Mapa: los sueldos de todos los alcaldes y alcaldesas de las capitales de provincia

sueldos alcaldes
Foto: José Miguel Sánchez (Shutterstock)
Tiempo de lectura: 1 min

Madrid, Barcelona, Bilbao, Málaga y San Sebastián son las cinco capitales de provincia cuyos alcaldes tienen los sueldos más elevados. En primer lugar está José Luis Martínez-Almeida (PP), con 115.419 euros brutos anuales; en segundo, Jaume Collboni (PSOE), con 104.000 euros; en tercero, Juan María Aburto (PNV), con 98.108 euros; en cuarto, Francisco de la Torre (PP), con 95.306 euros; y en quinto, Eneko Goia (PNV), con 94.605 euros.

Publicidad

En cuanto a los alcaldes de las capitales de provincia con menor salario, Miguel Anxo Fernández (BNG), alcalde de Pontevedra, es el único que no cobra ninguna retribución del Ayuntamiento ni de ninguna otra administración pública. La razón es que cobra su pensión como médico jubilado, según explicó en Diario de Pontevedra.

El segundo que menos cobra es Alfredo Canteli (PP), alcalde de Oviedo, con 26.100 euros, ya que no tiene dedicación. Los alcaldes sin dedicación exclusiva o parcial (es el mismo caso que el de Anxo Fernández, alcalde de Pontevedra) no cuentan con una retribución fija aunque pueden cobrar dietas y asistencia a plenos, entre otras actividades. En este caso, el sueldo del alcalde de Oviedo corresponde a indemnizaciones de 400 euros por asistencia a plenos y 300 euros por otros órganos, según el ISPA

El tercero, Francisco Guarido (IU), alcalde de Zamora, con 38.494 euros. La cuarta, Lorena Orduna (PP), alcaldesa de Huesca, con 50.000 euros. En el quinto puesto por la cola se sitúa Raquel Miriam Andrés (PSOE), alcaldesa de Palencia, con 50.368 euros.

Cargos que cobran de la Diputación. Hay dos casos de alcaldes que entran en la categoría de aquellos que menos cobran por su cargo municipal pero que no han sido incluidos porque poseen un sueldo a dedicación completa en otra administración pública.

Publicidad

En este sentido, cabe recordar que el artículo 75 de la ley reguladora de las bases del régimen local señala que, en los casos en que un cargo público perciba su sueldo con dedicación exclusiva (el máximo), dicha retribución será incompatible con cobrar de otras administraciones públicas. Es decir, no se puede cobrar como alcalde y diputado provincial con exclusividad.

Fuentes
  • Portales de transparencia de los ayuntamientos
  • Declaración de bienes y rentas de diputados y senadores
  • El portal de transparencia de la Diputación de Tarragona
  • Ley reguladora de las bases del régimen local
Publicidad