El presidente del Partido Popular (PP), Alberto Núñez Feijóo, afirmó que la regularización extraordinaria de personas migrantes anunciada por el Gobierno “va en contra del Pacto de Migración y Asilo que han firmado los jefes de Gobierno de la Unión Europea (UE)” (minuto 1:30).
- En Newtral.es hemos consultado a expertos en derecho internacional para preguntarles si la regularización de personas extranjeras choca con el Pacto sobre Migración y Asilo de la UE.
Qué es el Pacto sobre Migración y Asilo de la UE. Es un paquete de varias normas impulsado por la Comisión Europea en 2020 que se aprobó en el Parlamento Europeo en abril de 2024 y, un mes después, fue adoptado por el Consejo de la UE. Los Estados miembros tienen desde entonces dos años para incluirlo en sus respectivas legislaciones.
Las normas que componen el pacto regulan algunas cuestiones como las solicitudes de asilo, el reparto de personas migrantes entre Estados miembros, los sistemas de solidaridad económica, la identificación y asistencia de los migrantes, el estatus de protección internacional o la mejora de las vías seguras y legales hacia la UE, según expone la Comisión Europea en su página web.
- En los reglamentos y directivas que componen el pacto sobre migración no observamos referencias ni regulaciones de los permisos de residencia por trabajo (como los que concederá la regularización) en los Estados miembros concedidos a personas de fuera de la Unión.
Quién lo impulsa y adopta. Pese a lo que asegura Feijóo, el Pacto sobre Migración y Asilo de la UE no es algo “firmado por los jefes de Gobierno”. De hecho, no todos lo apoyan. Por ejemplo, el primer ministro de Hungría, Viktor Orbán, mostró su rechazo al pacto migratorio y aseguró que no cumplirá el llamado “contingente de solidaridad”, que prevé reubicaciones de personas migrantes entre Estados miembros, contribuciones financieras y medidas de solidaridad alternativa.
De hecho, el pacto ha pasado por varios organismos –la Comisión y el Parlamento– de los que no forman parte los jefes de Gobierno de los Estados miembros, pese a la afirmación del popular.
- Por su parte, el Consejo de la UE está formado por los ministros de los gobiernos de los Veintisiete. No tiene miembros fijos y se reúne en distintas formaciones dependiendo del tema que se trate (Economía, Medioambiente, Exteriores, etc.).
- Es una institución distinta al Consejo Europeo, que sí lo conforman los jefes de Gobierno pero no tiene capacidad legislativa.
Qué dice la legislación europea. Juan Bautista Cartes, profesor de Derecho Internacional en la Universidad Complutense de Madrid (UCM), remite a Newtral.es el artículo 79.5 del Tratado de Funcionamiento de la UE. Este recoge que la política común de inmigración “no afectará al derecho de los Estados miembros a establecer volúmenes de admisión en su territorio de nacionales de terceros países con el fin de buscar trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia”.
- Cartes explica que este tratado forma parte del “derecho primario de la Unión”, por lo que “ocupa una posición jerárquicamente superior al derecho derivado (reglamentos, directivas y decisiones), atendiendo a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la UE”.
Además, la legislación europea ya contempla que un Estado pueda conceder permisos de residencia por trabajo. Por ejemplo, la Directiva 2024/133 regula este procedimiento permitiendo la simplificación de los trámites para las personas migrantes que van a trabajar a un Estado miembro.
- La norma establece que sus disposiciones “deben entenderse sin perjuicio de la competencia de los Estados miembros para regular los requisitos para la expedición de un permiso único para fines de trabajo” y que “no deben afectar al derecho de los Estados miembros de conformidad con el artículo 79.5 del Tratado de Funcionamiento de la UE”.
- “Sobre esta base, los Estados deben poder considerar admisible o inadmisible rechazar una solicitud de permiso único”, expone.
Por otra parte, José Antonio Perea, profesor de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales en la UCM, remite a Newtral.es la Directiva 2008/115, que establece que los Estados del Acuerdo Schengen están “obligados a dictar órdenes de retorno a los nacionales de terceros Estados que se encuentren en situación irregular en su territorio y, si no las cumplen, deben ejecutar su expulsión”.
- ¿Esto significa que no se pueden hacer regularizaciones? Según Perea, no, ya que la misma directiva dice que “los Estados miembros podrán, en cualquier momento, decidir conceder a un nacional de un tercer país que esté en situación irregular en su territorio un permiso de residencia autónomo u otra autorización que otorgue un derecho de estancia por razones humanitaria o de otro tipo” (art. 6.4).
“Cuestión muy distinta y no jurídica –señala el experto– es si la política migratoria española, incluyendo esta regularización, está siendo coordinada o no con el resto de Estados de la UE y si es conforme con las políticas migratorias de estos”.
Qué dice la Comisión Europea. La agencia de noticias Europa Press preguntó al portavoz de la Comisión Markus Lammert por la posición del Ejecutivo comunitario sobre la regularización extraordinaria anunciada por el Gobierno de España. “Los debates y políticas para regularizar el estatus de nacionales de terceros países que se encuentran en situación de irregularidad recae exclusivamente en la responsabilidad del Estado miembro”, declaró Lammert.
- Otras agencias de noticias y medios de comunicación han recibido la misma respuesta de la Comisión.