El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se creó en el año 1952, con el objetivo de garantizar que se cumplan los tratados internacionales firmados en el ámbito de comunitario. Además, controla la legalidad de los actos de las instituciones de la Unión Europea e interpreta el Derecho de la Unión a solicitud de los jueces nacionales.
Es la autoridad judicial de la Unión Europea y, en colaboración con los órganos judiciales de los Estados miembros, vela por la aplicación y la interpretación del Derecho de la UE.
El tribunal tiene su sede en Luxemburgo, en el llamado Palacio del Tribunal de Justicia, con 12 salas de audiencias abiertas al público, y está integrado por dos órganos jurisdiccionales: el Tribunal de Justicia y el Tribunal General (que se crearon en 1988).
Además, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea es una institución multilingüe, porque cada Estado miembro tiene su propia lengua y su sistema jurídico específico. Esto significa que cada una de las lenguas oficiales de la Unión puede ser lengua de procedimiento.
Desde 1952, el Tribunal de Justicia de la UE ha dictado más de 40.000 sentencias y autos y la duración media de los procesos oscila entre los 16 y los 18 meses.
En este órgano judicial han trabajado 6.164 funcionarios y personal temporal desde su fundación, y según los últimos datos de 2021, a día de hoy trabajan allí 2.247 personas. Divididos en 1.355 mujeres y 892 hombres, entre funcionarios y personal fijo y temporal.
El presupuesto que tuvo asignado para el ejercicio de sus funciones en el año 2022 fue de 465 millones de euros.
Quiénes forman el Tribunal de Justicia de la Unión Europea
El órgano jurisdiccional del Tribunal de Justicia está compuesto por 27 jueces y 11 abogados generales. Son designados por acuerdo por los Gobiernos de los Estados miembros, previa consulta a un comité encargado de emitir un dictamen sobre la idoneidad de los candidatos propuestos.
Su mandato es de seis años, pero con la posibilidad de ser renovados. Se eligen entre personalidades de las más altas funciones jurisdiccionales en sus países o entre juristas de reconocida competencia y prestigio.
Los jueces del Tribunal de Justicia además son los encargados de elegir, de entre ellos, al presidente y al vicepresidente por un período de tres años renovable. Desde el 8 de octubre de 2015, el presidente es Koen Lenaerts (Bélgica, 1954). Antes de llegar a la presidencia, Lenaerts se incorporó al Tribunal de Justicia como letrado en 1984.
El vicepresidente es, desde el 8 de octubre de 2021, Lars Bay Larsen (Dinamarca, 1953). Antes de este cargo, fue juez del Tribunal de Justicia desde el 11 de enero de 2006.
El presidente del Tribunal de Justicia dirige los diferentes casos del Tribunal y preside las vistas y deliberaciones en las formaciones más numerosas. El vicepresidente, por su parte, asiste al Presidente en el ejercicio de sus funciones y le sustituye en caso de impedimento.
Los diferentes tipos de procedimientos
El Tribunal de Justicia de la UE decide sobre diferentes procedimientos judiciales.
El primero de ellos es la cuestión prejudicial. Esto es cuando los jueces nacionales, para evitar interpretaciones divergentes del derecho, se dirigen al Tribunal de Justicia para solicitarle que precise una cuestión de interpretación del derecho de la Unión.
En este caso, el Tribunal de Justicia no responde mediante un mero dictamen, sino mediante una sentencia o un auto motivado que vincula al resto de los órganos jurisdiccionales nacionales que tengan un problema idéntico.
El segundo procedimiento son los recursos por incumplimiento. Este procedimiento permite al Tribunal de Justicia controlar si los Estados miembros respetan las obligaciones del derecho de la UE. Si tras este procedimiento el Estado miembro no ha puesto fin al incumplimiento, puede interponerse un recurso ante el Tribunal de Justicia por vulneración del derecho.
En tercer lugar, el recurso de anulación. Este recurso lo interpone un demandante para solicitar la anulación de un acto de una institución, de un órgano o de un organismo de la Unión (en concreto, reglamentos, directivas y decisiones).
El Tribunal de Justicia resuelve todos los recursos interpuestos por un Estado miembro contra el Parlamento Europeo y/o contra el Consejo, salvo algunas excepciones, y por una institución de la Unión contra otra institución.
Y por último, los recursos por omisión o por casación. El recurso por omisión permite controlar la inactividad de las instituciones, o de un órgano u organismo de la UE, pero solo se puede interponer este recurso tras haberle requerido a dicho organismo que actúe. Mientras que el de casación son los relativos a las sentencias y autos del segundo órgano jurisdiccional del TJUE, el Tribunal General. Si el recurso de casación es admisible y está fundado, el Tribunal de Justicia anulará la resolución del Tribunal General.
Qué es el Tribunal General y cómo funciona
Por su parte, el Tribunal General está compuesto por dos jueces por cada Estado miembro. Son nombrados de común acuerdo por los Gobiernos de los Estados miembros y su mandato es de seis años con posibilidad de renovación. Los jueces designan de entre ellos, por tres años, a su presidente, y además nombran a un Secretario por un período de seis años.
Su presidente es Marc van der Woude (Países Bajos, 1960). Fue nombrado juez del Tribunal General el 13 de septiembre de 2010, y vicepresidente el 20 de septiembre de 2016. El 27 de septiembre de 2019, fue elegido presidente de este tribunal.
Las funciones del Tribunal General son: conocer los recursos interpuestos por personas físicas o jurídicas para obtener la anulación de los actos de las instituciones, órganos u organismos de la Unión Europea, conocer los recursos formulados por los Estados miembros contra la Comisión, así como los los recursos formulados por los Estados miembros contra el Consejo.
También, tener conocimiento de los recursos dirigidos a obtener la reparación de los daños causados por las instituciones o por los órganos u organismos de la Unión Europea, los recursos basados en contratos celebrados por la Unión Europea que prevean expresamente la competencia del Tribunal General, los recursos en el ámbito de la propiedad intelectual dirigidos contra la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) y contra la Oficina Comunitaria de Variedades Vegetales (OCVV) y los litigios entre las instituciones de la Unión Europea y su personal relativos a las relaciones de trabajo y al régimen de Seguridad Social.