Tras la Segunda Guerra Mundial, la Asamblea General de Naciones Unidas recogió en un conjunto de normas e instrumentos internacionales las necesidades específicas de los refugiados. Es lo que se conoce como la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951, donde se define el término de refugiado y se establecen los derechos y la obligación asistencial y protectora de los Estados que lo ratifican, que en la actualidad son 146.
- El 14 de agosto de 1978 España se adhirió a la Convención de Ginebra de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados y el Protocolo de 1967. Así, España se inició en el Derecho Internacional Humanitario (DIH) y reconoció el alcance internacional del problema de los refugiados y sus derechos.
Qué es la Convención de Ginebra
La Convención de Ginebra se creó para responder a las consecuencias de la Segunda Guerra Mundial, ofreciendo protección internacional y asistencia a las víctimas de guerra. Como detalla la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR), en la convención se determina quién es un refugiado, recoge que un refugiado no debe ser devuelto al país donde teme ser perseguido, explica los derechos fundamentales de los mismos y destaca la importancia de compartir la responsabilidad entre los distintos Estados, entre otras cuestiones.
En este sentido, el Estatuto de los Refugiados del Convenio de Ginebra de 1951 ofrecía, por primera vez, un marco jurídico de protección internacional para los refugiados. El refugiado pasó a ser la persona que se encontraba fuera de su país de origen y que se había visto en esa situación como resultado de acontecimientos ocurridos antes del 1 de enero de 1951 en Europa u otro lugar.
Con esta definición, solo los europeos que se convirtieron en refugiados antes de 1951 podían solicitar asilo, recoge ACNUR, por lo que posteriormente se elaboró el Protocolo de Convención de 1967 para ampliar el término.
- El Protocolo de Nueva York de la Convención de Ginebra de 1967 eliminó la limitación de tiempo y espacio del refugiado, definiéndolo como “aquel que tiene fundamentados temores de ser perseguido por motivo de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas” y “que se encuentra fuera del país de su nacionalidad y que no puede acogerse a la protección de ese país o regresar a él a causa de dichos temores”.
- Otra de las cuestiones que se tratan es la cobertura total de los derechos y obligaciones del refugiado. Además, se refuerza el derecho, obligaciones y cooperación de los Estados con ACNUR en el ejercicio de sus funciones, así como la supervisión por parte de ésta de la aplicación del convenio.
A finales de 2022 había más de 108,4 millones de personas en el mundo que se habían visto obligadas a huir de sus hogares, según datos de ACNUR . De ellas, 35,3 millones eran refugiados.
- Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR)