Rubiales no puede ser extraditado a España al no haber orden de detención del juez

Rubiales detención
Luis Rubiales en una imagen de archivo. FOTO Juan Carlos Hidalgo /EFE
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El expresidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) Luis Rubiales no puede ser extraditado a España porque no hay una orden de detención judicial sobre él. Fuentes de la Fiscalía y del Tribunal Superior de Justicia de Madrid señalan a Newtral.es que todavía no se han emitido órdenes de arresto judiciales, en el marco de la operación que se lleva a cabo relacionada con presuntos contratos irregulares adjudicados por la RFEF durante el mandato de Rubiales. 

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La defensa del expresidente de la RFEF ha comunicado a la jueza que Rubiales, que se encuentra actualmente en República Dominicana, tiene previsto volver a España el próximo 6 de abril, según señala el Tribunal Superior de Justicia de Madrid. En caso de que Rubiales se niegue a regresar, el juzgado podría emitir una orden de extradición y abrir un trámite con la República Dominicana para que sea entregado, según explican fuentes judiciales relacionadas con el caso.

¿Qué ha pasado? La Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil realizó este miércoles 11 registros y siete detenciones bajo la dirección del Juzgado de Instrucción nº 4 de Majadahonda. 

Se trata del mismo juzgado que comenzó a investigar el contrato para el traslado de la Supercopa a Arabia Saudí firmado por Rubiales y el exfutbolista Gerard Pique. Las diligencias son secretas, pero los delitos que se investigan son corrupción en los negocios, administración desleal y blanqueo de capitales, según recoge la Agencia Efe.

Detenciones y órdenes de arresto. Dentro de estas operaciones, la UCO confirma a este medio que tiene autonomía para detener a personas investigadas. Estas detenciones no pueden durar más de 72 horas y tras este periodo tienen que ser puestas en libertad o pasar a disposición judicial, según el artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal

Estas detenciones no se pueden confundir con las órdenes de arresto judicial, que tienen que ser dictadas por un juez dentro de una causa. Las órdenes se hacen cuando existen indicios razonables de que esa persona ha cometido un delito y puede ser condenada. Es a partir de ellas cuando se pueden llevar a cabo extradiciones en caso de que los países cuenten con un tratado.

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Según publica Efe, Rubiales era uno de los objetivos de esta operación entre las personas a detener por la UCO, pero desde hace un mes se encuentra en la República Dominicana. 

España y República Dominicana tienen un tratado de extradición en vigor

Desde 1981 existe un tratado de extradición entre España y República Dominicana, el cual fue ratificado en 1984. En este tratado ambos países se comprometen a entregarse recíprocamente a las personas contra las cuales se haya iniciado un procedimiento penal o sean requeridas para cumplir con una pena, según recoge el tratado.

Entre los delitos que contempla el tratado se incluyen los hechos sancionados con pena de cárcel. Aunque también se establecen límites, como por ejemplo, que no se llevará a cabo una extradición si esta ha sido presentada con la finalidad de perseguir o castigar a un individuo a causa de su raza, religión, nacionalidad u opiniones políticas.

Para que se active una orden para extraditar a Rubiales tiene que haber una orden de arresto

Juan Carlos Díaz, abogado penalista, explica a Newtral.es que para que se active una orden para extraditar a Rubiales desde República Dominicana a España, primero tiene que haber una orden de arresto judicial, algo que hasta el momento no existe, como ha señalado la Fiscalía a este medio.

Díaz también apunta que si por el momento no hay una orden de detención, basta con que Rubiales se persone a las citaciones judiciales cuando se le convoque. No obstante, fuentes judiciales explican que esta causa judicial es secreta y que, por ahora, se desconocen muchos detalles que pueden ser clave para conocer la implicación de Rubiales y las personas detenidas.

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El proceso de extradición es un procedimiento por el que un Estado solicita de otro la entrega de una persona para que pueda ser juzgada en su territorio o para el cumplimiento de una pena privativa de libertad pendiente, como recoge el Ministerio de Justicia.

Para activar la extradición, los tribunales deben proponer al Consejo de Ministros que solicite la extradición a las autoridades competentes del país donde se encuentra la persona reclamada, siempre con el requisito previo de que exista un auto motivado de prisión o sentencia firme contra el acusado.

Fuentes
  • Fiscalía General del Estado
  • Tribunal Superior de Justicia de Madrid
  • Juan Carlos Díaz, abogado penalista
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