Renovación de la residencia cada 4 años, facilidad para emprender y contratos en origen: las claves del Real Decreto de Extranjería

real decreto extranjería
Albañiles trabajando. (Shutterstock)
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El BOE ha publicado este miércoles la reforma del Reglamento de extranjería, un real decreto que facilita a los migrantes los trámites para conceder autorizaciones de trabajo, extiende a cuatro años las renovaciones de las autorizaciones de residencia y también incluye una nueva figura de arraigo por formación, para que los extranjeros puedan residir en España, por un periodo de 12 meses, si se comprometen a realizar una formación reglada para el empleo.

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El real decreto, que entra en vigor en 20 días, tras haberse publicado este miércoles en el BOE, busca principalmente reducir la situación de irregularidad que hay en el mercado laboral. Esta nueva regulación incluye varios cambios importantes para la situación de los extranjeros en España.

Inclusión podrá hacer una previsión anual de ocupaciones para las contrataciones en origen

Según señala el Real Decreto de Extranjería, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, podrá aprobar anualmente una previsión de las ocupaciones y ,en su caso, el número de puestos de trabajo que se podrá cubrir a través de la gestión colectiva de contrataciones en origen.

Esta gestión colectiva permite contratar de forma programada a trabajadores que no residan en España, para ocupar empleos estables y que serán seleccionados en sus países de origen a partir de las ofertas presentadas por los empresarios.

Las autorizaciones de trabajo previstas para estas contrataciones serán plurianuales y habilitarán a trabajar 9 meses al año durante 4 años en un único sector laboral. Este modelo se podrá extrapolar a cualquier sector donde exista déficit de trabajadores. 

Los estudiantes extranjeros tendrán más facilidades para trabajar en España

Con el Real Decreto de Extranjería también se ha facilitado que los estudiantes puedan permanecer en España, incrementando sus posibilidades de trabajar. El texto recoge que se pueda compaginar trabajo y formación. También se han eliminado las restricciones que había antes para que los estudiantes se pudieran incorporar al mercado laboral mientras estudiaban y tras finalizar sus estudios. 

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Diego Boza, profesor de Derecho Penal en la Universidad de Cádiz y experto en extranjería, explica que en este sentido se facilitan los cambios de situaciones. “Antes si se venía a España como estudiante, no se podía trabajar. Había que volver al país de origen y pedir un visado de trabajo, mientras que ahora solo basta con que acrediten haber terminado sus estudios”. 

Boza plantea que este aspecto se ha facilitado, en el caso de los estudiantes, ya que podrán trabajar con cierta facilidad compaginando estudios, siempre y cuando su contrato no sea de menos de 30 horas semanales. 

El arraigo por formación del Real Decreto de Extranjería está inspirado en el “duldung” alemán

Los estudiantes extranjeros tendrán esta facilidad, ya que el Ejecutivo ha incluido una nueva figura de arraigo por formación, esta figura está inspirada en el “duldung” alemán. En este caso, Boza, plantea que los extranjeros una vez han solicitado el arraigo de formación, tienen tres meses para matricularse. Esto permite que reciban un permiso de residencia de un año, que es renovable otro año y se puede convertir en permiso de trabajo si alguien lo contrata.

Además de esta figura, también se han actualizado las demás figuras de arraigo. El Ejecutivo plantea cuatro escenarios: por arraigo laboral, familiar y para la formación. En cuanto al primero ha limitado la figura del arraigo laboral a personas que se encuentran en situación irregular, pero durante los dos últimos años han trabajado de forma regular en España.

En cuanto al arraigo social, el contrato que se presente para solicitar la autorización no se valorará por su duración, sino por su adecuación al Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Además, incluye que el contrato podrá ser inferior a 20 horas en los casos que se acredite menores a cargo.

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El Real Decreto de Extranjería establece que las renovaciones de residencia serán de cuatro años

El profesor de Derecho Penal, Diego Boza, señala que otro punto importante es el que se ha incluido en el cambio en las renovaciones de las autorizaciones de residencia: “Ahora son de 4 años, antes se dividía en una residencia de un año, que se renovaba a dos, y posteriormente a otros dos”. Plantea que el hecho de que se extienda a cuatro años va a reducir la irregularidad sobrevenida, es decir, las personas que pierden su permiso de residencia en medio del proceso. 

También explica que los requisitos para renovarla son más sencillos. Ya que con el régimen actual, se debe acreditar haber estado trabajando tres meses y tener o un contrato de trabajo o haber estado buscando empleo, si este se ha perdido por razones ajenas al trabajador.

Los extranjeros con permiso de residencia en España tendrán más facilidades para ser autónomos

El Gobierno también ha llevado a cabo una racionalización de los requisitos que se exigen para los trabajadores autónomos procedentes de terceros países, simplificando así que los extranjeros que residan en España puedan ser autónomos.

Tal y cómo estipula el real decreto, la normativa actual no facilita el emprendimiento por parte de personas extranjeras; especialmente con carácter inicial. Aclaran que además de las trabas documentales, hasta ahora el trabajador por cuenta propia sólo podía estar vinculado a una gran inversión.

Fuentes
  • Real decreto de Extranjería
  • Referencias Consejo de Ministros
  • Diego Boza, profesor de Derecho Penal en la Universidad de Cádiz y experto en extranjería
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