La Policía no permite romper la ventana de un coche si hay un perro dentro: ni aunque haga calor ni tomando una foto antes

La Policía no permite romper la ventana de un coche si hay un perro dentro: ni aunque haga calor ni tomando una foto antes
La Policía dice que si ves un perro encerrado en un coche cuando haga extremo calor, hagas una foto y luego rompas la ventana
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Con la vuelta del calor regresa un bulo que ya hemos desmentido en Newtral.es anteriormente. No es cierto que la Policía permita romper la ventana de un coche si hay un perro encerrado y hace extremo calor, ni aunque hagas una foto antes. 

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El mensaje que está circulando una vez más por redes sociales asegura que “la Policía dice que si ves un perro encerrado en un coche cuando haga extremo calor, hagas una foto y luego rompas la ventana”. Ya que, argumenta el texto, al realizar la fotografía “no serás acusado de daños criminales y la policía tendrá pruebas para llevar a los propietarios de esos perros a los tribunales”. 

Además, el mensaje se escuda en que “la acción de la rotura de la ventana para salvar a un animal se considera legítima en base al art. 20.5 del Código Penal que, en estos casos, reconoce el estado de necesidad”. Y termina animando a compartir el texto.

Sin embargo, la Policía Nacional ha desmentido en diferentes ocasiones que esto sea cierto y recomienda en su lugar llamar al 091 para gestionar esta situación.

Si hace calor y ves un perro en un coche no está justificado romper la ventana

En verano, en las redes sociales abundan los mensajes que avisan de los riesgos de las altas temperaturas para las mascotas. Según advierte la Guardia Civil, ”en verano, con una temperatura exterior de 39ºC, el interior del coche se calienta a más de 60ºC en tan solo 15 minutos”. 

Fruto de esta situación, cada año vuelve el mensaje que asegura que la Policía permite romper la ventana de un coche si hace extremo calor y hay un perro dentro de él, siempre que se haga una fotografía antes. Sin embargo, por muy peligrosa que pueda ser la situación dentro del coche, esto no está permitido.

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La propia Policía Nacional ha desmentido en numerosas ocasiones este mensaje, recomendando siempre llamar al 091 en esta situación. Según indican en su mensaje, los agentes que acudan al lugar “valorarán qué hacer y si pudiera haber responsabilidades penales”.

Además, el texto menciona el artículo 20.5 del Código Penal como fundamento jurídico. Según se indica, “la acción de la rotura de la ventana para salvar a un animal se considera legítima”, ya que el artículo mencionado anteriormente “reconoce el estado de necesidad”. 

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El art. 20.5 del Código Penal afirma que está exento de responsabilidad criminal “el que, en estado de necesidad, para evitar un mal propio o ajeno lesione un bien jurídico de otra persona o infrinja un deber”, siempre que concurran unos requisitos determinados.

Sin embargo, como explicamos en nuestra primera verificación, si se rompe el cristal de un vehículo. El dueño del mismo puede denunciar al que haya cometido esta infracción.

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