La magistrada del Tribunal Supremo (TS) Susana Polo ha ratificado su decisión de archivar el caso Tsunami Democràtic, la causa penal abierta por presunto terrorismo contra el expresidente catalán Carles Puigdemont y el diputado de ERC en el Parlament Rubén Wagensberg.
El caso Tsunami. Tsunami Democràtic fue el movimiento que promovió y organizó las protestas independentistas de 2019 tras la sentencia del procés. El juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón comenzó a investigar los disturbios como actos de terrorismo.
- Este movimiento fue apoyado públicamente por líderes independentistas como Carles Puigdemont o Rubén Wagensberg, por lo que el Tribunal Supremo decidió abrirles a ellos dos una causa paralela por terrorismo en febrero de 2024.
Contexto. Marta Molina, una de las investigadas, presentó un recurso alegando que García-Castellón había cometido un error procesal al emitir un auto para prorrogar la investigación durante seis meses el 30 de julio de 2021, cuando tendría que haberlo hecho un día antes.
- La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional le dio la razón y declaró la invalidez de las diligencias sobre el caso Tsunami realizadas después de la fecha límite. El juez decidió archivar la causa porque antes de esa fecha no se había tomado declaración a las personas investigadas.
En esta línea, la magistrada del caso Tsunami en el Supremo Susana Polo también acordó archivar la causa especial en la que se investigaba a Puigdemont y Wagensberg. Polo argumentó que antes del 29 de julio de 2021 no se había realizado “ninguna investigación de la causa determinante de la participación de los investigados” en los hechos en los que se les imputaba.
Lo nuevo. Ahora Polo ha desestimado los recursos de reforma interpuestos este mes de julio por Vox, Societat Civil Catalana y la Asociación Dignidad y Justicia contra el auto en el que la jueza acordó archivar la causa abierta del caso Tsunami contra los dos políticos aforados.
- Las acusaciones consideraban que había excepciones a la norma como tomar declaración a los investigados expirado el plazo de instrucción. Además, una de las asociaciones señalaba que había “indicios suficientes de criminalidad” con lo investigado hasta el 29 de julio de 2021.
- En el auto de este martes, al que ha tenido acceso Newtral.es, la magistrada señala que la “invalidez de diligencias” acordadas por la Audiencia Nacional a partir del período de instrucción “implica que no puede fundar la decisión de continuar el procedimiento”. Además, señala que “no se llevó a efecto ninguna investigación de la causa determinante de la participación de los investigados en los hechos”.
- Tribunal Supremo
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