Los refugiados de Gaza no reciben una “paga” de 1.600 euros mensuales en España

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Las personas que tienen la condición de “refugiado de Gaza” tienen una paga de 1.600 euros al mes durante diez años en España.
Tiempo de lectura: 3 min
(*) Actualización 11/03/2025

Circula por redes sociales un mensaje que asegura que “las personas que tienen la condición de ‘refugiado de Gaza’ tienen una paga de 1.600 euros al mes durante diez años”. Pero es falso. 

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  • No existe ninguna ayuda económica exclusiva para los refugiados gazatíes, como afirma el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones a Newtral.es.
  • Los refugiados, independientemente de su país de origen, tampoco reciben 1.600 euros mensuales, según explica la ONG Accem a Newtral.es. 

Qué es ser refugiado. Un refugiado es una persona que ha huido de su país por “fundados temores” a ser perseguido “por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas”, según ACNUR

  • Para obtener el estatus de refugiado se debe solicitar la protección internacional, un sistema regulado por el derecho internacional. 

Qué dice el Gobierno. Desde Newtral.es hemos preguntado al Ministerio de Inclusión por la supuesta paga a los refugiados de Gaza y el organismo señala que “las personas refugiadas son atendidas de forma equitativa por nuestro sistema de protección internacional”. 

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  • Por ello, “no existe ninguna ayuda especial dentro del sistema ni, por supuesto, paga alguna”, añaden.

Las ayudas económicas a los refugiados. La ONG Accem explica a Newtral.es que los refugiados gazatíes que atienden tienen acceso “al mismo sistema de ayudas que cualquier otro solicitante de protección internacional con independencia de su nacionalidad”. 

Los refugiados gazatíes reciben una ayuda económica -que no equivale a una “paga”-  “cuyo importe es mucho más reducido que el señalado [1.600 euros] y que solo dura unos meses”, añade UNRWA. (*)

Accem especifica que esas ayudas varían en función de “la fase en la que se encuentren y si se trata de personas individuales o unidades de convivencia (familias)”. En la fase de “acogida” reciben ayuda para cubrir necesidades básicas, mientras que en la de “autonomía” perciben otras prestaciones para el alquiler o de carácter sanitario. 

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  • Por ejemplo, pueden recibir ayudas para el alquiler desde 450 euros (para una persona) hasta 925 (para una unidad de convivencia de ocho personas), “pero en ningún caso, la suma de las mismas, para una persona, llega a los 1.600 euros”, añade la ONG.

Sin registro. Una búsqueda en Google de los términos “refugiados”, “Gaza”, “paga” y “1.600” no muestra ningún resultado. La página web del Ministerio de Inclusión y la de Moncloa tampoco anuncian estas supuestas prestaciones. 

* Esta verificación se ha actualizado para añadir la respuesta de UNRWA España.

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Fuentes
  • Declaraciones del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones a Newtral.es
  • Declaraciones de Accem a Newtral.es
  • Declaraciones de la Agencia de las Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en Oriente Próximo (UNRWA por sus siglas en inglés) a Newtral.es
  • Página web de ACNUR

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