El Gobierno de Pedro Sánchez ha aprobado este martes 28 de diciembre la reforma laboral en Consejo de Ministros. El texto, que ha sido acordado tanto con los sindicatos como con la patronal, se prevé que se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE) antes de que acabe el año para su inmediata entrada en vigor. Desde ese momento, las empresas tendrán un periodo de tres meses para convalidar la nueva regulación de contratos.
El objetivo de la reforma, que aún necesita conseguir el respaldo parlamentario, es corregir la temporalidad y la precariedad del mercado de trabajo español a través de la generalización del contrato indefinido y la acotación del temporal así como con el endurecimiento de las sanciones y una apuesta por la formación. Además, se recupera la ultraactividad (extensión del convenio colectivo cuando caduca mientras se negocia uno nuevo) y se establece el carácter preferente del convenio del sector frente al de empresa.
Pese a que en el acuerdo de gobierno de PSOE y Unidas Podemos se recogía la derogación de la reforma laboral del PP de 2012, en los últimos meses las declaraciones de los distintos ministros –como las de la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en una entrevista en El Objetivo de laSexta– apuntaban a que “técnicamente” no se podía derogar la reforma laboral.
Así, en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros de este martes 28 de diciembre se ha adelantado lo que contiene el texto sobre la reforma laboral y en el que, de momento y a la espera de que se publique el texto en el BOE, no entran cambios como la indemnización por despido, algo que sí modificó la reforma del PP.
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El Ejecutivo ha anunciado que la norma tendrá una “evaluación permanente” con negociaciones colectivas por sectores. Además, el Gobierno se va a dar un plazo para evaluar la eficacia de las medidas de temporalidad con el compromiso de que si no avanza como esperan “se tomarían medidas”.
¿Qué ocurre con los contratos y la temporalidad en la nueva reforma laboral aprobada en el Consejo de Ministros?
El cambio más “fuerte y que más tiempo ocupó” en las negociaciones, según ha asegurado la ministra de Trabajo en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, ha sido el marco de la temporalidad. “El contrato ordinario en nuestro país ahora mismo es el indefinido, incorporando una presunción de que los contratos se presumen indefinidos y vamos a un único contrato temporal en el que recuperamos la causalidad que tiene que ser profundamente motivada”, ha anunciado.
Díaz ha adelantado que este contrato temporal va a estar “muy restringido” y que “puede aducir dos únicas causas”: de sustitución (por bajas médicas, embarazos, etc.) y por una causa productiva. Además, el contrato temporal se limitará a una duración de seis meses, aunque “se podrá prorrogar seis meses más por vía de negociación colectiva sectorial”. Es decir, un máximo de un año frente a los “hasta cuatro años” que se pueden en la actualidad.
Por otra parte, y con unas razones “puntuales y justificadas que han de motivar con exactitud las empresas”, se podrán realizar tareas denominadas “ocasionales” por un máximo de 90 días. Esto, según la ministra, era un reclamo de los expertos en materia laboral para conseguir “la expulsión de uno de los contratos que más fraude causaba y que justifica la temporalidad”: el contrato por obra y servicio determinado.
En el decreto también se trata la temporalidad y la subcontratación en el sector de la construcción. “El contrato de la construcción, que como saben era por obra y servicio, un contrato que era temporal, pasa a ser indefinido evocando el modelo francés en esta contratación”, ha comentado la ministra de Trabajo.
Así, cuando se culminen las tareas en una obra, la empresa deberá hacer dos cosas: recolocar al trabajador en otra obra que tenga o darle formación y recualificación a cargo a la empresa.
La nueva reforma laboral aprobada en Consejo de Ministros también modifica el contrato fijo discontinuo, que conllevará “una reforma muy profunda”. Con esto los sectores estacionales de la economía española tendrán que ser cubiertos con contratos fijos discontinuos. “Todos los contratos temporales van a tener el mismo nivel de derechos que tienen los contratos indefinidos”, ha asegurado Díaz.
Sobre los contratos formativos, la norma se inspira en la formación dual del modelo alemán y se pone un límite de edad hasta los 30 años. “La importancia está en que en esta ocasión sí va a haber formación de verdad”, ha comentado Díaz, que adelanta que se alternará una parte teórica y otra práctica en las empresas españolas “con un proceso de tutorización y evaluación permanente”.
Recuperar la ultraactividad y el carácter preferente del convenio sectorial: ¿Qué otros cambios introduce la reforma laboral?
Entre las demás medidas que se han anunciado en la rueda de prensa está recuperar la ultraactividad con carácter indefinido, algo que se había modificado en la reforma laboral de 2012. Esto elimina, según la ministra de Trabajo, esa “herramienta de devaluación, de depreciación de la fuerza negociadora” por la cual cuando se terminaba un convenio algunas empresas recurrían directamente al salario mínimo en vez de a un nuevo acuerdo.
Con la ultraactividad se establece que una vez un convenio colectivo caduque, se extiende en el tiempo hasta que se negocie uno nuevo. Esto obliga a las empresas a mantener las condiciones laborales de los trabajadores mientras se llega a un nuevo acuerdo.
También se establece el carácter preferente del convenio del sector frente al de empresa, al revés de lo que ocurría con la reforma del PP. Cuando el convenio de la empresa tiene carácter preferente frente al del sector –como ocurría con la reforma de 2012– una empresa puede llegar a pactar condiciones peores que las fijadas por el sector, aunque nunca por debajo del Estatuto de los Trabajadores, la norma básica que regula el empleo.
En cuanto a la subcontratación a los trabajadores se les aplicará el convenio del sector de la actividad realizada o el de la empresa principal.
Además, se elimina la disposición adicional decimosexta que era la que permitía el despido objetivo en el seno de las Administraciones públicas. “Este personal accedía a las entidades públicas y a la Administración con procesos selectivos y podían ser despedidos con la misma entidad y fortaleza que se hacía en el ámbito privado”.
Por su parte, el ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, ha explicado que la norma contiene incentivos públicos para que se aprovechen los periodos de inactividad en Erte para formación por parte de las empresas y los trabajadores.
¿Cómo se modifican las sanciones?
La ministra de Trabajo ha explicado que antes las infracciones y sanciones que derivaban de vulneraciones de temporalidad tenían carácter único, por empresa. Es decir, si una gran empresa hacía mal uso de los contratos temporales, la sanción era por empresa, no por cada uno de los contratos incumplidos, y tenía un máximo de hasta 8.000 euros.
Con la reforma, la sanción y la infracción se individualizan y si una empresa incurre en una contratación temporal fraudulenta con miles de trabajadores, la infracción y la sanción será individual y hasta un máximo de 10.000 euros por cada uno de los trabajadores que se vea afectado.
¿Qué trámites parlamentarios debe seguir la reforma laboral y cuándo entra en vigor?
El Ejecutivo se comprometió con Bruselas a que la reforma estaría antes de que acabara el año. Una vez publicada en el BOE, se conocerán los detalles de la reforma laboral aprobada en Consejo de Ministros que se ha pactado y la fecha de su entrada en vigor, aunque se espera que sea inmediatamente tras su publicación en el Boletín, como ha anunciado la ministra de Política Territorial y portavoz, Isabel Rodríguez.
“Mañana [por el miércoles 29] entra en vigor excepto un plazo de tres meses que han de entender que dotamos a las empresas españolas para que adecuen el necesario cambio de la temporalidad”, ha anunciado Yolanda Díaz en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. Además, la duración de los contratos por obra y servicio desde la entrada en vigor de la norma será de seis meses.
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Una vez publicado el texto en el BOE, el Ejecutivo tiene 30 días para ir al Congreso a convalidar el decreto a través de una votación. En caso de que se convalidara la norma quedaría como tal.
Los socios habituales del Gobierno como ERC y PNV han mostrado su rechazo a la nueva norma y denuncian que no supone una derogación de la reforma laboral del 2012.
No obstante, podría haber una segunda votación –a petición de algún grupo parlamentario– para que una vez convalidado el decreto se tramitara como proyecto de ley. En caso de conseguir que se pasara a proyecto de ley, seguiría los mismos cauces parlamentarios que la creación de una ley.
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Es decir, los grupos podrían añadir enmiendas y se podría revisar el texto. En este caso también tendría que pasar por el Senado. De ser así, Antonio Garamendi, presidente de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) ya ha advertido en RNE que la patronal se saldrá del acuerdo: “Lo pactado no se toca”.
¿Qué otras medidas siguen pendientes tras la reforma laboral aprobada en el Consejo de Ministros?
La ministra de Trabajo ha adelantado que van a desarrollar el estatuto de las personas becarias en el plazo de seis meses de la mano del Ministerio de Educación y el de Universidades junto a los agentes sociales.
Además, en el plazo de tres meses se va a desplegar en la Inspección de Trabajo un plan específico de salud laboral para el trabajo de menores.
Fuentes
- Rueda de prensa tras el Consejo de Ministros del 28 de diciembre de 2021
- Acuerdo de gobierno PSOE-Unidas Podemos
- Entrevista en El Objetivo de laSexta a la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz
- Estatuto de los Trabajadores
- Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
- Declaraciones de Yolanda Díaz en un canutazo recogidas por Europa Press
- ERC y Bildu insisten en su rechazo a la reforma laboral pactada con la CEOE: El Gobierno «vende humo» de Europa Press
- Declaraciones de Antonio Garamendi, presidente de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) en RNE