Poco más de un mes después de que entrara en vigor la Ley de Garantía de Libertad Sexual (conocida como la ley del solo el sí es sí), la parte socialista del Gobierno ha abierto la puerta a la revisión de la normativa. La razón es que varios tribunales (en Galicia, Murcia o Madrid) han revisado a la baja las condenas por agresiones sexuales basándose en esta nueva legislación. Por ejemplo, tal y como informó Europa Press en un auto fechado el 7 de noviembre, la Sección 17 de la Audiencia Provincial de Madrid acordó revisar la pena impuesta a un condenado en una sentencia firme, de mayo de 2021, rebajando la condena de ocho a seis años de cárcel.
“Tras algunas sentencias que se han dictado al amparo de la ley, se requiere estudiarlas con detenimiento y estudiar el texto legal. Evidentemente no era el objetivo de la ley rebajar las penas con motivo de abusos a menores, sino todo lo contrario. Habría que estudiar tanto las sentencias para ver en qué cuestiones se amparan, y el propio texto legal”, recalcó la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, este martes en los pasillos del Senado según publica la Agencia Efe.
Por su parte, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha defendido la ley de libertades sexuales durante su intervención este miércoles en el G20 y ha trasladado a los tribunales y a la fiscalía la responsabilidad de interpretar correctamente la norma. “Esperemos a que los tribunales unifiquen esta doctrina para extraer conclusiones, pero la voluntad de la ley ha sido la de proteger a las mujeres y extender como agresión sexual cualquier tipo de delito sexual, algo que no ocurría hasta ahora”, ha insistido Sánchez.
Precisamente, la imposibilidad de una revisión a la baja de las sentencias o la seguridad jurídica de esta ley han sido los argumentos utilizados tanto por la titular del Ministerio de Igualdad, Irene Montero, como por Victoria Rosell, la delegada del Gobierno contra la Violencia de Género, durante los dos años y medio que ha durado la puesta en marcha de la norma.
Iglesias calificó de “machista” al ministro de Justicia por “bloquear” la ley de libertad sexual que ahora el PSOE se abre a su revisión
Las tensiones dentro del Gobierno que provocó la puesta en marcha de la primera gran ley dirigida por un ministerio de Unidas Podemos surgieron desde el principio de la negociación previa a su aprobación por parte del Gobierno previa a la tramitación parlamentaria.
En marzo de 2020, el entonces vicepresidente segundo y ministro de Derechos Sociales y Agenda 2030, Pablo Iglesias, lanzó una crítica velada al titular por aquel momento de Justicia, Juan Carlos Campo, cuando le calificó de “machista”. Iglesias le criticaba, de esta forma, las “excusas técnicas” que ponía el Gobierno para no tramitar la ley.
En palabras de Campo, que afirmó sentirse “orgulloso de la ley” como publicó El Confidencial, lejos de intentar bloquearla, su departamento solo trataba de procurar que quedara “perfecta”, un proceso al que someten todos los textos que van al Consejo de Ministros. Pocas horas después del rifirrafe, la Cadena SER publicó las que, según esta emisora, eran las alegaciones de Justicia contra el texto legal, aunque entre ellas no se especifica si el departamento de Campo alertaba de la posible revisión a la baja de las condenas ya impuestas que se están produciendo estos días. Tampoco en el artículo de El Confidencial se hace mención específica a este aspecto en concreto.
El informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) sobre esta norma hizo una referencia a este asunto de la revisión de las condenas en febrero de 2021, pero en referencia, concretamente, a las penas máximas.
Montero y Rosell niegan que exista la posibilidad de que la norma del solo sí es sí permita reducir las condenas
En julio de 2021, el Consejo de Ministros aprobó el proyecto de ley para remitirlo a las Cortes Generales para su tramitación parlamentaria y posterior aprobación. Ya entonces, el 7 de julio, la delegada del gobierno para la Violencia de Género, Victoria Rosell, negaba que la norma “vaya a suponer una revisión de las condenas ya impuestas a los agresores sexuales.”
Posteriormente, aprobada ya la ley, la ministra Montero, durante la Comisión de los Acuerdos del Pacto de Estado en materia de Violencia de Género el pasado 2 de noviembre, fue interpelada por la diputada del Grupo Parlamentario Republicano, Pilar Vallugera i Balañà, respecto a “la sensación de alarma” a raíz de que los jueces “están pidiendo revisar las condenas”. “Usted sabe que la ley penal siempre es favorable al preso y, en este caso, actúan retroactivamente las condiciones más favorables para la persona penada”, indicó Balañà.
Montero negó entonces con rotundidad que la ley del solo el sí es sí abriese la puerta a la revisión de las penas de los agresores sexuales ya condenados. “Todavía no se conoce una sola reducción de penas, y no se va a conocer, es propaganda machista”, aseguró Montero.
“Tanto la Fiscalía General del Estado como la jurisprudencia en nuestro país son claras respecto a que, si las penas impuestas entran dentro del nuevo rango de penas, de la nueva horquilla de penas que sale de la nueva ley, no cabe la revisión de penas. La jurisprudencia es clara en torno a esto; también las comunicaciones de la Fiscalía General del Estado”, continuó la ministra de Igualdad.
Victoria Rosell, por su parte, también lo niega. La delegada del Gobierno contra la Violencia de Género ha insistido en ello este miércoles remarcando, además, que “nadie pudo advertir de la voluntad judicial de revisar penas a la baja fuera de los casos previstos en la ley”.
Para Rosell, “lo que hay que revisar es la formación judicial”. Tal y como ha afirmado en una entrevista con Radiocable este martes, las revisiones a la baja de sentencias ya impuestas tras la aprobación de la ley son “sorprendentes, de las cuales los medios no responsabilizan a quienes las dictan, sino al Gobierno, que dictó una ley que no prevé rebajas de las penas máximas”. Un punto en el que volvió a insistir la delegada del Ejecutivo en RNE el mismo día: “Hay gran capacidad de interpretación judicial sin perspectiva ni de género, ni de infancia, ni de derechos humanos”.
Las asociación de Juezas y Jueces para la Democracia, por su parte, consideran “inapropiadas” las declaraciones del Ministerio de Igualdad. En concreto, califican como una falta de previsión de la cartera que dirige Montero las revisiones que se están llevando a cabo para reducir algunas condenas ya impuestas y no de una “aplicación defectuosa” de la ley.
“La reforma de las penas con las que se castigan algunos delitos conlleva la necesidad de revisar sentencias por exigencia de principios constitucionales, tal y como el propio CGPJ ya advirtió en el preceptivo informe que antecedió a la aprobación de esa Ley Orgánica”, indican en un comunicado la organización progresista de magistrados.
También el CGPJ ha afeado las críticas del Ministerio de Igualdad. “Estos ataques minan la confianza de las víctimas en las Administraciones y, singularmente, en la de Justicia, aumentando su desprotección”, ha expresado a través de un comunicado.
La Asociación Profesional de la Magistratura también ha afeado la postura de la titular de Igualdad. A través de un comunicado publicado este jueves, la APM ha exigido la dimisión de Montero por “sus ataques constantes a los jueces y juezas intolerables e inadmisibles en una democracia“.
La Fiscalía fija como criterio no actuar para revisar sentencias de forma generalizada
Este lunes, una semana después de las primeras rebajas de penas, el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, ha dictado un decreto en el que unifica criterios de actuación ante la ley del ‘solo sí es sí’, en el que establece que no se revisarán sentencias si la pena que se impuso sigue vigente en la horquilla que fija el Código Penal para cada delito tras el cambio legal.
Es decir, con este decreto se reducen los supuestos en los que los fiscales apoyarán una rebaja de la condena inicialmente impuesta a los agresores sexuales.
Lo hace aplicando el criterio establecido en la disposición transitoria del Código Penal desde 1995 que establece que cuando la pena impuesta «sea también imponible» con arreglo a la nueva norma, es decir, entre dentro de la horquilla de penas contemplada, no tiene por qué revisarse.
El castigo mínimo por una agresión sexual ha bajado de seis a cuatro años de prisión, de modo que a aquel que hubiera sido condenado a seis años de prisión no quedará más remedio que rebajarle la pena, por ser la mínima, pero, por ejemplo, a quien se le hubiera impuesto una de siete u ocho años de prisión no tendría que revisársele.
El fiscal general ha respondido de este modo a la espera de «próximamente» publicar una circular más extensa sobre este caso y lo hace en el sentido que reclamaban las responsables del Ministerio de Igualdad cuando comenzaron a dictarse sentencias que rebajaban la pena a agresores sexuales.
Álvaro García Ortiz deja claro que cada caso se revisará de forma individualizada, pero ha dictado este decreto -con aportaciones de la teniente fiscal del Supremo, de los cuatro fiscales jefe de lo Penal y de la fiscal jefe ante el Constitucional- para dar una respuesta rápida a la problemática surgida tras la entrada en vigor de la Ley de Garantía de Libertad Sexual o ley de solo sí es sí.
El fiscal deja claro que la revisión de sentencias debe guiarse por el principio de retroactividad de la ley penal más favorable al reo, pero siempre se elegirá una ley u otra «de manera global, en bloque, en su totalidad», sin que sea posible trocear las normas.
- Agencia Efe
- Intervención de Pedro Sánchez en la reunión del G20
- Twitter de Irene Montero
- Twitter de Victoria Rosell
- Informe del Consejo General del Poder Judicial
- Artículo de El Confidencial
- Entrevista de Irene Montero en El País
- Artículo de la Cadena SER
- Comunicado de la asociación de Juezas y Jueces para la Democracia
- Comunicado del CGPJ
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