El Estado ha perdido 16.750 bienes inmuebles, una tercera parte de su patrimonio, en solo cinco años. Se trata de 44,9 kilómetros cuadrados de propiedad pública que han desaparecido del Inventario General de Bienes Inmuebles, un espacio más grande que toda el área metropolitana de Bilbao.
[MAPA | Así están distribuidos los bienes inmuebles del Estado]
Desde la Dirección General del Patrimonio del Estado (DGPE), organismo que gestiona el inventario, señalan el desarrollo de diversos programas dirigidos a “depurar la parte del inventario y a descargar la cartera inmobiliaria pública de los inmuebles que no se necesitan por la Administración”. Te explicamos lo que sabemos.
Una reducción del 38% del inventario
Entre 2015 y 2020 hemos pasado de tener 44.555 bienes inmuebles a 27.805; un 38% menos. La mayor parte de las propiedades que ya no figuran en el inventario son rústicas (9.342) y edificios (1.883) en territorio nacional, mientras que los bienes en el extranjero han aumentado.
La DGPE explica que las bajas en inventario responden, en su mayoría, a enajenaciones, es decir, a la venta, donación o cesión del dominio de los bienes; operaciones de depuración, una serie de revisiones periódicas en las que se corrigen los posibles desajustes; o baja de inmuebles.
En este último caso, los inmuebles que deben darse de baja son los recogidos en el artículo 33.3 de la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas. Entre ellos se encuentran los bienes de dominio público sometidos a una legislación especial, como los bienes de Defensa, las infraestructuras de titularidad estatal o los bienes muebles adquiridos o utilizados por ellos cuya administración y gestión correspondan al Estado entre otros.
Los datos de estas ventas se recogen en las memorias anuales de actuación. En estos documentos se observa que, los inmuebles dados de baja aplicando el artículo 33.3 son 5.826 desde el año 2015, mientras que los dados de baja como consecuencia de operaciones de depuración, son 5.505 entre 2016 y 2020.
¿Por qué se ha vendido este patrimonio?
Julio González, catedrático de Derecho Administrativo y autor del blog Global Politics and Law, apunta a la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas, en la que se prevén los mecanismos que permiten llevar a cabo los procesos de venta y arrendamientos de inmuebles de titularidad pública. Por un lado, destaca la posibilidad de que las administraciones públicas puedan mantener el uso de un inmueble sin que sea de su propiedad a través de la venta y posterior alquiler del mismo. “Como el edificio sigue siendo necesario se paga el alquiler a un tercero”, señala.
Por otra parte, indica que la venta también se produce porque hay edificios que en un momento dado dejan de tener una utilidad pública real y su venta no deja de ser un mecanismo para obtener liquidez. En virtud de lo establecido en el artículo 131 de la ley, estos bienes enajenables son aquellos que “no sean necesarios para el ejercicio de las competencias y funciones propias de la Administración General del Estado o de sus organismos públicos”.
Desde la DGPE aclaran que se intentan vender todos los inmuebles en esta situación, salvo que esté prevista su próxima afectación. Además, hay casos en los que se quiere hacer una operación de reorganización y de concentración de órganos públicos dentro de un mismo edificio, o la construcción de uno nuevo.
González explica que “un primer paso es tomar la decisión de que un determinado bien entre en proceso de venta, se decide si es o no necesario y a partir de ahí se abre un procedimiento de venta pública que puede ser por subasta, por adjudicación directa o por concurso”.
Para sacar el bien a subasta hay que aportar una tasación del mismo. El Estado cuenta con la Sociedad Mercantil Estatal de Gestión Inmobiliaria de Patrimonio (SEGIPSA), que es quien hace la valoración de los bienes públicos. A partir de aquí, tal y como precisa González, si se quiere vender un bien pero la subasta queda desierta, este se puede vender a un precio más bajo del establecido en la tasación, lo que explica que algunos bienes se hayan vendido por un valor menor que el fijado inicialmente.
Un inventario desactualizado
Los datos del inventario, sin embargo, no siempre son del todo precisos. “Debido al tamaño del inventario, a su formación secular, con inmuebles incorporados en diferentes épocas, y a la relativamente reciente informatización del mismo, es inevitable que puedan figurar de alta algunos inmuebles que ya no existen (fincas rústicas, fundamentalmente), que existan entradas duplicadas o que haya operaciones de baja que no se llevaron en su momento al inventario”, explican desde Hacienda.
En este sentido, González sostiene que el problema del inventario es que no está puesto al día: “Desde una perspectiva de gestión patrimonial debería actualizarse”.
El último Programa para la puesta en valor de los activos inmobiliarios del Estado publicado en la web de Hacienda es de 2013 y la estrategia se refiere a los ejercicios 2013, 2014 y 2015. Sin embargo, las cifras que se proponían coinciden con el descenso actual. En ese momento se contemplaba la enajenación de 15.135 bienes, la mayoría pertenecientes a Defensa (8.170) y Patrimonio (5.107), aunque también en menor medida a Adif, el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (1.514).
En esta línea, el portal web del Sistema de Información General de Inmuebles Disponibles (SIGIDISP) no funciona y el acceso a la Central de Información de Bienes Inventariables del Estado (CIBI), sistema de información que gestiona la tramitación de los expedientes patrimoniales y del inventario de los bienes inmuebles, se necesita un registro previo y una serie de requisitos técnicos.
Otros impedimentos de acceso a la transparencia
En la última actualización del inventario publicada en el Portal de Transparencia, en enero de 2021, los ministerios de Interior y Defensa decidieron ocultar la información pública de todo su patrimonio alegando que lo hacen en defensa de la seguridad nacional.
Después de la Seguridad Social, eran las carteras que más bienes inmuebles acumulaban, con 2.673 y 1.802 registros, respectivamente, sin incluir los bienes patrimoniales. La paradoja es que en su justificación se amparan en la Ley de Transparencia, pese a que esta ley está vigente desde 2013 y no ha introducido ningún cambio en los últimos años.
[Interior y Defensa ocultan la información sobre sus bienes inmuebles]
Fuentes:
- Julio González, Catedrático de Derecho Administración y autor del blog Global Politics and Law
- Dirección General del Patrimonio del Estado
- Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas
- Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno
- Relación de los bienes inmuebles que son propiedad de la Administración General del Estado, Portal de Transparencia
- Programa para la puesta en valor de los activos inmobiliarios del Estado
La pólvora del rey es gratuita y lo que es de todos lo manejan a su gusto los dueños de la finca. Explicaciones ninguna sobre operaciones de venta y posterior alquiler del inmueble por la propia Administración