El Sistema Integrado de Interceptación de Telecomunicaciones (conocido como el programa espía SITEL) es un sistema informático para interceptar las telecomunicaciones. Tanto escucha y grabación de conversaciones, como fecha y hora de las llamadas o localización, etcétera.
Tanto Policía Nacional como Guardia Civil usan este programa desde hace más de 15 años.
Nació con el objetivo de sustituir y acabar con las carencias de los anteriores sistemas de interceptación. Tiene su origen en una Resolución del Consejo de la Unión Europea en 1995.
En ella, se ponía de manifiesto la necesidad de los Estados miembros de tener mecanismos para interceptar las telecomunicaciones. “Es un instrumento importante para proteger la seguridad nacional e investigar los delitos graves”, dice la resolución.
Durante el Gobierno popular de José María Aznar se compró este software por valor de unos 13 millones de euros. Así lo confirmó años después, en 2009, la por entonces vicepresidenta primera del Gobierno, María Teresa Fernández de la Vega. Sin embargo, sin especificar a qué empresa se le compró.
Tras su adquisición, fue en 2001 cuando el por entonces ministro del Interior, Mariano Rajoy, anunció públicamente que el Gobierno comenzaría a ponerlo en marcha pero de forma progresiva. Fue desde 2002 hasta 2005, con una dotación presupuestaria de casi 2 millones de euros (300 millones de las antiguas pesetas).
Cómo funciona SITEL
SITEL es un programa espía, o técnicamente un software, capaz de grabar el contenido de las llamadas y los mensajes de texto, el número de teléfono que hace la llamada y dónde se encuentra. Además de la fecha, hora y duración de las mismas, según el Tribunal Supremo en su sentencia 250/2009 de 13 de marzo.
Toda la información interceptada se almacena tal y como ha sido recibida, sin intervención alguna de los agentes policiales. Se queda guardada con carácter permanente en el sistema central de almacenamiento a disposición de la Autoridad Judicial, explica la Fiscalía General del Estado.
Tras la autorización correspondiente, los cuerpos policiales pueden volcar toda la información recabada a un soporte CD/DVD.
Toda esta forma de trabajar con la información hace que sea “prácticamente imposible” que se pueda manipular o alterar el resultado de las intervenciones con SITEL, asegura el Tribunal Supremo. Lo que hace que sea más que fiable el resultado de sus grabaciones.
Requiere autorización judicial
Amalia Fustero Bernad, jueza sustituta adscrita al Tribunal Superior de Justicia de Aragón, asegura en un escrito que SITEL funciona siempre “a través de la autorización judicial”. Es más, sin esa autorización judicial no es posible introducir información en el programa.
“La incorporación de los datos a SITEL sólo es posible cuando la operadora que presta el servicio, una vez recibida y analizada la autorización judicial, activa dicha inclusión”. Así lo detalló la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) en un informe publicado en 2010 sobre este software.
Esto se deja patente también en el capítulo IV de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, denominado “Disposiciones comunes a la interceptación de las comunicaciones telefónicas y telemáticas (…)”.
En su artículo 588, se lee: “Durante la instrucción de las causas se podrá acordar alguna de las medidas de investigación reguladas en el presente capítulo siempre que medie autorización judicial”.
Esto será así siempre “salvo cuando se trate de la investigación de delitos de terrorismo o bandas armadas”, asegura Fustero Bernad.
En ese caso, “la intervención de la comunicación podrá ordenarse vía Ministro del Interior siendo obligada su comunicación inmediata a la Autoridad Judicial para que proceda a la confirmación o revocación de la misma”.
“Ampliamente respaldado” por la justicia
SITEL se encuentra “ampliamente respaldado por la jurisprudencia” del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional. tal y como recuerda la Audiencia Nacional en varias sentencias al respecto.
“La legitimidad de la utilización probatoria de las conversaciones grabadas por el sistema SITEL ha sido confirmada por múltiples sentencias de esta sala”, recuerda el TS en la sentencia 722/2012 del 2 de octubre.
“Cuando el Juez ordena una intervención telefónica, no impone la utilización de ningún sistema», dice la sentencia. «Autoriza los más avanzados o los que en un momento dado utilice la policía judicial, siempre que ofrezcan plenas garantías, como sucede con el sistema SITEL según la doctrina jurisprudencial”, insiste el tribunal en la sentencia.
En definitiva, prosigue el Supremo en su sentencia, con “carácter general, el sistema SITEL ofrece suficientes garantías para la validez probatoria de las intervenciones que lo utilicen”.
Acusaciones políticas de espionaje ilegal
SITEL no ha estado exento de polémicas y rifirrafes políticos. Era agosto de 2009 y ya había estallado el caso Gürtel. La por entonces secretaria general del PP, María Dolores de Cospedal, acusó al Gobierno socialista de “escuchas telefónicas ilegales” a personas del partido que no estaban imputadas en el caso.
Cospedal vertió dichas acusaciones interrumpiendo sus vacaciones en Marbella. Y eso obligó al presidente del Gobierno, José Luís Rodríguez Zapatero, a hacer lo mismo. Desde sus días de descanso en Canarias, pidió “sentido de la responsabilidad” al principal partido de la oposición.
Las palabras de la número 2 del PP pusieron al programa espía SITEL en la primera línea informativa, y lo bautizaron como ‘el caso SITEL’. El PP comenzó una ofensiva contra este software, pese a haber sido el partido que lo había comprado en su día.
En una rueda de prensa ese mismo año 2009, el vicesecretario de Comunicación del PP, Esteban González Pons, aseguró que la intención del partido era que «ningún inocente fuera escuchado como si fuera un sospechoso”.
Las acusaciones llegaron hasta el Congreso de los Diputados, donde el ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba, calificó de “monstruosidad” las acusaciones de Cospedal. “Ha acusado sin pruebas al Gobierno y a la Policía”, insistió.
En noviembre de 2009 el pleno del Congreso dio carpetazo al asunto rechazando la iniciativa popular de regular SITEL mediante Ley Orgánica.
Es inconstitucional y la policía lo usa previamente sin autorización judicial y no en grandes casos sino a cualquier roba gallinas vulnera todos los derechos de privacidad y no debería usarse a la ligera