Renta 2022 | En qué casos se puede declarar de manera conjunta y cuándo debe ser individual

Renta 2022 | En qué casos se puede declarar de manera conjunta y cuándo debe ser individual
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Con carácter general, la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) se presenta de forma individual. No obstante, las personas integradas en una unidad familiar pueden optar, si así lo desean, por declarar la renta de forma conjunta, siempre que todos sus miembros sean contribuyentes por este impuesto. La única excepción se produce si el contribuyente ha fallecido, en ese caso siempre deberá presentarse en modalidad individual aunque el resto de su unidad familiar la presente conjunta.

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¿Qué beneficios fiscales tiene presentar la declaración de la renta conjunta para personas casadas?

Javier Collado, profesor de Tributación y Asesoría Fiscal del Centro de Estudios Financieros (CEF), explica a Newtral.es que “cuando se presenta la declaración de la renta de manera individual da igual estar casado o no”. “Sin embargo, cuando se opta por hacerlo de manera conjunta, el matrimonio tiene mayores beneficios fiscales”, añade.

Collado indica que en las unidades familiares con dos cónyuges e hijos menores de 18 años si se tributa de manera conjunta se pueden beneficiar de una reducción en la base imponible de 3.400 euros anuales

Sin embargo, estos beneficios fiscales no se aplican en la mayoría de los casos porque “no interesa presentar la renta conjunta en caso de matrimonio salvo que uno de los dos no trabaje o haya una descompensación de ingresos abismal, que uno cobre muy poquito y el otro muchísimo”, apunta este experto. De hecho Collado indica que “la mayoría de declaraciones que se presentan en conjunta suele tratarse de matrimonios mayores. Hoy en día, en la mayoría de los casos, trabajan los dos cónyuges y apenas se produce esta situación salvo excepciones concretas”.

¿Hay beneficios fiscales al presentar la declaración de la renta si no se está casado?

Las parejas no casadas solo pueden presentar la declaración de la renta de manera conjunta con sus hijos propios, no en conjunto con el otro miembro de la pareja. En este caso la reducción de la base imponible es de 2.150 euros anuales para quien la presente conjunta con sus descendientes.

Por ejemplo, en el caso de una pareja que no se ha casado y que tienen un hijo, solo uno de los dos podría presentar la declaración conjunta con dicho hijo (siempre que sea menor de edad). En este caso, Collado indica que “se recomienda que lo haga el que gane más dinero de los dos, para que salga más beneficioso para la unidad familiar”.

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¿Quién forma parte de la unidad familiar y quién no?

Desde la Agencia Tributaria explican que “en la unidad familiar solo caben padres e hijos/hijas, nunca abuelos, nietos, sobrinos, tutelados, acogidos, …”. Cualquier otra agrupación familiar distinta de las consideradas unidad familiar a efectos del IRPF no podrá optar a presentar la renta de manera conjunta.

La determinación de los miembros de la unidad familiar se realiza atendiendo a la situación existente el día 31 de diciembre de cada año, por lo que si un hijo cumpliera 18 años durante el año, ya no formará parte de la unidad familiar en ese período impositivo.

Nadie puede formar parte de dos unidades familiares al mismo tiempo. En el caso de las parejas de hecho, sin vínculo matrimonial, solo uno de los miembros, padre o madre, puede formar unidad familiar con los hijos o hijas que reúnan los requisitos y, en consecuencia, optar por la tributación conjunta. El otro miembro de la pareja debe declarar de forma individual.

Fuentes
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