El Congreso de los Diputados ha convalidado con 177 votos a favor, 59 en contra y 113 abstenciones el real decreto ley que recoge medidas por valor de hasta 11.000 millones de euros para ayudar a empresas y autónomos en el contexto de la actual crisis provocada por la pandemia. Eso sí, se tramitará como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia para que los partidos puedan introducirle cambios.
Se trata de una iniciativa reclamada desde hace tiempo por los diferentes sectores que han visto afectada su actividad en el último año debido a las restricciones impuestas para tratar de contener al virus. A continuación, resumimos los puntos clave del texto.
Según explica el profesor de Economía Internacional de la Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA), Javier de la Nava, “la intención principal de este decreto ley es limitar las pérdidas del tejido productivo y ganar tiempo para lograr la recuperación macroeconómica”, que dependerá del ritmo de vacunación y de la vuelta a la movilidad.
¿Qué medidas recoge el decreto ley?
El decreto ley contiene cuatro grandes medidas que podrían suponer una inversión pública de hasta 11.000 millones de euros.
- Línea Covid de ayudas directas a autónomos y empresas. Va destinada a “reducir el endeudamiento” suscrito desde que comenzó la crisis del coronavirus (marzo de 2020) y los fondos se podrán emplear para pagar deudas, realizar pagos a proveedores o cubrir costes fijos, siempre que se hayan devengado entre el 1 de marzo de 2020 y el 31 de mayo de 2021 y procedan de contratos anteriores al 13 de marzo de 2021 (día en que entró en vigor este decreto ley). Cuenta con una dotación de 7.000 millones de euros.
“Aunque la primera conclusión es que los 7.000 millones en transferencias directas se quedan cortos en comparación con las medidas implementadas por nuestros socios comunitarios -considera De la Nava– el dispositivo se podría ampliar en función de cómo se aplique en todo el territorio”. Para ello, considera fundamental ver “la celeridad con la que las comunidades autónomas materialicen las ayudas”.
Añade, además, un segundo obstáculo: el plazo para entregar estos fondos: “‘El saldo no ejecutado ni comprometido a 31 de diciembre de 2021 deberá reintegrarse a Hacienda’ dice el real decreto ley. Se estima que el dinero podría llegar a las autonomía a principios de mayo, ¿cuándo se pondrá en manos de las empresas?. La respuesta dependerá del grado de eficacia en la gestión de los gobiernos autonómicos”.
- Línea para la reestructuración de deuda financiera COVID. Busca flexibilizar los préstamos que cuenten con aval público y permite que el ICO se incorpore a los procesos de reestructuración y refinanciación pactados entre el banco y el cliente. La ayuda consiste en extender el plazo de vencimiento de estos préstamos o, en caso de ser necesario, convertirlos en préstamos participativos. En última instancia, el Gobierno permite que se concedan ayudas directas para reducir la financiación con aval público solicitada durante la pandemia. Parte con una dotación inicial de 3.000 millones de euros.
- Fondo de recapitalización de empresas afectadas por la COVID. Pretende aplacar los problemas de solvencia derivados por la crisis del coronavirus de las empresas que no pueden acceder al fondo gestionado por la Sociedad Estatal de Participaciones industriales (SEPI). Su dotación son 1.000 millones de euros.
- Extensión de las moratorias. Se extiende hasta final de año la moratoria concursal con la que se busca dar más margen a las empresas que están pasando por dificultades para evitar que entren en concurso de acreedores. También se amplía de tres a cuatro meses el periodo para poder retrasar el pago de deudas tributarias sin intereses de demora.
¿A quién van dirigidas estas ayudas?
Podrán beneficiarse de estas ayudas empresas y autónomos que se encuentren en alguna de las 95 ramas de actividad que recoge el decreto en el Anexo I. Actividades que en su mayoría están relacionadas con la hostelería, el turismo, el transporte, el comercio, la producción y fabricación, y la cultura. Detallan que en la mayoría de casos estas empresas con “problema de deterioro patrimonial” gestionan negocios en sectores altamente rentables antes de la pandemia.
Este es el primer criterio a cumplir que tienen empresas y autónomos para acceder a estas ayudas ya que el Gobierno ha fijado otros requisitos que deben cumplir si quieren beneficiarse de ellas. Unos requisitos que cambian según el tipo de subsidio.
- Línea Covid de ayudas directas a autónomos y empresas
Empresas y autónomos adscritos a los sectores definidos en el decreto cuyos ingresos hayan caído de al menos un 30% en 2020 con respecto al año anterior . No podrán acceder a estas ayudas aquellas empresas que hayan tenido un resultado negativo por las actividades económicas de 2019. El decreto reitera que estas ayudas van dirigidas a destinatarios “viables”.
Serán las propias comunidades y ciudades autónomas quienes designen los criterios para las ayudas por destinatario, pero éstas no pueden superar los siguientes máximos:
La ayuda a empresarios o profesionales que tributen mediante el régimen de estimación objetiva será de hasta un máximo de 3.000 euros. A aquellas empresas que hayan sufrido una caída del 30% del volumen de operaciones se les concederá la ayuda máxima del 40% de la caída si tienen hasta 10 empleados y hasta el 20% del importe de la caída cuando tengan más de una decena de trabajadores.
Ninguna de estas ayudas podrá ser inferior a 4.000 euros ni superior a 200.000 euros. Además, los beneficiarios deberán justificar el mantenimiento de la actividad hasta el 30 de junio de 2022. En caso contrario tiene que devolver el subsidio percibido.
El acceso de las empresas impacto de las ayudas en las empresas
El profesor de Economía Internacional de la UDIMA califica de “bastante restrictivos” los criterios fijados por el Gobierno para acceder a las ayudas directas: “Indudablemente no todas las necesidades que tienen las empresas podrán ser cubiertas”. Recurre en este punto a unos primeros cálculos que estiman que apenas una de cada dos empresas podrán obtener fondos de esta vía.
- Línea para la reestructuración de deuda financiera COVID
Esta segunda actuación va orientada a aquellas empresas y autónomos con sede social en España que cuenten con aval público por las entidades de crédito o cualquier entidad supervisada por el Banco de España entre el 17 de marzo de 2020 y la fecha de publicación del decreto (13 de marzo de 2021).
Para poder ser beneficiarios, las empresas y los autónomos deberán haber solicitado a las entidades financieras previamente las medidas de ampliación de carencias y plazos recogidas en el decreto-ley 34/2020, de 17 de noviembre. Igualmente, el decreto señala en el artículo 6.2 que las condiciones y requisitos para acogerse a esta línea de ayudas se establecerán posteriormente en Consejo de Ministros.
- Fondo de recapitalización de empresas afectadas por COVID
La tercera ayuda consta de un fondo dirigido a empresas que eran viables en diciembre de 2019 pero que se enfrentan a problemas de solvencia por la pandemia. Repiten en este punto que el Fondo “no apoyará financieramente a empresas que tuvieran problemas de viabilidad antes de la crisis de la COVID-19 o a aquellas que se consideren inviables a futuro”.
¿Cómo se van a repartir los 7.000 millones de euros de ayudas directas y quién lo controla?
De esta cantidad, 2.000 millones irán para las empresas de Canarias y Baleares, donde se repartirán entre los dos archipiélagos en función del peso de la caída de afiliados en términos netos en 2020.
Los 5.000 millones restantes se distribuirán entre el resto de los territorios donde se seguirá el mismo criterio empleado para el REACT-EU, es decir, en función del impacto de la crisis en términos de renta, desempleo y desempleo juvenil.
Las encargadas de convocar, gestionar y controlar el correcto uso de estas ayudas serán las comunidades autónomas.
¿De dónde sale el dinero?
De la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2021. Los créditos extraordinarios recogidos en este decreto ley se conceden conforme al artículo 46 de las cuentas aprobadas para este año. En él, se autoriza al titular del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital a incrementar la deuda del Estado en determinados casos.
Fuentes
- Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19
- Javier de la Nava, profesor de Economía Internacional de la Universidad UDIMA