Circulan varios artículos de diversos medios de comunicación en los que se asegura que la nueva ley que penaliza las terapias de conversión contempla “penas de cárcel” para los padres que “se nieguen a administrar hormonas” a sus hijos transexuales. Sin embargo, este supuesto no se contempla en el proyecto de ley en trámite.
- La norma establece penas de prisión “al que aplique o practique” falsas terapias dirigidas contra personas del colectivo LGTBIQ+ y a los “ascendientes o tutores” de los menores que consientan o promuevan estos métodos ilegales.
- Además, la ley está en tramitación parlamentaria y no está aprobada definitivamente.
Propuesta de Ley. El pasado 24 de junio, el Congreso aprobó la toma en consideración de la propuesta de Ley para convertir en delito la práctica de las falsas terapias de conversión.
- La moción, planteada por el PSOE, salió adelante con 311 votos a favor (incluidos los del Partido Popular), el rechazo de los 33 diputados de Vox y una abstención de Unión del Pueblo Navarro (UPN).
- La norma se encuentra actualmente abierta a enmiendas hasta el 17 de septiembre en la Comisión de Igualdad.
Qué dice la propuesta de ley. La propuesta del PSOE plantea modificar el Código Penal con la introducción de un artículo 173.bis que queda redactado así:
- “Será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años, el que aplique o practique sobre una persona actos, métodos, programas, técnicas o procedimientos de aversión o conversión, ya sean psicológicos, físicos, farmacológicos o de cualquier otra naturaleza, destinados a modificar, reprimir, eliminar o negar su orientación sexual, su identidad sexual o su expresión de género, con afectación de su integridad corporal o su salud física o mental o con menoscabo grave de su integridad moral”.
No hay agravantes, sino que se impondrá una pena en su mitad superior cuando la víctima sea menor de edad, cuando se emplee una situación de superioridad (por ejemplo, la que habría respecto a una persona con discapacidad) o cuando se use la violencia o la intimidación para cometer los hechos.
- Respecto a los progenitores, la norma también contempla a quienes consientan, promuevan, favorezcan o faciliten la perpetración de estas terapias de conversión (“ascendientes, tutores, curadores, guardadores o cualquier otra persona encargada de una persona menor de edad o con discapacidad”), a quienes se les podrá imponer la misma pena de prisión de seis meses a dos años.
Qué dicen los expertos. Para Saúl Castro, abogado especializado en derechos LGTBI y presidente de la asociación No Es Terapia, “es imposible que la propuesta de ley contra las terapias de conversión persiga a los padres que no quieran administrar hormonas a sus hijos”.
“El acceso a los tratamientos de salud está reglado, deriva de protocolos médicos y no lo deciden los padres, sino los médicos”, explica a Newtral.es. “Por tanto, es imposible que se pueda entender que los progenitores de un menor promueven, consienten o favorecen las terapias de conversión con su negativa a consentir una transición médica porque el hecho de que no consientan no impide que el menor acceda a ellas”, afirma.
“Los padres pueden otorgar su consentimiento a que su hijo acceda a la hormonación, pero si se negaran a hacerlo, el menor tiene derecho a solicitar la intervención de un defensor judicial que puede autorizar el tratamiento en su lugar”, añade Castro. “La denegación de acceso a un tratamiento hormonal no depende de los padres. Ellos pueden dar su consentimiento o no darlo. Pero el menor cuenta con otras vías para acceder a este tratamiento”, insiste Castro
Las terapias de conversión son ilegales. Las terapias de conversión que busca penalizar esta propuesta de ley son ilegales en España desde hace dos años, como estableció la ley 4/2923 para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.
- Esta norma considera esta práctica como infracción muy grave que solo se sanciona con multas de hasta 150.000 euros, y otras medidas como el cese de la actividad económica o profesional o la prohibición de acceder a cualquier tipo de ayuda pública por un máximo de tres años.
- Sin embargo, hasta ahora no se han impuesto multas, según confirma Castro. Como contamos en Newtral.es, la primera denuncia interpuesta para perseguir las terapias de conversión en España, promovida por la organización No es terapia, ha sido contra siete diócesis españolas. El Ministerio de Igualdad, órgano competente en este caso, ha decidido incoar expediente.