Las claves de la condena europea a España por incumplir de forma continuada la norma de calidad del aire en Madrid y Barcelona

El TJUE condena a España por la calidad del aire de Madrid y Barcelona
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Puede que el dióxido de nitrógeno (NO2) no suene familiar, pero en Madrid, Barcelona y Vallès-Baix-Llobregat es un vecino habitual. De hecho, entre 2010 y 2018 estuvo más presente de lo que debería. Así lo ha dictaminó la semana pasada el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en una sentencia en la que condena a España por superar en esas zonas “de forma sistemática y continuada” el valor límite fijado para el dióxido de nitrógeno. En otras palabras, por incumplir con los estándares que marca Bruselas en calidad del aire.

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La noticia no es nueva. La Comisión Europea fue la que llevó a España ante el TJUE en 2019 al considerar que no había cumplido con los límites para reducir la contaminación que se fijaban en la directiva europea de mayo de 2008. Además, el Estado tampoco había adoptado “las medidas adecuadas para que el período de superación fuera lo más breve posible”. En 2017, la Comisión detectó que la situación de la calidad del aire incluso empeoraba en las tres zonas, y en 2018, aunque Madrid y Barcelona mejoraron, los datos seguían siendo peores que los de 2014 o 2016. 

Lo que dice la sentencia que condena a España por la mala calidad del aire

Tanto Madrid como Barcelona superaron todos los años entre 2010 y 2018 los valores límite marcados de dióxido de nitrógeno. En el caso de Vallès-Baix-Llobregat, el TJUE considera que se superaron entre 2010 y 2017, quedando fuera 2018.  

Tal y como señala el Tribunal citando su reiterada jurisprudencia, “el hecho de superar los valores límite fijados por la Directiva 2008/50 para los contaminantes en el aire ambiente basta por sí solo para poder declarar el incumplimiento”.

En Barcelona, se superaron los límites todos los años en unos valores que oscilan entre el 65% de 2011 y el 30% de 2016; en Vallès-Baix-Llobregat, entre el 38% de 2010 y el 8% de 2016 y en Madrid, entre el 70% en 2010 y el 33% en 2014. Además, los niveles de dióxido de nitrógeno no pueden superarse más de 18 veces al año, y Madrid los superó entre 33 y 103 veces por año. Finalmente, el TJUE acaba condenando a España a pagar las costas por incumplir la norma europea sobre calidad del aire.

Contaminantes atmosféricos: vecinos invisibles

El dióxido de nitrógeno es uno de los contaminantes atmosféricos que la UE obliga a medir con regularidad para comprobar la calidad del aire que se respira. Es un gas irritante, de olor picante y color marrón rojizo invisible a simple vista. Suele proceder principalmente de la combustión de vehículos a motor, pero también del sector industrial o actividades vinculadas al puerto, entre otras. Afecta al tracto respiratorio, en especial al de los niños y los asmáticos. 

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En el artículo 1 de la Directiva 2008/50 se recoge que los objetivos de calidad del aire ambiente marcados pretenden ”evitar, prevenir o reducir los efectos nocivos para la salud humana y el medio ambiente en su conjunto”. En otras palabras: que la calidad del aire guarda relación directa con la salud.

Además, el artículo 13 de la misma directiva dispone que los Estados miembros deben asegurarse de que, en todas sus zonas y aglomeraciones, los niveles de dióxido de nitrógeno y otros contaminantes en el aire ambiente no superen los valores límite establecidos.

Cómo se mide la calidad del aire

La Unión Europea establece el límite anual de emisiones de dióxido de nitrógeno en 40 microgramos por metro cúbico (µg/m3), mientras que la Organización Mundial de la Salud (OMS), por ejemplo, lo reduce hasta los 10 µg/m3. El Ayuntamiento de Madrid, sin embargo, califica como “muy bueno” el aire que oscila entre 0 y 50 µg/m3, y como “bueno”, si lo hace entre 51 y 100. Estos valores están por encima de lo que exige la UE o la OMS.

[Más información sobre las diferencias entre los indicadores de calidad del aire de Madrid]

Otro de los puntos controvertidos es dónde se colocan las estaciones de medición. Por ejemplo, la estación de “Cuatro Caminos”, en Madrid, figura como una de las estaciones urbanas de tráfico; esto es, mide la contaminación atmosférica en una zona de fuerte tránsito de vehículos. Sin embargo, su ubicación no es la glorieta de Cuatro Caminos, sino la avenida de Pablo Iglesias, a 400 metros y junto al Parque de Santander, lleno de vegetación y con mucho menos tráfico rodado.

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Según los datos actuales, y de cerrar así el año, Madrid cumplirá con lo marcado por Bruselas por primera vez en 2022. Ninguna de las estaciones superará los 40 µg/m3 de dióxido de nitrógeno. La estación de Plaza Elíptica, que venía incumpliendo año tras año, se quedará justo en 40. 

Fuentes

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