federación de Fútbol?

En España, la normativa que lucha contra la opacidad de las instituciones públicas es la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno. Entre los sujetos a los que se les aplica esta ley –recogidos en los artículos 2 y 3– no incluye a las federaciones deportivas, ya que están consideradas como entidades privadas.

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Teniendo en cuenta esa naturaleza privada, tal y como explica a Newtral.es Miguel Ángel Blanes, doctor en Derecho y experto en Transparencia, la referida ley solo le impone dos obligaciones a las federaciones:

  • Publicidad activa. Si reciben durante un año ayudas o subvenciones públicas superiores a 100.000 euros (o cuando al menos el 40% del total de sus ingresos anuales tengan carácter de ayuda o subvención pública, siempre que alcancen como mínimo la cantidad de 5.000 euros), deben cumplir con la obligación de publicar en su web los contratos, convenios o subvenciones celebrados con alguna Administración pública o las subvenciones procedentes de estas, así como sus presupuestos y cuentas anuales.
    • Serían las mismas obligaciones a las que están sometidos los partidos políticos, sindicatos o asociaciones de empresarios como la CEOE.
  • Publicidad pasiva. Las personas que presten servicios públicos o ejerzan potestades administrativas estarán obligadas a suministrar información a la Administración a la que se encuentren vinculadas para satisfacer el derecho de acceso de los ciudadanos. Es decir, los ciudadanos pueden solicitar información al Consejo Superior de Deportes, pero no podrían hacerlo directamente a las federaciones deportivas.

En este sentido, Blanes destaca la importancia de modificar la ley para que la transparencia de las federaciones sea mayor. "Ha habido avances en los últimos años, pero la información suele ser difícil de encontrar y no refleja claramente qué datos están obligados a publicar. Aunque en algunos casos están, pero es difícil su localización", sostiene. 

La transparencia de la Federación de Fútbol, bajo lupa

El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno también se ha enfrentado en alguna ocasión a reclamaciones de los ciudadanos que denunciaban que no se les haya facilitado información relacionada con la Federación de Fútbol.

Así lo recoge una resolución de 2018 en la que se solicitaban los gastos de la Federación en el Mundial de Fútbol organizado por la FIFA en Rusia, incluyendo los viajes, dietas, alojamiento y demás gastos vinculados al presidente de la Federación, José Luis Rubiales.

La información fue denegada por el Consejo Superior de Deportes (CSD) aludiendo que, al igual que el resto de federaciones deportivas, la RFEF es una entidad privada que de acuerdo a lo establecido en la Ley de Transparencia “no estaría sujeta a suministrar la documentación solicitada”.

Entre los motivos de la denegación, el Consejo de Transparencia alude a que según la información publicada por el propio CSD, desde 2014 la Federación de Fútbol no recibe subvenciones públicas. “Este dato llevaría a afirmar que se trataría de una entidad puramente privada que no cumpliría con los requisitos de la percepción de un mínimo importe de ayudas o subvenciones públicas”, recoge el documento.

Además, Transparencia Internacional España denunció la falta de transparencia de la entidad en 2017 y 2018.

Diferencias en la transparencia de las federaciones en el ámbito autonómico

Blanes explica que existen algunas excepciones en el ámbito autonómico respecto a la transparencia de federaciones deportivas. “Las leyes de transparencia de Andalucía, Aragón, Murcia, Madrid, Valencia o Navarra sí que han incluido expresamente a las federaciones deportivas en su ámbito subjetivo de aplicación”, señala.

Esto implica que las federaciones deportivas de estas comunidades autónomas están sujetas a un mayor número de obligaciones de publicidad activa, es decir, tienen que publicar en su página web mucha más información que las federaciones deportivas estatales o que las federaciones de las demás comunidades autónomas.

Además, las federaciones están obligadas a contestar directamente a las solicitudes de información y transparencia presentadas por los ciudadanos, a diferencia de lo que sucede con las federaciones estatales, en las que la solicitud de información debería dirigirse a la Administración pública competente.

5 Comentarios

  • No entiendo lo de entidad privada q no tenga q dar explicaciones al estado pues yo soy persona privada y tengo q dar explicaciones de mis ingresos

  • Un impresentable. Menudo personaje para representar a una Nación ...???

  • No se entiende nada!!!
    Porque si hay dinero público, con nuestro dinero, no se puede tolerar, lo que acaba de pasar.aunque sea un 0,05%

  • A mí tampoco me ha quedado claro. Y espero que de verdad no haya dinero público en el sueldo millonario de ese personaje.

  • No entiendo nada, en definitiva quien financia el sueldo millonario de Ribiales?