PP y PSOE presentaron recursos de inconstitucionalidad contra leyes que al llegar al gobierno mantuvieron

PP y PSOE presentaron recursos de inconstitucionalidad sobre leyes que no derogaron cuando gobernaban
En la imagen, Alberto Núñez Feijóo | Foto: EFE.
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Este lunes 12 de septiembre el presidente del Partido Popular, Alberto Núñez Feijóo dijo en una entrevista en ‘Herrera en Cope’ que “si el PP gobernara derogaría todas aquellas leyes que están recurridas ante el Constitucional”. “Si un partido llega a la conclusión de que una ley es inconstitucional y tiene mañana la responsabilidad de gobernar España, por coherencia, debe derogar parcial o totalmente aquellas leyes que están recurridas ante el Tribunal Constitucional” (minuto 14:55).

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Sin embargo, tanto el Partido Popular como el PSOE han presentado recursos de inconstitucionalidad sobre leyes que más tarde, al estar en el Gobierno, no han derogado en todos los puntos que criticaban. 

El recurso de inconstitucionalidad del PP contra la Ley del aborto

El PP presentó en 2010 un recurso de inconstitucionalidad (n.º 4523-2010) contra la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo. 

Era contra nueve artículos, entre ellos el que se referían a las menores de edad, a la interrupción del embarazo dentro de las primeras 14 semanas de gestación, a la interrupción por causas médicas hasta las 22 semanas y a la prestación sanitaria de la interrupción voluntaria del embarazo en centros de sanitario públicos.

Pero además el PP también intentó que el mismo organismo suspendiera de manera cautelar las partes de la ley que habían denunciado hasta que emitieran una sentencia. Sin embargo, el Tribunal Constitucional denegó tal suspensión y desde entonces (ya han pasado 12 años) no ha emitido sentencia sobre el recurso de inconstitucionalidad.

El PP no derogó todo lo que consideraba inconstitucional cuando gobernó

Tras la llegada de Mariano Rajoy al Gobierno en 2015, el Partido Popular cambió parte de la ley del aborto. Suprimió el punto 13.4 que daba la posibilidad de abortar a menores de edad sin el consentimiento de un progenitor o de un representante legal mediante la Ley Orgánica 11/2015

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Sin embargo, no modificó ni derogó el resto de preceptos que sí incluyeron en el recurso de inconstitucionalidad presentado al Tribunal Constitucional. “Modificaron algo, pero una mínima parte de lo que consideraban inconstitucional”, explica María Garrote, profesora de Derecho Constitucional de la Unidad Complutense de Madrid.

La ley de educación y de eutanasia también están recurridas por el PP

En su entrevista en en ‘Herrera en Cope’ Feijóo anunció también que derogarán la ley de memoria democrática (que ya ha pasado el trámite del Congreso y está ahora en el Senado) y la ley de educación sobre la que el PP ya presentó un recurso de inconstitucionalidad que ha sido admitido a trámite por el Tribunal Constitucional.

Otra ley polémica contra la que el PP ha presentado un recurso de inconstitucionalidad que ha sido admitido a trámite es la Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia.

El PSOE recurrió la prisión permanente revisable que no derogó después

“Esto mismo lo hizo el PSOE cuando, en 2015 con el Partido Popular en el Gobierno, se modificó el Código Penal y se aprobó la prisión permanente revisable. Los diputados socialistas presentaron junto a otros grupos un recurso de inconstitucionalidad que se resolvió hace relativamente poco y entre tanto, en los años en los que han gobernado no lo han derogado”, indica Garrote.

Este recurso fue promovido por más de 50 diputados del PSOE, de Convergencia i Unió,  IU, ICV-EUiA, CHA: La Izquierda Plural; Unión Progreso y Democracia; Vasco (EAJ-PNV) y Mixto. La sentencia se conoció en octubre de 2021 dando el visto bueno a la constitucionalidad de la regulación legal de la prisión permanente.

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¿Abusan los políticos de los recursos de inconstitucionalidad?

Para la catedrática de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla, Ana Carmona, “la tendencia general es que cuando los partidos políticos no son capaces de ponerse de acuerdo, trasladan sus discrepancias al Tribunal Constitucional en forma de recurso”.

“En un mundo ideal solo se interpondrían recursos cuando se considerase que jurídicamente la ley es contraria a la Constitución. Lo que pasa es que también es un instrumento político para proteger a las minorías y la política tiene estrategias a corto plazo”, señala Garrote. 

Esta experta indica que se usa bastante cuando el Gobierno aprueba leyes sin debatirlo con el resto de grupos políticos. “Si tú estás en la oposición y el Gobierno aprueba una ley que no te gusta, presentas de inmediato un recurso de inconstitucionalidad aunque sea argumentándolo de manera forzada. Esto lo hace muy bien Vox”, cuenta Garrote. La catedrática destaca que “aunque el Tribunal Constitucional resolviese en contra más tarde, el partido en cuestión ya jugó su baza política de cara a sus votantes”.

Pero, ¿por qué los partidos políticos no son coherentes y no derogan lo que creen inconstitucional cuando gobiernan? Según Garrote, porque pasa mucho tiempo desde que un partido está en la oposición y discute una norma que no le gusta y el momento en el que dicho partido accede al Gobierno. “En ese tiempo la norma puede estar muy aceptada socialmente y dicho partido decide no volver a polemizar sobre ello”, añade.

¿Qué es un recurso de inconstitucionalidad y quién puede presentarlo?

El recurso de inconstitucionalidad es un instrumento jurídico que sirve para defender la Constitución a través del Tribunal Constitucional y evitar que se aprueben leyes que sean contrarias a la misma. 

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Pueden ser objeto de recurso de inconstitucionalidad una gran variedad de leyes y están legitimados para interponerlo el presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 diputados, 50 senadores y los órganos ejecutivos y legislativos de las comunidades autónomas. Este tipo de recursos tienen, por regla general, un plazo de tres meses para presentarse a partir de la publicación oficial de la ley.

¿Cómo se deroga una norma?

“Debido a la complejidad que tienen las leyes, casi ninguna se deroga totalmente. Lo que se suele hacer son pequeñas modificaciones o derogaciones parciales”, afirma Garrote. Y pone de ejemplo la ley de educación, por la que el Gobierno y la oposición discuten constantemente. Lo que hacen es “eliminar lo que políticamente no les gusta pero permanecen otras disposiciones más técnicas”.

La Catedrática de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla, Ana Carmona, indica que en derecho existe el principio del paralelismo de las formas. “Esto quiere decir que, para cambiar una ley orgánica tienes que utilizar otra ley orgánica, y para cambiar una ley ordinaria usas otra similar”.

Fuentes

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