El TAD abre expediente contra Rubiales por dos infracciones «graves» tras su actitud en la final del Mundial

Rubiales citado declarar
Fuente: Rodrigo Jiménez EFE
Tiempo de lectura: 4 min
(*) Actualización 02/09/2023

El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ha estimado parcialmente la denuncia presentada por el Consejo Superior de Deportes (CSD) y ha acordado abrir expediente disciplinario a Luis Rubiales, presidente de la RFEF, por dos infracciones ‘graves’, no ‘muy graves’, según ha informado EFE citando fuentes próximas al caso. El Gobierno ya ha anunciado que instará al TAD a suspenderle temporalmente de sus funciones hasta que se resuelva definitivamente el expediente. La FIFA ya le suspendió durante 90 días.

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El TAD inicia así un procedimiento para sancionar a Rubiales por dos infracciones contra el decoro. A diferencia del Gobierno, el tribunal no ve abuso de autoridad, según EFE. De esta forma, la Comisión Directiva del CSD no podrá decretar la suspensión provisional de Luis Rubiales y, además, la sanción máxima sería de dos años de inhabilitación y no de 15 como sería en caso de infracción muy grave.

La decisión ha llegado una semana después de que el CSD le enviara una petición razonada por la vulneración de los artículos 76.1 de la Ley del Deporte (1990) y el 14.h del Real Decreto 1591/1992. El CSD recogió además otras 16 denuncias de asociaciones y particulares.

Tras conocer la decisión del TAD, el ministro de Deportes, Miquel Iceta, compareció en una rueda de prensa en la que subrayó que el Gobierno sigue considerando «muy grave» la actitud de Rubiales y que, «en aplicación del artículo 102 de la Ley del Deporte, el CSD instará al tribunal a que proceda a suspender temporalmente de sus funciones a Rubiales hasta que se resuelva definitivamente el expediente que le afecta. No puede hacerlo el Consejo por la calificación de las infracciones, pero sí en aplicación de la Ley del Deporte el propio TAD».

Asimismo, Iceta informó de que el presidente del Consejo Superior de Deportes «ha pedido a sus servicios jurídicos que estudien la adopción de otras medidas para defender dicho criterio ante las instancias que correspondan».

El ministro, que durante su intervención parafraseó a Aitana Bonmatí, hizo uso durante su intervención del lema que se ha usado durante los últimos días para apoyar a Jenni Hermoso: «Se acabó. Lo ha dicho el CSD, el gobierno, las jugadoras, la FIFA, la opinión pública nacional e internacional y también la comisión de presidentes territoriales de la RFEF».

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La Ley del Deporte, el conflicto normativo en el caso Rubiales

Aunque existe la Ley del Deporte que entró en vigor el 1 de enero de 2023, su parte sancionadora no está reglamentada. Por lo tanto, se aplica la normativa anterior, de 1990, y que tiene otros términos.

La nueva Ley del Deporte establece en su disposición transitoria tercera que “el régimen sancionador y disciplinario previo a la entrada en vigor de la presente ley continuará rigiendo” hasta que se apruebe un nuevo reglamento. Este desarrollo debería haber ocurrido, según la propia norma, “en el plazo de seis meses”.

Documentación aportada el martes por el CSD al TAD por el caso Rubiales

  • Comunicados oficiales de Jenni Hermoso, Futpro y Real Federación Española de Fútbol
  • Tres vídeos aportados por la Liga Profesional de Fútbol Femenino porque los archivos estaban dañados.
  • Un cuarto vídeo que se mencionaba en el texto de la denuncia pero que no venía incluido en sus anexos.

La denuncia del CSD no alude a la violencia sexual

La Ley 39/2022 del Deporte debía ser reglamentada antes del 1 de julio. Según el CSD, la motivación de esa ausencia de reglamentación no es otra que la celebración de elecciones autonómicas en mayo y generales en julio.

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En cuanto a las motivaciones de las denuncias, el CSD insiste en la tipología. En su denuncia, no alude a ningún tipo de violencia sexual, sino al “abuso de autoridad y actos notorios y públicos que atenten a la dignidad o decoro deportivos”. Estas infracciones se recogen en la Ley del Deporte de 1990 (artículo 76.1.a) y el Real Decreto 1591/1992 (artículo 14.h).

Qué es el TAD que ha abierto expediente contra Rubiales y quién lo compone

El Tribunal de Administración Deportiva es el encargado de resolver expedientes en el ámbito deportivo, teniendo capacidad para imponer sanciones en cuestiones relacionadas con la disciplina, las entidades o el dopaje.

Este tribunal está compuesto por siete licenciados de Derecho, cuatro miembros propuestos por el presidente del CSD y tres por las federaciones españolas. Aunque está adscrito al CSD, es un órgano independiente de la Administración.

(*) Actualización 02/09/2023: Este artículo se ha actualizado para incluir más información sobre la decisión del TAD.

Fuentes
  • Resolución del TAD
  • CSD
  • Ley 39/2022 del Deporte
  • Artículos 76.1 de la Ley del Deporte (1990) y el 14.h del Real Decreto 1591/1992
  • EFE
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9 Comentarios

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  • Pues en la página sobre Rubiales seguís poniendo "muy graves"... Así que no habéis rectificado nada

  • Los esoañoles somos gente muy egoistas en lo nuestro, y nos estamos acostumbrando a que en España personas de educación y formación reducida ocupen crgos relevantes de la administración y encima los valores éticos y morales los consideramos poco democráticos, y por ello es habitual que un ciudadano piense que también si él pudiera se saltaría las normas de convivencia y se aprovecharia de su cargo en su propio beneficio. Es la falta de formación y libertinaje,....que no libertad , que domina nuestro país, y no sólo por los gobernantes sino por NOSOTROS mismos, que aplaudimos o somos indiferentes a las barbaridades hechas por este, y otros muchos dirigentes, y nos rasgamos las vestiduras cuando el macarra de turno echa la última gota del vaso,....en este caso el beso.
    Al hacer las leyes los legisladores, podemos observar que...SIEMPRE se queda algo oscuro o sin definir, o no incluido, que a la postre favorece al truhan, que a veces es el propio legislador, o personas de su entorno político.

    • El gran misterio de las leyes es esa "zona oscura" gracias a la cual los "listos" o se salen de rositas o mejor librados. Los "poderes" se lo tienen bien montado. Pero, ay!, de ti si no eres de esos.

  • Lamentable y vergonzosa la decisión del TAD y más aún componiendolo 3 mujeres y cuatro hombres y considerando que la abstención ha sido de un varón.

    • Así es, Fran, vergonzoso e incomprensible. Una persona que representa a una institución deportiva española, quien ha dado una imagen deplorable a nivel nacional e internacional, no debería ser victimizada y exculpada. Tod@s nos equivocamos, por supuesto; pero cuando llevamos una responsabilidad tan grande sobre nuestros hombros, debemos saber comportarnos y este señor no estuvo a la altura de su cargo. Lo increíble: hay muchísima gente que sigue frivolizando sus actitudes, tanto en el palco como en la premiación. Eso no es efusividad, no nos confundamos