Nos habéis preguntado a través de nuestro servicio de verificación de WhatsApp (+34 627 28 08 15) por distintos mensajes, compartidos en redes sociales, en los que se afirma que las vacunas contra la COVID-19 son en realidad “organismos de modificación genética”.
En algunos de ellos se afirma además que el objetivo de las vacunas es que la persona sea “modificada” para el “dominio de ella”. Para avalar estas afirmaciones, en estos mensajes se destaca que en 2020 se aprobó una normativa europea sobre la utilización de organismos genéticamente modificados en la elaboración de medicamentos contra la COVID-19.
Se trata del Reglamento (UE) 2020/1043 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de julio de 2020 relativo a la realización de ensayos clínicos y al suministro de medicamentos para uso humano que contengan organismos modificados genéticamente o estén compuestos por estos organismos, destinados a tratar o prevenir la COVID-19.
Pero ni esta normativa confirma que las vacunas contra la COVID-19 pueden modificar nuestro ADN ni el reglamento es una prueba de la “plandemia”, como se asegura en algunos de los contenidos compartidos por redes. Te lo explicamos.
Las vacunas con organismos modificados genéticamente
En el Reglamento (UE) 2020/1043 del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 de julio de 2020 se dice que algunos de los medicamentos contra la COVID-19 contienen o están compuestos por organismos modificados genéticamente (OMG). ¿Qué significa esto?
Las vacunas hacen que el sistema inmune de una persona pueda reconocer y defenderse contra una determinada enfermedad. En nuestro país ya se han aprobado las vacunas contra el coronavirus de Pfizer-BioNtech, Moderna, AstraZeneca-Oxford y Janssen. Estas dos últimas son vacunas que se basan en la tecnología de vector viral.
Esta técnica consiste en introducir un virus diferente al coronavirus que contiene ADN modificado. Parte del ADN en el interior de este virus inofensivo se convertirá dentro de nuestra célula en muchas copias de ARN.
El ARN contiene las instrucciones para que nuestras células fabriquen proteínas S. Estas proteínas S son iguales a la del nuevo coronavirus. Así, nuestro sistema inmune reconoce que esta proteína no debería estar en nuestro cuerpo y produce anticuerpos y linfocitos para neutralizar al coronavirus.
Es decir, para desarrollar las vacunas de AstraZeneca-Oxford y Janssen se emplean vectores virales que contienen una versión modificada de otro virus (el vector) para darles instrucciones importantes a nuestras células. Se trata de una técnica que también se ha utilizado en vacunas contra el ébola y el zika, según Sanidad.
Así, en los informes de la Agencia Europea del Medicamento (EMA) sobre estas dos vacunas se aclara este procedimiento y se señala que estas vacunas contienen organismos modificados genéticamente (OMG).
Las autoridades sanitarias recuerdan que, antes de salir al mercado, estas vacunas se han sometido a los controles habituales de las agencias reguladoras de medicamentos y han cumplido los requisitos de seguridad en personas.
Las normativas para el uso de OMG en medicamentos
En la UE, los Estados miembros son los encargados de aprobar el uso de medicamentos que consisten en OMG o que contienen estos organismos en los ensayos clínicos (las pruebas de laboratorio en las que se analiza la seguridad y eficacia de los candidatos vacunales o potenciales fármacos en humanos antes de su aprobación).
Durante la pandemia muchos de estos ensayos clínicos han sido multicéntricos y en colaboración entre varios países “para garantizar que las poblaciones a las que se destinan las vacunas están representadas y para generar datos sólidos y concluyentes”, explican a Newtral.es desde el Parlamento Europeo.
Como los requisitos para evaluar los riesgos ambientales de los ensayos clínicos con estos medicamentos varían considerablemente entre los países, la UE aprobó en julio de 2020 el Reglamento (UE) 2020/1043 para agilizar el procedimiento y “evitar retrasos significativos en el desarrollo de vacunas y tratamientos esenciales para salvar vidas”.
Se trata de una norma que deroga temporalmente (solo mientras la COVID-19 siga siendo una emergencia de salud pública) ciertas disposiciones de la directiva de OGM para ensayos clínicos de vacunas y tratamientos que contengan o consistan en OMG.
La norma no introduce cambios en el marco jurídico del uso seguro de los OMG
Desde el gabinete de prensa del Parlamento Europeo explican a Newtral.es que este reglamento, aprobado en 2020, “forma parte de la estrategia de la Comisión Europea para luchar contra la COVID-19”.
“La norma incluye una excepción temporal y estrictamente relacionada con la COVID-19 al cumplimiento de ciertas normas administrativas para los ensayos clínicos”, explican desde el Parlamento de la UE.
Por ejemplo, en el texto se dice que no en todos los casos será necesario que los fabricantes de estos fármacos realicen una evaluación previa del riesgo medioambiental ni dispongan de una autorización de conformidad con la Directiva 2001/18/CE o con la Directiva 2009/41/CE.
No obstante, “no se introduce ningún cambio en el marco jurídico que regula el desarrollo y el uso seguro de los OMG ni en los estrictos procedimientos de autorización vigentes que evalúan y conceden el permiso para el uso de medicamentos seguros en la UE”, añaden portavoces del Parlamento Europeo.
El reglamento garantiza el cumplimiento de la seguridad de los ensayos clínicos
En el reglamento por el que nos habéis preguntado se destaca que “los ensayos clínicos con medicamentos en investigación que contengan OMG o estén compuestos por estos organismos, destinados a tratar o prevenir la COVID-19, siguen necesitando la autorización por escrito concedida por la autoridad competente de cada Estado miembro en el que se realice el ensayo”.
También se mantiene la obligatoriedad de cumplir los requisitos éticos y las buenas prácticas clínicas en la realización de los ensayos clínicos, así como de respetar las prácticas correctas de fabricación en la producción o importación de medicamentos en investigación que contengan OMG o estén compuestos por estos organismos.
En la investigación y empleo de organismos modificados genéticamente en medicamentos se siguen numerosos protocolos para garantizar su seguridad en personas y evitar riesgos medioambientales.
Por ejemplo, la profesora de Genética de la Universidad de Barcelona María Teresa Adell explica a Newtral.es “que si se libera un virus modificado genéticamente es difícil predecir qué pasará con él, por eso se controla su uso en el laboratorio”.
“Cuando se debatió la norma el año pasado, los miembros del Parlamento Europeo coincidieron en la necesidad de adaptar las normas de los ensayos clínicos, pero siempre manteniendo las normas de calidad, seguridad y eficacia de las vacunas”, explican a Newtral.es desde la institución parlamentaria europea.
No, las vacunas contra la COVID-19 de vector viral no modifican nuestro ADN
Atendiendo a esto, es cierto que algunas de las vacunas contra la COVID-19 contienen o se componen de organismos modificados genéticamente, como señala la EMA. Pero esto no significa que estas vacunas vayan a modificar el código genético de las personas que las reciban.
Los contenidos que hemos recibido en los que se habla de este reglamento contienen afirmaciones falsas, engañosas o fuera de contexto. Como ya explicamos en Newtral.es, las vacunas contra la COVID-19 basadas en la técnica de ARNm (como la de Pfizer-BioNtech o Moderna) no pueden modificar nuestro genoma.
En el caso de las inyecciones contra la COVID-19 basadas en la técnica de vector viral, como la de AstraZeneca o Janssen, los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC) de Estados Unidos destacan que tampoco afectan a nuestro ADN ni interactúan con él de ninguna forma. “El material genético que aporta el vector viral no se integra al ADN de la persona”, insisten.