Protección para usuarios del bono social y prohibición de cortes en festivos: las medidas del nuevo reglamento eléctrico

reglamento energía eléctrica
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El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el Real Decreto que recoge el nuevo Reglamento general de suministro, comercialización y agregación de energía eléctrica. Esta norma establece medidas de protección para usuarios del bono social y electrodependientes o la posibilidad de que los consumidores puedan contratar con varias comercializadoras al mismo tiempo. 

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  • La vicepresidenta tercera y ministra para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, Sara Aagesen, explicó en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros que esta norma adapta “la regulación y el sistema eléctrico a todos esos nuevos modelos de negocio y consumo de la energía”. 
  • Además, el incumplimiento de este nuevo marco normativo por parte de las comercializadoras derivará en sanciones recogidas en la ley del sector eléctrico, que van desde los 600.000 hasta los 6 millones de euros.

El reglamento aprobado. La norma establece el régimen jurídico aplicable a estas actividades minoristas del sector eléctrico y tiene como objetivo reforzar la protección de los consumidores, y un mayor control de las relaciones con las empresas eléctricas.

  • Las medidas se aplican en toda la cadena, desde la oferta del producto hasta la finalización del contrato, pasando por su vigencia, posibilidad de facturaciones, interrupciones de suministro y reforzando los mecanismos de reclamación. 

Estos son sus principales aspectos:

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Fin de las contrataciones “en caliente”. Antes de la firma de un nuevo contrato o modificación, la empresa deberá presentar al consumidor, con carácter previo, un documento independiente que resuma de forma “clara y sencilla”, las condiciones contractuales. 

Llamadas telefónicas. El decreto prohíbe las llamadas telefónicas a los hogares para hacer publicidad o para prácticas de contratación cuando no las haya solicitado expresamente el consumidor con carácter previo o sea él quien llame a la compañía. 

Refacturación. Se revisa el sistema de refacturación, tras errores de lectura en contadores. Si el error es a favor del cliente, la empresa deberá devolver las cantidades indebidamente cobradas en la siguiente factura, aplicando los intereses correspondientes más un 1,5%. 

  • En caso de que sea a favor de la comercializadora, el importe se prorrateará en tantos meses como los transcurridos desde el error, y con un tope de un año.
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Protección a beneficiarios del bono social. Las comunidades autónomas y entidades locales podrán prohibir la interrupción de suministro a los hogares acogidos al bono social eléctrico que incurran en impago ni a consumidores electrodependientes.

  • Cuando un consumidor con bono social quiera cambiar al mercado libre, el nuevo comercializador deberá presentar la estimación anual con la diferencia de precios, recabar su consentimiento e informar mensualmente a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) de las renuncias por parte de consumidores vulnerables.

Cortes de suministro. El procedimiento de corte de suministro por impago se actualiza, con medidas que incluyen la prohibición de efectuar la interrupción en días festivos o en vísperas de festivos. 

Más de un contrato eléctrico. Los consumidores podrán contratar con varios comercializadores a la vez y directamente con productores de energía, así como tener dos potencias durante un mismo ejercicio, por trimestres, meses, días u horas para ahorrar costes.

Atención al cliente. Las suministradoras deberán tener un servicio gratuito de atención al cliente para reclamaciones y quejas, que deberán responderse en un máximo de 15 días. Además, las comercializadoras podrán disponer de la figura del defensor del cliente, que emitirá resoluciones vinculantes para la empresa.

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Plazos. Las comercializadoras tendrán cuatro meses para adaptarse a varias de las disposiciones, el mismo plazo que tendrá la CNMC para remitir al Ministerio para la Transición Ecológica un informe sobre la evolución de las prácticas irregulares en la actividad de comercialización.

Fuentes
  • Referencias del Consejo de Ministros
  • Rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros (11/02/2026)
  • Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico

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