El Boletín Oficial del Estado (BOE) de este miércoles 18 de mayo publica una orden que deja sin efecto, a partir de mañana, la normativa sobre medidas de control sanitario para las personas procedentes de Francia que llegan a España por vía terrestre.
Sanidad elimina los controles sanitarios a personas procedentes de Francia
Se trata de una serie de requisitos que desde marzo de 2021 se exigían a todas las personas procedentes de este país a su entrada en territorio nacional con el fin de prevenir y evitar la propagación del covid.
Entre los requerimientos con los que tenían que cumplir estas personas al entrar a España se encuentran algunos como estar en posesión de un certificado de vacunación contra el covid, de recuperación de la enfermedad o con una prueba diagnóstica cuyo resultado fuese negativo.
Según establece el documento, teniendo en cuenta la situación epidemiológica de ambos países y los altos niveles de inmunización de la población, se ha considerado conveniente suspender estas medidas de control sanitario.
Subvenciones para proyectos de inclusión social
A través de un real decreto publicado este miércoles se regula la concesión directa de subvenciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones en el ámbito de la inclusión y la lucha contra la pobreza en sus distintas formas en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. El importe de estas ayudas se sitúa en 102.036.066 euros.
El objetivo de estas subvenciones es la financiación de proyectos piloto que posteriormente serán publicados. La solicitud debe hacerse en el plazo de diez días hábiles a partir del 19 de mayo. Para ello se debe presentar el formulario del anexo, junto con la identificación de la entidad, la descripción del proyecto, el importe del mismo acompañado de una memoria justificativa y un presupuesto detallado de cada actuación. Consulta aquí todos los detalles.
Vodafone y Google: sancionadas por la Agencia Española de Protección de Datos
El BOE incluye una resolución de la Agencia Española de Protección de Datos con un listado de las empresas que han cometido infracciones en ese ámbito y a cuánto ascienden sus sanciones.
Debido a la vulneración de diferentes artículos del Reglamento General de Protección de Datos, Vodafone España y Google han sido sancionadas con 3,9 y 10 millones de euros respectivamente.
En el caso de Vodafone, las sanciones impuestas se deben al incumplimiento de dos puntos del artículo 5 del Reglamento General de Protección de Datos, que es la normativa europea relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de sus datos personales y a la libre circulación de estos.
El citado artículo hace referencia a los principios relativos al tratamiento de los datos personales, donde se establece que deben ser tratados de manera “lícita, leal y transparente” y recogidos con fines “determinados, explícitos y legítimos”, entre otras cuestiones.
Por su parte, Google ha sido sancionada por cometer una infracción relativa a los artículos 6 y 17 del citado Reglamento. El primero determina cuáles son los casos en los que el tratamiento de datos personales es lícito, para lo que deben darse una serie de condiciones como que el interesado dé su consentimiento. El segundo, hace referencia al derecho de supresión de los datos personales.
[La Agencia Española de Protección de Datos sanciona a Amazon y CaixaBank]
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