España ha concedido la nacionalidad a más de 72.000 descendientes de judíos sefardíes 10 años después de aprobarse la ley

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Pasaporte. | Fuente: Shutterstock.
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La ley de concesión de la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España cumple este miércoles diez años desde su entrada en vigor. A la posibilidad de obtener la nacionalidad se registraron en tres años un total de 153.774 solicitudes de las que se han concedido 72.297 y, a fecha de junio de este año, 9.337 se encuentran pendientes de resolver, según las estadísticas de nacionalidad del Ministerio de Justicia. 

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  • Sefardíes. El origen de la población sefardí originaria de España se remonta a hace más de 500 años, esta la componen los judíos que vivieron en la Península Ibérica y sus descendientes. Un grupo que huyó del territorio después de que en 1492 se les obligara a convertirse al cristianismo. 

Qué dice la ley. La ley, aprobada en 2015, dio la posibilidad de obtener la nacionalidad española a los sefardíes originarios de España que pudieran justificar su “especial vinculación” con el país sin la necesidad de que tengan reconocida la residencia legal en él. 

  • Sin renuncias. La norma hizo posible (modificando el artículo 23 del Código Civil) que se pudiera obtener la nacionalidad española sin tener que renunciar a la que ya se tuviera anteriormente, es decir, obtener una doble nacionalidad. 

Los tiempos. La ley estableció un plazo de tres años para que las personas interesadas pudieran solicitar obtener la nacionalidad española, un periodo que finalizó en octubre de 2019 porque el Consejo de Ministros lo prorrogó un año. Más tarde y como resultado de la prohibición de viajar a causa del Covid se extendió el plazo para resolver las solicitudes hasta el 1 de septiembre de 2021

Originario de España. Un requisito de la norma es que los sefardíes originarios de España acreditasen su condición con un certificado de la presidencia de la Comisión Permanente de la Federación de Comunidades Judías de España (FCJE), uno de la comunidad judía de la zona de residencia o un informe que acredite que los apellidos de la persona que solicita pertenecen a los sefardíes originarios españoles, entre otros. 

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  • Para justificar una vinculación especial con el país se podían presentar certificados de haber realizado formaciones en historia y cultura españolas o realizar actividades benéficas o culturales en apoyo a la población sefardí. 
  • También era necesario pasar una prueba de español a través del Instituto Cervantes y otra sobre conocimientos generales sobre la Constitución y el país.

El proceso. Durante el proceso el solicitante acudía a un notario en España para acreditar su origen sefardí y esa solicitud se registraba en el Consejo General del Notariado (CGN). Después se remitía a la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (DGSJFP) del Ministerio de Justicia, organismo encargado de tramitar y resolver el expediente.

Solicitudes y concesiones. Según las estadísticas de nacionalidad que publica el Ministerio de Justicia, a fecha de 30 de junio de este año se habían registrado un total de 153.774 solicitudes, de las cuales 88.951 resultaron llegar a la DGSJFP. 

  • De esas 88.951 solicitudes que empezaron el proceso en este organismo se llegaron a tramitar 79.614 y un total de 9.337 solicitudes aún siguen sin responder.
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Fundamentos para su presentación. En su momento la iniciativa se presentó, a propuesta del Ejecutivo actual encabezado por el Partido Popular, como “un acto de justicia histórica” y como una “base óptima” para reforzar relaciones con la sociedad israelí y las comunidades judías en el exterior, apuntó en la Comisión de Asuntos Exteriores del Congreso la entonces diputada del PP, Dolors Montserrat

  • Durante el trámite parlamentario el PSOE preguntó al Gobierno cuántas solicitudes de concesión de nacionalidad se habían elevado entre 2010 y 2014, algo a lo que el Ejecutivo respondió con datos generales de nacionalidad. 
  • Un año antes del registro del texto, en 2013, se presentó una proposición no de ley con el mismo objetivo de esta norma que caducó antes de llegar a un pleno. 
Fuentes
  • Ley 12/2015
  • Estadísticas de nacionalidad del Ministerio de Justicia
  • Código Civil
  • Referencias del Consejo de Ministros
  • Resolución del Ministerio de Justicia
  • Boletín Oficial de las Cortes Generales
  • Registro de preguntas y respuestas escritas en el Congreso

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