La Comisión Europea cerró febrero con un toque de atención a los países miembros: se tiene que comenzar a legislar sobre la situación laboral de los trabajadores de plataformas digitales, comúnmente conocidos como riders. Así lo reconocía la vicepresidenta tercera, Nadia Calviño, el 1 de marzo en La Hora de la 1: “La Comisión Europea ha sacado a consulta pública el tema de la regulación de los repartidores de plataformas digitales”.
En esa misma intervención, Calviño añadió que “no creía que hubiera ningún país europeo que ya hubiera regulado sobre este terreno”, y que desde el Gobierno quieren llegar a una regulación lo antes posible.
Entonces, ¿en qué punto está la elaboración de una ley en España? ¿Cuál es la situación en países de nuestro entorno como Francia, Italia o Alemania? ¿Cuáles son las recomendaciones de la Unión Europea? Lo analizamos.
Europa quiere proteger a los trabajadores de las plataformas digitales
El 24 de febrero la Comisión Europea anunció que habían comenzado su primera fase de interacción con los interlocutores sociales afectados por el trabajo en plataformas digitales. Por ello, la Unión Europea espera encontrar una solución homogénea en todos los países para mejorar las condiciones laborales de estos trabajadores.
“Algunos tipos de trabajo en plataformas digitales también están asociados a unas condiciones de trabajo precarias, que se reflejan en la falta de transparencia y previsibilidad de los acuerdos contractuales, los retos en materia de salud y seguridad y el acceso insuficiente a la protección social”, compartían en la nota de prensa.
También, en marzo de 2020 la Comisión Europea publicó un estudio que analizaba el nivel de precariedad de estos trabajos y cómo se podría resolver.
Algunas de las conclusiones de los investigadores fueron que las respuestas legales de los países miembros no se han centrado en la raíz del problema, sino que elaboran parches legislativos en cuestiones individuales, de un trabajador o de una compañía.
Además, encontraron que los distintos organismos judiciales de los países no se ponen de acuerdo a la hora de determinar que este tipo de trabajadores sean autónomos o falsos autónomos.
España lleva la ley Rider a cuestas desde enero de 2020
Antes de que en marzo las prioridades del Gobierno español se centraran en la pandemia, la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, había comenzado a trabajar para llevar al Congreso una ley que regulase las condiciones laborales de los trabajadores de plataformas digitales. Pero, de momento, en España no existe ninguna ley aprobada que trate esta nueva forma de trabajo.
Desde prensa de Vicepresidencia Tercera y Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, explican a Newtral.es en qué punto está el proceso legislativo: “Esperamos que haya un acuerdo en el ámbito del diálogo social que pueda ser convertido en un proyecto de ley para ser remitido a las Cortes Generales en las próximas semanas”.
En el último comunicado que lanzó la organización Riders X Derechos el 11 de febrero apelaron al Ministerio de Trabajo y al Gobierno para conseguir una legislación en la que no solo se les tuviera en cuenta a ellos, “ya que el fraude de los falsos autónomos va mucho más allá de nuestro sector”, afirmaban.
También resaltaban la tardanza del Gobierno en dar una respuesta en forma de ley: “Confiamos en que el Gobierno asumirá su responsabilidad, dejará el titubeo que lo ha caracterizado en esta instancia, y cumplirá con su deber de proteger a los y las trabajadoras, sin importar su condición”.
Alemania quiere que las plataformas se responsabilicen de los derechos
El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales alemán tampoco ha impulsado una legislación en esta materia, como confirman a Newtral.es desde la embajada del país en Madrid, pero ya ha elaborado unas directrices y principios sobre los que sustentar una posible ley que regule las condiciones laborales de estos trabajadores.
Desde el Ministerio quieren que las empresas y plataformas asuman una mayor responsabilidad sobre las condiciones de los trabajadores, sobre todo en aquellos casos en los que tienen una gran influencia en la relación trabajador-cliente. Además, quieren añadir una mayor protección social, ya sea en ayudas para facilitar el acceso a las pensiones, o reforzando los seguros por accidente laboral de forma específica para estos trabajadores.
El representante de la Federación Alemana de Sindicatos, Roman Kormann, explica a Newtral.es que en Alemania existe una especie de monopolio de la aplicación Lieferando, de la compañía Just Eat Take Away. “Hemos organizado iniciativas desde los sindicatos como Liefern am Limit (Repartidores al Límite) para mejorar las condiciones laborales de los trabajadores, pero aún así la compañía tiene un gran poder sobre ellos”, afirma. Según Kormann, ninguna iniciativa ha sido suficiente: “Solo se ha conseguido que les ofrezcan contratos temporales, y si se quejan o piden mejores condiciones de trabajo, corren el riesgo de no ser renovados”.
Italia hizo en 2019 un decreto-ley que reconocía a los riders
El 3 de septiembre de 2019 el Gobierno italiano aprobó una modificación urgente en su Consejo de Ministros de una ley anterior para “garantizar la protección económica y reglamentaria” de trabajadores “empleados en la entrega de bienes en nombre de otros, en áreas urbanas y con la ayuda de ciclos o vehículos de motor”.
Con este cambio se añadía un nuevo apartado para “la protección laboral de trabajadores de plataformas digitales” a la anterior ley del 15 de junio de 2015. Esto incluye medidas como que las indemnizaciones de los trabajadores pueden ser calculadas sobre la base de entregas que hayan realizado o la obligación de que exista un seguro que proteja al trabajador en caso de que tenga un accidente laboral o desarrolle una enfermedad profesional.
Francia todavía pendiente de reglamentar una ley previa
El 1 de diciembre de 2020 el primer ministro francés, Jean Castex, publicó un informe en el que reconocía el abuso que este tipo de plataformas pueden ejercer sobre sus trabajadores. “No eligen ni el cliente ni las condiciones de prestación del servicio. Son, además,
económicamente dependientes, porque no tienen otras oportunidades de ingresos que estas plataformas”, decía en el informe. Por ello, se reconocía que debe existir un diálogo constante con las partes implicadas para poder establecer una legislación.
A raíz de este informe, la Confederación Regional de Trabajadores (CGT) francesa lanzó un comunicado un día después. “El informe confirma lo que dicen la CGT y los repartidores: los trabajadores de la plataforma no son legalmente independientes”, pero no estaban de acuerdo en una de las soluciones que planteaba el informe: que una tercera empresa empleara a los repartidores.
Desde la CGT insisten en que hacer eso “sería exonerar a las plataformas de todas sus responsabilidades como empresarios, dejándoles el control de las condiciones laborales”. Por ello, la organización cree que las plataformas deben asumir su papel de empleador y los trabajadores de las plataformas deben beneficiarse de derechos, como la protección social o permisos de acuerdo con sus condiciones reales de trabajo.
Unos meses antes, en octubre de 2020, Francia ya había incluido un decreto para que las compañías con esta modalidad de trabajo puedan elaborar un estatuto opcional, como confirman para Newtral.es desde la embajada del país en Madrid. En el caso de adoptarlo, debería ser aprobado primero por la Dirección General de Trabajo.
También, el 29 de julio de 2020 Francia aprobó cambios en su ley de Movilidad en las que se incluyeron referencias a plataformas digitales, pero no de forma directa a las empleadas por los repartidores.
Por ello, los trabajadores de estas plataformas todavía tendrán que esperar para contar con una legislación que los ampare. Aún así, la Comisión Europea ha tomado la iniciativa para que los países miembros lo hagan lo antes posible, a pesar de los intentos individuales previos.
Fuentes
- Entrevista a Nadia Calviño del 1 de marzo en La Hora de la 1
- Nota de prensa del 24 de febrero de la Comisión Europea sobre la protección de las personas que trabajan en plataformas digitales
- Analísis del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales alemán sobre cómo mejorar las condiciones de trabajo de estas plataformas
- Decreto-ley del 3 de septiembre de 2019 del Gobierno italiano publicado en la Gazzeta Ufficiale
- Ley del 15 de junio de 2015 del Estado italiano publicado en la Gazzeta Ufficiale
- Nota de prensa del 24 de febrero del Ministerio de Economía francés
- Informe del 1 de diciembre del Primer Ministro francés sobre las plataformas digitales y sus trabajadores
- Decreto del 22 de octubre de 2020 del Gobierno francés
- Estudio de la Comisión Europea de marzo de 2020 sobre las condiciones laborales de los trabajadores
- Comunicado de Riders X Derechos del 11 de febrero
- Comunicado de la CGT francesa del 2 de diciembre
- Ley 2019-1428 de la República Francesa
- Roman Kormann, representante de la Federación Alemana de Sindicatos
- Gabinete de prensa de la Vicepresidencia Tercera y Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
- Gabinete de prensa de la Embajada de Alemania en Madrid
- Gabinete de prensa de la Embajada de Francia en Madrid
- Gabinete de prensa de la Confederación General de Trabajadores de Francia
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