No todos los españoles pueden presentarse a las elecciones autonómicas de Andalucía. Como ocurre en el resto de las comunidades autónomas, los aspirantes deben cumplir con una serie de requisitos para ser reconocidos como candidatos por las autoridades electorales.
En concreto, en el caso de los comicios del 19 de junio, se recogen en la Ley Electoral de Andalucía, el Estatuto de Autonomía y la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.
¿Qué requisitos tienen que cumplir los candidatos de las elecciones de Andalucía?
Empadronamiento. Según consta en el artículo 4 de la ley electoral de esta comunidad, puede ser candidato todo aquel que tenga la condición de elector. Para ello, en la mayoría de los casos, los requisitos se concretan en tener la nacionalidad española y la “condición política de andaluz”. Esto es, conforme al Estatuto de Autonomía, tener “vecindad administrativa en cualquier de los municipios” de la comunidad.
No tener condenas. Además, no pueden ser aspirantes quienes hayan sido condenados por sentencia firme a una pena privativa de libertad mientras dure esta ni quienes hayan sido declarado culpables -aunque la sentencia no sea firme- por una serie de delitos: rebelión, terrorismo o un delito contra la Administración Pública o las Instituciones del Estado cuando la pena incluya una inhabilitación para el ejercicio del sufragio pasivo o la suspensión para empleo o cargo público.
No ocupar determinados cargos. De igual manera, es imposible que se presenten las personas que ostenten una serie de puestos públicos, tales como el Defensor del Pueblo Andaluz y sus adjuntos, los delegados de Gobierno en este territorio, los ministros o los diputados de parlamentos autonómicos. Sí podrán hacerlo quienes ocupen un escaño en el Congreso, como es el caso de Juan Antonio Delgado.
- La cabeza de lista de Vox, Macarena Olona, también es diputada pero ha anunciado que dejará su puesto en la Cámara baja antes de que empiece la campaña electoral.
¿Qué acreditaciones se les pide a los candidatos?
Según una resolución de la Junta Electoral a la que ha tenido acceso Newtral.es, los candidatos a las elecciones de Andalucía deberán remitir 3 documentos que acrediten que cumplen con los requisitos y no incurren en ninguna causa de inelegibilidad:
- Fotocopia del DNI
- Certificado de inscripción en el censo electoral o en el padrón municipal para “acreditar su condición política de andaluces”
- Escrito firmado por los aspirantes en los que “declaren no estar sujetos a penas que les inhabiliten para ser candidatos y no estar incursos en causa de inelegibilidad”
¿Cuál es la polémica en relación con Macarena Olona?
Según ha publicado la Cadena SER, para poder concurrir a las elecciones autonómicas de Andalucía, Macarena Olona se empadronó el pasado mes de noviembre en el municipio de Salobreña, en Granada. Lo hizo, además, en una vivienda que no es de su propiedad. El inmueble pertenece a Manuel Martín, presidente del partido de ultraderecha en Granada y concejal en esa localidad granadina.
En declaraciones a la emisora, Martín ha reconocido que Olona no reside en esa vivienda: “No puedo decir que ella esté aquí regularmente porque estaría mintiendo (…) Ella viene a veces, en vacaciones, porque obviamente trabaja en Madrid. Cuando viene, yo le cedo la parte de arriba de la casa y yo me quedo en la de abajo». Con esto, fuentes de Vox Granada han asegurado a laSexta que Macarena Olona estaría en alquiler en esta casa.
En una publicación en su perfil de Twitter, la candidata de Vox ha restado importancia al asunto, asegurando que ya cambió su empadronamiento en otras ocasiones con motivo de su trabajo: «Ya tenemos el súper titular del día: Macarena Olona, candidata a la Presidencia de Andalucía está empadronada en Granada, ¿y?».
Diputada por Granada. Olona ha ejercido desde diciembre de 2019 como diputada por la circunscripción de Granada debido a que la ley electoral no exige como requisito que los candidatos al Congreso estén empadronados en la provincia por la que se presentan.
- Ley 1/1986, de 2 de enero, Electoral de Andalucía
- Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía
- Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local
- Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General
Si no está empadronado en la ciudad por la que se presenta quien nos garantiza que trabajará por ella?
Si no está empadronado en la ciudad por la que se presenta quien nos garantiza que trabajará por ella?