La ley de enjuiciamiento criminal no recoge que los recortes de prensa no sirven para iniciar un procedimiento judicial

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El artículo 262 de la ley de enjuiciamiento criminal dice que “las noticias periodísticas no podrán servir de base para iniciar un procedimiento de oficio”.
Tiempo de lectura: 2 min

Circulan publicaciones por X y Facebook que dicen que la ley de enjuiciamiento criminal recoge que los recortes de prensa no podrán servir de base para iniciar un procedimiento judicial, en relación con la denuncia de Manos Limpias contra Begoña Gómez. Es falso que la norma diga esto, aunque hay sentencias del Tribunal Supremo que indican que deben existir indicios complementarios.

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Qué dicen los mensajes virales. Los contenidos afirman que el artículo 262 de la ley establece que “las noticias periodísticas no podrán servir de base para iniciar un procedimiento de oficio”. Pero el artículo no incluye esas palabras. En realidad habla de que quien tenga conocimiento de un delito público tiene el deber de denunciarlo, y quien no lo cumpla incurrirá en una multa.

  • Expertos también niegan a Newtral.es que algún punto de la ley de enjuiciamiento criminal hable de este asunto.

Aunque la norma no recoge que los recortes de prensa no sirven de base para iniciar un procedimiento judicial, la doctrina del Supremo sí dice que deben existir “indicios suplementarios”, como destaca a Newtral.es Joaquín Urías, profesor de Derecho Constitucional y exletrado del Tribunal Constitucional. 

Dos ejemplos:

  • En 2015, el Supremo rechazó una querella contra el exlíder de Podemos Pablo Iglesias por delitos de blanqueo y falseamiento de cuentas, destacando que no había ningún “elemento o principio de prueba” además de noticias periodísticas. También recordó que “para admitir una querella no basta la mera aportación de recortes de prensa o similares sin más constatación o acreditación”.
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  • En 2024 rechazó una querella de Vox contra el ministro del Interior, Fernando Grande Marlaska, por la actuación de la Policía en las manifestaciones de Ferraz en noviembre. El texto menciona otras sentencias de los años 2000 y 2010 en las que no se admitieron a trámite querellas por, únicamente, aportarse recortes de prensa.

Por ello consideramos que los mensajes son engañosos, ya que la ley de enjuiciamiento criminal no dice nada sobre los recortes de prensa utilizados en procedimientos judiciales, pero sí que existen sentencias del Supremo que subrayan la importancia de presentar más pruebas para admitir querellas o denuncias.

Fuentes
  • Joaquín Urias, profesor de Derecho Constitucional y exletrado del Tribunal constitucional, en declaraciones a Newtral.es
  • Norberto J. De la Mata, catedrático de Derecho Penal en la Universidad del País Vasco, en declaraciones a Newtral.es
  • Ley de enjuiciamiento criminal
  • Sentencias del Supremo

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