Con el último anuncio de Pedro Sánchez sobre beneficios fiscales del 100% para los caseros que no suban el precio de sus alquileres se reabre el debate sobre este tipo de bonificaciones.
- Existen desde el año 2003, aunque han ido evolucionando según se ha ido cambiando la norma bajo distintos Ejecutivos.
¿Qué es lo último que ha anunciado el Gobierno? El 12 de enero Sánchez anunció que aprobaría “un real decreto ley” en el que, entre otras medidas, se incorporaría “una bonificación fiscal del 100% en el IRPF” para “todos los propietarios que no aumenten el precio del alquiler”.
- Con ello pretenden “compensar lo que ganarían si incrementaran ese precio del alquiler” (a partir del min. 10:43).
Este anuncio ha reavivado el debate social y los diferentes partidos se han posicionado. En concreto, la secretaria general de Podemos, Ione Belarra, criticaba en La Mirada Crítica lo que denomina más “regalos fiscales” a los caseros. Al ser preguntada sobre por qué Podemos apoyó la norma actual, que además de bonificaciones del 90%, del 70% y del 60% en algunos casos, tiene una general del 50% para todos los caseros, Belarra aseguraba que esta última bonificación “la hizo Aznar” (min 4:03).
- Un apunte. Aunque con la ley de vivienda actual, aprobada en 2023, se crearon más reducciones, la general para todos los caseros bajó del 60% al 50% del IRPF.
- ¿Qué es una reducción fiscal? Se trata de una reducción de la base imponible, que es la cantidad sobre la que se calcula la tarifa de IRPF y de donde sale la cuota íntegra de la que posteriormente se restarían las deducciones. En concreto, las reducciones por alquiler de vivienda se aplican sobre el rendimiento neto positivo (‘los ingresos íntegros’ menos ‘los gastos deducibles’).
En 2003, se creó la reducción general del 50% del IRPF para los caseros. Entonces presidía el Gobierno José María Aznar (PP).
- “Los impuestos sobre la renta de las personas físicas (IRPF) han existido prácticamente desde el inicio de la democracia”, explica José María Mollinedo, secretario general del Sindicato Técnicos Hacienda (Gestha) a Newtral.es.
- El experto indica que “la reducción general del 50% del IRPF para los caseros se crea con la Ley 46/2002, de 18 de diciembre, que reformaba a su vez la ley 40/1998, y que entró en vigor en 2003”.
- En 2004 se mantuvo esta misma reducción general en el IRPF del 50% con una nueva norma en forma de texto refundido que compilaba la legislación sobre este impuesto y que estuvo en vigor hasta la aprobación de la ley vigente.
Evolución de las reducciones en la ley actual. Como apunta Raquel Jurado, técnica del servicio de estudios del Consejo General de Economistas de España (REAF), ya con el primer texto de la ley 35/2006, en vigor desde enero de 2007, no solo “se mantuvo la reducción general del 50% del IRPF para todos los caseros”.
- “Además, se creó otra reducción del 100% si el inquilino tenía entre 18 y 35 años y unos rendimientos netos del trabajo o de actividades económicas superiores al IPREM”, añade.
Posteriormente, el artículo 23 de la norma –que recoge los gastos deducibles y reducciones– ha ido cambiando así:
- De enero de 2011 a enero de 2015, la reducción general en el IRPF para los caseros aumentó y pasó del 50% al 60%. Se mantuvo la reducción del 100%, pero modificando levemente la edad de los inquilinos a entre 18 y 30 años.
- De enero de 2015 a mayo de 2023, solo se mantuvo la reducción general para los caseros del 60% del IRPF.
- Desde mayo de 2023 hasta hoy existe una reducción general del IRPF del 50% para todos los caseros y tres reducciones mayores para casos concretos:
- Del 90% si el casero firma un nuevo contrato en zona tensionada y rebaja la renta inicial más de un 5% respecto al contrato anterior.
- Del 70% si no se cumple lo anterior, pero se da una de estas situaciones:
- La vivienda se alquila por primera vez en zona tensionada a jóvenes de 18 a 35 años (la reducción se aplica solo a la parte proporcional si hay varios inquilinos).
- La vivienda se alquila a una administración o entidad sin ánimo de lucro para alquiler social o programas públicos que limitan la renta.
Publicidad - Del 60% si no se cumplen los requisitos anteriores, pero la vivienda ha sido rehabilitada y la obra terminó en los dos años anteriores al contrato.
¿Quieres comentar?