La Inspección de Trabajo de la Generalitat de Cataluña ha planteado multar a la aerolínea Vueling con 30.000 euros por discriminación de género en el personal de cabina, al supuestamente obligar a sus azafatas a trabajar maquilladas y con tacones de determinados centímetros.
Según han confirmado a Newtral fuentes del Departamento de Empresa y Trabajo de la Generalitat, este proceso comenzó hace un año con una denuncia por parte del sindicato de trabajadores del sector, STAVLA, sobre las diferencias en el protocolo de vestimenta y presentación que la empresa tenía para sus trabajadores hombres y mujeres.
A raíz de esto y, como apunta El Periódico de Cataluña, la Inspección de Trabajo de la Generalitat inició una investigación a Vueling y, tras meses de estudio, ha determinado que la empresa incumple con la normativa laboral por discriminación de género y que ha incurrido en una infracción muy grave. Además, añaden que la aerolínea podría conseguir “una imagen corporativa más equilibrada” y sin “afectar a los derechos fundamentales” de sus trabajadores.
En este sentido, cuando Inspección ha comprobado que lo denunciado por STAVLA era correcto, ha comunicado a ambas partes esta propuesta de sanción. Así lo explican desde el Departamento de Empresa y Trabajo de la Generalitat.
¿Qué pasará ahora?
Como explica la Generalitat de Cataluña en su web oficial, a partir de las actuaciones y resultados obtenidos por la Inspección de Trabajo en casos como este, se puede iniciar un procedimiento sancionador por infracciones en la normativa contra la empresa investigada.
De esta forma, notificada el acta de infracción, Vueling puede recurrir esta propuesta y presentar alegaciones en un plazo de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la notificación. Ante cualquier tipo de defensa por parte de la empresa, la autoridad laboral tendría que analizar y decidir si ratifica la sanción. Por el contrario, si la aerolínea no presenta ningún recurso, la propuesta de sanción se hará efectiva en el plazo de seis meses.
Respuesta de Vueling
Vueling, por su parte, ha confirmado a Newtral que, desde hace más de un año, la compañía está revisando su guía de estilo y trabajando en una imagen más inclusiva para todos sus trabajadores. Asimismo, aseguran que este código de vestimenta “se elaboró con la aprobación de los representantes de los colectivos de tripulantes” y que han ido incorporando progresivamente sugerencias como el uso del maquillaje, el cual, apuntan, “no tiene distinción de género ni obligatoriedad alguna” en su empresa.
Sobre la propuesta de sanción por parte de la Generalitat, Vueling ha anunciado que está estudiando si va a presentar alegaciones.
Casos en otras compañías
A raíz de la propuesta de sanción hacia Vueling, la Asociación Española de Tripulantes de Cabina y Pasajeros (AETCP) se ha mostrado “a favor del cumplimiento de la ley en todos sus aspectos” y ha explicado que esta compañía no es la única que realiza este tipo de prácticas hacia sus azafatas.
Ejemplo de ello es la denuncia que el sindicato USO interpuso en 2019 a la aerolínea Ryanair por obligar a sus trabajadoras a llevar falda y delantal, no obstante, como afirma El Periódico de Cataluña, la Inspección de Trabajo no se pronunció, porque la empresa aceptó la opción de llevar pantalones.
- Departamento de Empresa y Trabajo de la Generalitat de Cataluña
- El Periódico de Cataluña
- Web oficial Generalitat de Cataluña
- Vueling
- Asociación Española de Tripulantes de Cabina y Pasajeros (AETCP)
- Comunicado del sindicato USO