Los nuevos límites de la publicidad del juego: qué cambia y cuáles son las sanciones que impone la norma

Real Decreto publicidad juego
Tiempo de lectura: 8 min

Este martes 31 de agosto ha finalizado el plazo para que las empresas se adapten a las nuevas medidas impuestas en el Real Decreto de comunicaciones comerciales de las actividades del juego, que limita la publicidad de juegos de azar y apuestas a la madrugada y prohíbe a jugadores y equipos deportivos lucir anuncios de este sector, entre otras medidas. Pese a que la norma fue aprobada el pasado 3 de noviembre, hoy ha entrado en vigor en su totalidad. 

Publicidad

“Esta noche entra en vigor la prohibición de la publicidad de juegos de azar y apuestas. No ha sido fácil. El fútbol y el resto de competiciones serán más sanos, limpios y acordes a los valores del deporte”, señaló en Twitter el ministro de Consumo, Alberto Garzón, respecto a la norma .

El lunes 30 de agosto, en el acto del 30 aniversario de la Federación Española de Jugadores de Azar Rehabilitados (FEJAR), Garzón también felicitó a su equipo en el Ministerio y aseguró que la regulación “se va a notar”. Te explicamos los elementos más importantes de la nueva norma. 

Limitaciones de horario, patrocinio deportivo y promociones: los principales cambios del Real Decreto sobre publicidad y juego

Según el Real Decreto 957/2020 del 3 de noviembre, a partir de ahora la publicidad del juego solo se podrá emitir, tanto en radio como en televisión, entre la 1:00 y las 5:00 horas. Por otro lado, la publicidad en páginas web, redes sociales, mail o correo postal solo se permitirá si el receptor ha dado su consentimiento.

Las reglas también cambian en el patrocinio deportivo, ya que la marca de los operadores no podrá exhibirse en equipaciones ni formar parte del nombre de estadios, equipos o competiciones.

En cuanto a los menores de edad, la norma incluye mecanismos de control parental, de manera que “a las comunicaciones comerciales de los operadores de juego en servicios de la sociedad de la información se les incorporará un identificador que habilite su categorización relativa a juegos de azar”, señala el decreto. En ningún caso esta publicidad podrá dirigirse a menores.

Publicidad

Además, la imagen de personas famosas o de notoriedad pública tampoco se podrá utilizar a partir de ahora en la publicidad del juego.

También quedan prohibidos los llamados bonos de bienvenida o promociones de captación de nuevos clientes. Los operadores no podrán dirigir ofertas a personas con patologías derivadas del juego y solo podrán publicitarlas a clientes verificados.

¿A qué entidades afecta?

El Real Decreto también incluye a “todos los operadores comprendidos en el ámbito de aplicación”. Estos son cualquier entidad que ofrezca actividades de juego de loterías, apuestas, rifas y concursos, juegos de carácter ocasional y otras actividades en las que se arriesguen cantidades de dinero u objetos económicamente evaluables, tal y como se recoge en la Ley de regulación del juego de 2011

Las únicas excepciones son las actividades que realizan entidades sociales como la Organización Nacional de Ciegos Españoles (ONCE), y Loterías y Apuestas del Estado, de interés público. 

Además, también implica tanto a los juegos a través de medios presenciales como casinos o casas de apuestas, como a las actividades que se realizan por medios electrónicos, como los portales en línea. 

Publicidad

¿Qué sanciones recoge el Real Decreto sobre publicidad y juego?

Los incumplimientos de la nueva norma conllevan ciertas sanciones administrativas, que serán establecidas por la Comisión Nacional del Juego, tal y como se puede ver en el artículo 42.

Si la infracción es leve, puede haber una multa de hasta 100.000 euros, mientras que si es grave, esa multa puede ir desde los 100.000 euros hasta un millón y la Comisión puede suspender la actividad de la empresa en España por un plazo de seis meses.

Las infracciones consideradas muy graves “serán sancionadas por el titular del Ministerio de Economía y Hacienda, a propuesta de la Comisión Nacional del Juego, con multa de un millón a cincuenta millones de euros”, indica la norma. Además, la empresa podría quedar inhabilitada por un período máximo de cuatro años.

Un paso adelante, pero incompleto: la opinión de las asociaciones

En el momento en el que se anunció la norma, asociaciones como la Federación Española de Jugadores de Azar Rehabilitados (FEJAR) celebraron su llegada. “Llevábamos siete años con varios reales decretos metidos en cajones”, explica a Newtral.es Juan Lamas, director técnico de la Federación. Aunque valoran positivamente la medida, consideran que todavía faltan algunos elementos por mejorar. 

“Es un paso adelante, tanto en el aspecto genérico como en otros concretos que provienen de alegaciones que realizó la asociación. La publicidad en los medios, los patrocinios, la utilización de famosos en los anuncios, los bonos… son positivos, pero incompletos”, lamenta Lamas. En FEJAR echan en falta más acciones dirigidas a la juventud y a la reparación de daños

Publicidad

En cuanto a los jóvenes, consideran fundamental informar para prevenir las conductas adictivas y ofrecer alternativas de ocio. “Creemos que debíamos ir más allá, no solo con medidas restrictivas, sino ofreciendo alternativas. Si los jóvenes no tienen actividades de ocio saludables, estamos empujando a que caigan en estas actividades de juegos de azar”, denuncia el director técnico de FEJAR. 

Respecto a la reparación de daños, Lamas considera que podría proceder de la administración o, incluso, de los mismos operadores de juego. “Se debe establecer una tasa o porcentaje para reparar las consecuencias negativas que tienen este tipo de actitudes para un sector de la población. No se puede dejar que sean las propias entidades y ONG las únicas que actúen”, añade.

Otros datos importantes

Antes de la popularización del juego en línea, el perfil del jugador patológico se sitúa entre las franjas que comprenden desde los 25 a los 34 años en los jóvenes y desde los 55 a los 64 entre los mayores, y la mayoría –ocho de cada diez– son conscientes de su situación, según el Estudio sobre prevalencia, comportamiento y características de los usuarios de juegos de azar en España, de 2015, elaborado por la Dirección General de Ordenación del Juego. 

Este mismo estudio también refleja que el 69,6% de estos jugadores son hombres, mientras que el 30,4% restante corresponde a mujeres. Además, la edad de iniciación en el juego se sitúa en los 19 años.

En ese sentido, el sociólogo Santiago Pérez Camarero, director del Instituto Max Weber y coordinador del estudio Juventud y juegos de azar. Una visión general del juego en los jóvenes, recuerda que “el juego responsable es una tarea de toda la sociedad”, y en particular de los reguladores y de los operadores del sector, ya que “si las empresas asumen su responsabilidad, también trasladan una sensación de tranquilidad y seguridad a la población”.

En el caso de los menores de edad, añade Pérez Camarero, los controles “también deben venir más de la familia”, porque el problema “está más en el  fácil acceso y en cómo juegan”, recuerda.

Un poco de contexto

El borrador del decreto pasó antes por la revisión de la Comisión Europea, que debía analizar si era compatible con la legislación comunitaria, como explicamos en este artículo de Newtral.es. Con este borrador ya surgieron voces del sector del juego en contra de la nueva regulación. 

Un ejemplo fue JDigital, la patronal de los operadores del juego online, que llegó a presentar hasta siete alegaciones en contra del documento aceptado por la Comisión. También este año hubo rechazo por parte de LaLiga, criticada por Alberto Garzón por “anteponer sus beneficios a la protección de millones de jóvenes de todo el país”.

Fuentes: