El texto constitucional fue redactado en 1978, cuando aún no había una cierta sensibilización respecto a los colectivos más minoritarios. Prueba de ello son algunas crónicas de la época que se referían a las personas con discapacidad como “subnormales”. Pero el tiempo pasa, y la concienciación va ganando terreno. Ahora, el Congreso de los Diputados debate esta semana, a iniciativa del PP y del PSOE, la reforma de la Constitución para eliminar el término “disminuido” del artículo 49 en referencia a los discapacitados.
- El primer paso. La Cámara Baja ha decidido este martes, 16 de enero, comenzar a tramitar la propuesta constitucional por 315 votos a favor y las 33 abstenciones de Vox.
Próximos pasos. El pleno se volverá a reunir el próximo jueves 18 para aprobar esta iniciativa, que será remitida al Senado para culminar su recorrido. La reforma entraría en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
- Jerga parlamentaria. Este procedimiento parlamentario se denomina ‘en lectura única’. Es decir, el hemiciclo ha acordado –a propuesta de la Mesa del Congreso– que la modificación constitucional se tramite únicamente en el pleno, sin los pasos de la ponencia ni del dictamen de la comisión.
Sin referéndum. La Constitución determina en su artículo 167 que las reformas de su texto, como la que suprime el término “disminuido” y lo sustituye por “persona con discapacidad”, serán sometidas a referéndum para su ratificación una vez que las Cortes Generales den su ‘sí’ definitivo. Eso sí, siempre y cuando lo soliciten una décima parte de los diputados (35) o de los senadores (27). No obstante, Sumar no tiene la intención de llevar a cabo una consulta pública –después de que PP y PSOE se desmarcaran de ello–, pues sus 26 parlamentarios son determinantes si alguna otra formación lo propusiera.
Puntos clave de la reforma de la Constitución para eliminar el término “disminuido”
- Las palabras sí importan. La reforma modifica el artículo 49 del texto constitucional. Si antes el precepto hablaba de “disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos”, ahora lo hará de “personas con discapacidad”.
- Se incorporan nuevos matices. La iniciativa mantiene el principio de que estas personas tienen los mismos derechos que los demás ciudadanos “en condiciones de libertad e igualdad reales y efectivas”. Y añade una serie de menciones expresas:
- El cometido de abordar una ley con el objetivo de “la protección especial que sea necesaria para dicho ejercicio”.
- La obligación de los poderes públicos de desarrollar políticas que garanticen “la plena autonomía personal y la inclusión social” de las personas con discapacidad, en entornos “universalmente accesibles”.
- La atención de “las necesidades específicas” que tienen las mujeres y los menores con discapacidad.
El contexto que rodea la modificación del texto constitucional
La tercera reforma constitucional. El PP y el PSOE han propuesto emprender la tercera reforma de la Constitución que saldrá adelante por el momento, en este caso, para eliminar el término “disminuido” en alusión a las personas con discapacidad. En 1992, se brindó el derecho al voto pasivo a los extranjeros en las elecciones municipales; y en 2011, se introdujo el principio de estabilidad presupuestaria por el que el Estado y las autonomías no pueden incurrir en un déficit estructural que supere los límites fijados por la UE.
Una petición de hace años. La presente reforma constitucional fue impulsada por el Comité de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) en 2018. Y, con la entonces vicepresidenta del Gobierno y ministra de Igualdad Carmen Calvo a la cabeza, el primer Ejecutivo del socialista Pedro Sánchez aprobó en diciembre de 2018 un anteproyecto de ley para modificar la Carta Magna con este mismo fin. Sin embargo, las dos elecciones generales del 2019 y la posterior pandemia de la COVID-19 complicaron que se volviera a retomar la cuestión.
- Tres años más tarde. El Gobierno de coalición PSOE-Podemos registró en 2021 en la Cámara Baja un proyecto de reforma de la Constitución para suprimir el término “disminuido” del texto constituyente. En ese entonces, tanto el PP como Vox presentaron enmiendas a la totalidad para devolver la iniciativa al Ejecutivo y, así, terminar con su tramitación, pero fueron rechazadas. No obstante, la propuesta se quedó en papel mojado al convocarse los comicios generales del 23-J, cuando aún no había finalizado su recorrido parlamentario.
La reunión entre Sánchez y Feijóo. El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y el líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, acordaron el pasado 22 de diciembre suprimir la palabra “disminuido” de la Constitución en el marco de sus negociaciones para renovar el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), cuyo mandato lleva más de cinco años caducado. Este pacto se materializaría en la presente modificación constitucional: “Resulta patente que la redacción original del artículo 49 (…) precisa de una actualización en cuanto a su lenguaje y contenido”, indica su exposición de motivos.
¿Qué se vota esta semana?
El Congreso de los Diputados debate y vota esta semana la reforma de la Constitución para eliminar el término “disminuido” en relación con las personas con discapacidad. Para ello, al tratarse de una modificación constitucional, se exige un respaldo mínimo de tres quintos de cada una de las Cámaras (210 diputados y 159 senadores), lo que hace imprescindible los votos a favor del PP y del PSOE –que se traducen en 257–, y que los tiene asegurados.
Sin enmiendas. Pedro Sánchez y Alberto Núñez Feijóo ya quedaron en que la iniciativa tendrá luz verde tal cual como se presentó, sin aceptar ninguna enmienda ajena (que se debatiría este jueves) que no cuente con el apoyo de las formaciones popular y socialista.