El Senado «veta» la reforma de la ley que convalida penas a presos de ETA 

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Senado.
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El Senado ha votado en contra este lunes el proyecto de ley orgánica que, entre otros efectos, convalidaba penas a presos que cumplen condena en otros países de la Unión Europea, entre ellos a ex presos de ETA. Ha sido gracias a la mayoría absoluta del PP. 

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  • Contexto. La iniciativa ahora vetada fue planteada por el Gobierno para adaptar la legislación española (la ley orgánica 7/2014) a la directiva europea 2022/2523, relativa al intercambio de información de antecedentes penales entre los Estados miembros de la UE.
  • Ojo al dato. En el trámite del Congreso, antes de llegar al Senado, la norma fue apoyada por PP y Vox. Tras llegar a la cámara alta, ambos partidos adujeron que fue “un error” apoyarla.  

El Senado, que aparentemente y según su reglamento no tenía más opción que ratificar la norma, le ha introducido un «veto» apoyándose en un informe fechado el 11 de octubre (el pasado viernes) de la secretaría general y lo ha devuelto al Congreso.

  • La votación en el Senado se ha resuelto con 148 votos en contra, 111 a favor y 2 abstenciones.

¿Cómo han vetado la norma? Desde el Senado se han apoyado en un informe, elaborado por la secretaría general, que expone que este es “un caso inédito” y que por mayoría absoluta sería posible introducir un veto, amparado en el artículo 106.1 del reglamento de la cámara, aunque hubiera caducado el plazo para hacerlo, según explica la Cámara Alta a Newtral.es. 

  • “Un rechazo por mayoría absoluta del Pleno del Senado es un acto que ha de tener el efecto jurídico de un veto, por haberse acordado con carácter final y global”, expone el informe.
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Sin alternativa en el Senado. El Senado agotó el plazo para introducir enmiendas o vetar la norma y ahora la única opción que tenía era ratificar la iniciativa, aprobada ya por el Congreso, para lo que contaba hasta este lunes 14 de octubre como fecha límite. El pasado 8 de octubre el Senado, con mayoría del PP, aplazó la votación sobre esta norma para solicitar al Gobierno que “recapacitara” y la retirara. 

  • El Gobierno, aunque no ha mostrado intención de hacerlo, cuenta con la posibilidad de retirar el proyecto de ley en cualquier momento de su tramitación, según el artículo 128 del reglamento del Congreso.

Una medida necesaria, según los expertos consultados. Para que la norma se adapte al espacio de libertad, seguridad y justicia era “imprescindible” que se compute el cumplimiento de las penas en los demás países de la Unión Europea “para que este sea una realidad”, expone Maria Cruz Arcos, profesora de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales al frente del Centro de Documentación Europea de la Universidad de Sevilla.

Arcos señala que si no se da este supuesto estaríamos “evidenciando una falta de confianza entre los Estados miembros” y matiza que no podría especificar que técnicamente “la mejor manera fuera la reforma del artículo 14 y la disposición nacional o adoptar una nueva LO”.

Teresa Pérez, fundadora de TPC abogados, también explica a Newtral.es que la derogación de la disposición adicional única y modificar el artículo 14 son dos puntos necesarios para “no obstaculizar el despliegue de los efectos de las sentencias condenatorias en una parte del territorio de la UE como, en este caso, España”.

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Fuentes
  • Maria Cruz Arcos Vargas, profesora de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales
  • Teresa Pérez, fundadora de TPC abogados
  • Proyecto de ley orgánica para modificar la LO 7/2014
  • Senado
  • Reglamento del Congreso
  • Reglamento del Senado
  • Informe de la Secretaría General del Senado

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