El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este lunes 1 de noviembre de 2021 una resolución del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana en la que se anuncia la entrada en funcionamiento del Registro de Comunicaciones de los Servicios de Arrendamiento de Vehículos con Conductor (RVTC) a partir del 1 de febrero de 2022.
En septiembre el Real Decreto 785/2021 recogió que las VTC -Vehículos de Turismo con Conductor, conocidos por ser los que se utilizan principalmente en plataformas como Uber y Cabify- tienen la obligación de informar a la Administración sobre los pasajeros que lleven, ofreciendo datos como “lugar, fecha y hora en que se inicie el servicio y lugar y fecha en que ha de concluir”.
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La resolución publicada este lunes en el BOE anuncia que la forma de hacerlo, el sistema informático de gestión del Registro de Comunicaciones de los Servicios de Arrendamiento de Vehículos, estará disponible a partir del 1 de febrero de 2022.
“En cumplimiento de lo que en dicha disposición se determina, los titulares de autorizaciones de arrendamiento de vehículos con conductor deberán comunicar al RVTC los datos relativos a cualquier servicio que vaya a iniciarse a partir de ese momento”, explica la norma.
Además, recoge cómo se puede acceder a este RVTC para realizar las correspondientes comunicaciones: utilizando la aplicación web disponible en la sede electrónica del Ministerio con Cl@ve Pin o Permanente, o mediante plataforma digital y utilizando el servicio web disponible previo registro.
Transmisiones de títulos nobiliarios
El BOE también recoge la transmisión de ocho títulos nobiliarios. En concreto, los títulos de Conde de Fuenrubia, Conde de Limpias, Conde de Villaleal, Conde de San Rodrigo, Marqués de los Arcos, Marqués de Pickman, Marqués de Valterra y Marqués de Villel.
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En España, como aparece reflejado en la Ley 33/2006 de Igualdad del hombre y la mujer en la sucesión de títulos nobiliarios, “la posesión de un título nobiliario no otorga ningún estatuto de privilegio, al tratarse de una distinción meramente honorífica cuyo contenido se agota en el derecho a usarlo y a protegerlo frente a terceros”.
En orden decreciente de importancia, la nobleza española se estructura de la siguiente manera: el Rey o la Reina, el Príncipe o la Princesa de Asturias y los Infantes; seguidos de los títulos con grandeza de España, que pueden ser Duque, Marqués, Conde, Vizconde, Barón, Señor o Grandeza Personal.
Ya está bien que pongan freno a los servicios ficticios del 20 por ciento y campen libremente por todas las comunidades de España