RTVE deberá emitir un anuncio de la Falange que incluye el ‘Cara al Sol’ durante la campaña electoral

RTVE deberá emitir un anuncio de la Falange que incluye el ‘Cara al Sol’ durante la campaña electoral
Fuente: Falange Española de las JONS
Tiempo de lectura: 4 min

RTVE deberá emitir desde este lunes 10 de julio el anuncio que incluye el ‘Cara al Sol’  presentado por la Falange Española de la JONS durante la campaña electoral para las próximas elecciones generales del 23-J, al declarar la Junta Electoral Central (JEC) que “carece de competencias” para suspender el vídeo.

Así lo especificó la Junta Electoral en una resolución publicada el pasado sábado 8 de julio, al que ha tenido acceso Newtral.es, en el que el organismo respondía a una consulta urgente remitida por la corporación RTVE en la que preguntaba si el anuncio del partido falangista que incluye el himno utilizado durante la Dictadura Franquista era compatible con la Ley de Memoria Democrática y, por lo tanto, legal para ser emitido.

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Fuentes de RTVE aseguran a Newtral que procederán a las emisiones del anuncio, tras conocer la decisión de la JEC.

La Junta Electoral Central declara no tener “competencias” para suspender el anuncio de la Falange en RTVE

En la consulta enviada por RTVE, la Corporación indicaba que el artículo 62.1 de la Ley de Memoria Democrática considera infracción grave las campañas de publicidad que «inciten a la exaltación personal o colectiva de la sublevación militar, de la Guerra Civil o de las Dictadura, de sus dirigentes o de las organizaciones que sustentaron al régimen dictatorial cuando entrañe descrédito, menosprecio o humillación de las víctimas”, refiriéndose a la inclusión del ‘Cara al Sol’ en el anuncio electoral de la Falange Española de la JONS. 

Como respuesta, la Junta Electoral Central indica que, ante las alegaciones solicitadas a la formación de ultraderecha, la Falange Española de las JONS señaló que «es un partido legal, que tiene sus símbolos», entre los que figura el ‘Cara al Sol’, en el que «no se hace mención a ningún colectivo ni contiene menosprecio o humillación de nadie” por lo que la inclusión del himno en el anuncio de campaña electoral “no resulta contrario” al artículo 62.1 de la Ley de Memoria Democrática.

Asimismo, la Junta Electoral Central explica también que el órgano carece de “competencias para acordar la suspensión de un vídeo de propaganda electoral por su supuesto contenido delictivo” y menciona que el artículo 20.2 de la Constitución Española establece que el ejercicio del derecho a la libertad de expresión “no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa”, solamente “en virtud de resolución judicial” (artículo 20.5).

De igual manera, la entidad indica también que es ajena a la “emisión de informes para un medio de comunicación sobre la hipotética infracción de una normativa distinta de la que integra la legislación electoral”.

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Y ahora qué. La resolución de la Junta Electoral Central incide en que si RTVE entiende que el anuncio de la Falange puede tener “un contenido delictivo” lo puede poner en conocimiento del Ministerio Fiscal para que lo valore. Desde el Ente Público, no obstante, aseguran a Newtral que procederán a la emisión del spot en las desconexiones territoriales que estaban previstas.

RTVE como entidad pública debe emitir los anuncios electorales de todos los partidos candidatos a las elecciones

Como indica la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) en su artículo 60, “durante la campaña electoral los partidos, federaciones, coaliciones y agrupaciones que concurran a las elecciones tienen derecho a espacios gratuitos de propaganda en las emisoras de televisión y de radio de titularidad pública”.

La emisión gratuita de los anuncios de propaganda electoral previos a las elecciones corresponden a RTVE como entidad pública de España en este ámbito, por lo que la corporación está obligada a distribuir estos espacios entre todos los partidos candidatos que concurrirán el próximo 23 de julio en las generales, otorgando un mayor o menor tiempo a cada uno en función del número de votos obtenidos en los últimos comicios celebrados en 2019, en los que la Falange Española de la JONS obtuvo un total de 616 votos en todo el país.

Fuentes
  • Resolución de la Junta Electoral Central
  • Ley de Memoria Democrática
  • Constitución Española de 1978
  • Ley Orgánica del Régimen Electoral General
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