El Boletín Oficial del Estado (BOE) de este miércoles 24 de agosto recoge el real decreto sobre las medidas para controlar el bienestar de los animales en los mataderos mediante sistemas de videovigilancia. El objetivo es controlar que en estos espacios se cumple la normativa respecto al cuidado de los animales por parte de los operadores de los mataderos y su personal, respetando en todo momento su intimidad.
Esta normativa entrará en vigor dentro de un año, aunque para los pequeños mataderos será de aplicación a los dos años.
Requisitos de los sistemas de videovigilancia para controlar el bienestar de los animales en los mataderos
De acuerdo con lo establecido en el real decreto, existen una serie de especificaciones requeridas para la instalación de este sistema.
Las cámaras deben abarcar todas las zonas con animales vivos. Esto incluye las zonas de descarga, los pasillos de conducción, y los espacios donde se proceda a las actividades de aturdimiento y sangrado hasta la muerte de los animales. Se exceptúan las zonas de espera donde se encuentran los medios de transporte con animales vivos antes del inicio de la descarga.
Características de los dispositivos. Deben permitir almacenar, reproducir, copiar o transmitir el material a otros dispositivos –por ejemplo, medios de almacenamiento extraíbles o monitores de televisión– con la misma calidad que la grabación original.
No es sustitutivo. Además, de la videovigilancia, el operador del matadero debe continuar realizando el resto de controles exigidos en materia de bienestar animal.
Información al personal del matadero. Antes de instalar el sistema de videovigilancia de los animales, el operador del matadero debe comunicar por escrito a las personas trabajadoras las condiciones que debe cumplir dicho sistema. Igualmente, debe informar a todas aquellas personas que realicen tareas autorizadas en las zonas de grabación.
Respeto a la intimidad. Solo se situarán en las zonas donde se encuentren animales vivos, nunca en lugares destinados al descanso, vestuarios, aseos o comedores. Tampoco se grabarán sonidos.
El operador del matadero, responsable del sistemas de videovigilancia para controlar el bienestar de los animales
Otro de los aspectos que regula este real decreto es que el operador del matadero será el responsable del cumplimiento de la exigencia de tener instalado un sistema de videovigilancia para controlar el bienestar de los animales en los mataderos. Igualmente, debe garantizar que las cámaras se mantengan en buen estado de funcionamiento y limpieza.
Además, el operador del matadero deberá elaborar un procedimiento de trabajo que pondrá a disposición del servicio de control oficial cuando este lo solicite. En él debe describir los controles realizados, incluyendo un plano con la ubicación de todas las cámaras y su identificación, entre otros.
En caso de incumplimiento. Cuando mediante el sistema de videovigilancia del bienestar de los animales en los mataderos se detecte un comportamiento en un operario que pueda constituir el incumplimiento de la normativa de bienestar de los animales, lo pondrá en conocimiento del encargado o del operador del matadero para que tome medidas. En caso necesario, se remitirá a la autoridad competente para que lleve a cabo otras actuaciones, como la suspensión o retirada de los certificados de esta competencia.
Aprobado el Estatuto de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición
El BOE también incluye la aprobación del Estatuto de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición, un organismo autónomo que tiene como objetivo mejorar la gestión de la seguridad alimentaria en toda la cadena de producción, elaboración, distribución y consumo.
El documento aborda distintas cuestiones como su régimen jurídico, los órganos que la componen y sus funciones o los detalles acerca del plan y la memoria de actividades que se deben realizar anualmente.
Nuevas designaciones para cinco embajadores de España
En el ámbito del Ministerio de Asuntos Exteriores se publican un total de 10 ceses y nombramientos de embajadores de España en el exterior:
- Costa Rica: cesa María Cristina Pérez Gutiérrez, y es nombrada en su lugar Eva Felicia Martínez Sánchez.
- Egipto: cesa Ramón Gil-Casares Satrústegui, y ocupa el puesto Álvaro Iranzo Gutiérrez.
- Finlandia: cesa Luis Tejada Chacón, y llega al cargo Fernando Fernández-Arias Minuesa.
- Luxemburgo: José María Rodríguez Coso ha sido nombrado embajador del Gran Ducado.
- Misión Especial para la Cumbre de la Organización del Tratado del Atlántico Norte: Álvaro Iranzo Gutiérrez ha sido cesado de este cargo, ocupando el de embajador de Egipto.
Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil para el economista Emilio Ontiveros Baeza
Además, el BOE publica la concesión de la Gran Cruz de la Orden del Mérito Civil, a título póstumo, a Emilio Ontiveros Baeza, economista y catedrático emérito de la Universidad Autónoma de Madrid.
Tal y como establece el real decreto regulador de la condecoración, esta Gran Cruz busca “premiar las virtudes cívicas de los funcionarios al servicio del Estado, así como los servicios extraordinarios de los ciudadanos españoles y extranjeros en el bien de la Nación”.