Las claves de la regularización de inmigrantes que tramita el Gobierno: plazos, beneficiarios y requisitos

regularización extranjeros
Elma Saiz, ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones | Foto: EFE
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El Consejo de Ministros ha aprobado este martes iniciar la tramitación urgente de un real decreto que permitirá la regularización extraordinaria de alrededor de 500.000 personas extranjeras que ya se encuentran en España.

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  • Esta medida se dirige a solicitantes de protección internacional y a personas que llevaran un mínimo de cinco meses en el país al finalizar 2025.
  • En caso de aplicarse definitivamente, se trataría de la séptima regularización extraordinaria llevada a cabo desde finales de la década de los 80. 

Contexto. La propuesta, presentada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, toma el camino marcado por una iniciativa legislativa popular respaldada por más de 700.000 firmas que está paralizada en el Congreso desde septiembre de 2024.

Desde el ministerio competente explican que se ha optado por tramitar este real decreto ante la “urgencia social y el amplio consenso político, económico y social de la medida”, como una respuesta del Gobierno dentro del marco constitucional, ante la paralización de la iniciativa que se encuentra en tramitación parlamentaria. 

  • Al tramitarse como un real decreto, el Gobierno no requerirá de su convalidación parlamentaria, como sí ocurre con los reales decretos-ley, que al mes de su aprobación y entrada en vigor deben ser convalidados por el Congreso.
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La propuesta. La regularización extraordinaria de personas extranjeras residentes en España permitirá otorgar una autorización de residencia provisional a los beneficiarios que les habilita de forma automática para trabajar en todo el territorio nacional y en cualquier sector.

  • Esta autorización también les permite cotizar, pagar impuestos y acceder a derechos como la sanidad o la educación, “asumiendo las mismas obligaciones que el resto de la ciudadanía”.

Es una medida provisional. La autorización que se prevé conceder tiene una vigencia inicial de un año. Una vez transcurrido ese periodo, las personas deberán solicitar una autorización de residencia ordinaria prevista en el Reglamento de Extranjería.

  • Esta regularización extraordinaria permite la regularización simultánea de hijos e hijas menores que ya se encuentran en España. En este caso, su vigencia sería de cinco años.

A quién se dirige. La medida se dirige a personas solicitantes de protección internacional que hubieran presentado su solicitud antes del 31 de diciembre de 2025 y, por otro lado, a personas extranjeras en situación irregular que llevaran un mínimo de cinco meses en España al finalizar el año.

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  • La permanencia en España podrá acreditarse con cualquier documento público o privado, como el padrón, informes de citas médicas, contratos de alquiler, etc.
  • Otro de los requisitos será no contar con antecedentes penales ni “suponer una amenaza para el orden público”.

Plazos. Se espera que las solicitudes para beneficiarse de esta regularización extraordinaria se puedan empezar a presentar a principios de abril, una vez se cumplan los trámites preceptivos de la tramitación del Real Decreto, y estará abierto hasta el 30 de junio de 2026.

El plazo de tramitación de las solicitudes será de hasta tres meses. Sin embargo, una vez que se admitan a trámite, las personas podrán comenzar a trabajar de forma legal y acceder a otros derechos hasta que sus peticiones se resuelvan, en un máximo de 15 días hábiles.

  • Si la resolución es favorable, se concederá la autorización con una vigencia de un año.
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Fuentes
  • Rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros (27/01/2026)
  • Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

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