La justicia británica ha rechazado este jueves la petición de inmunidad de Estado presentada por el rey emérito de España, Juan Carlos I, por lo que la denuncia por acoso presentada por su examante, Corinna Larsen, podrá seguir adelante.
“Ninguno de los fundamentos para defender la existencia de inmunidad de Estado ha logrado demostrarse, y, por tanto, la demanda debe seguir adelante”, ha concluído el juez Matthew Nicklin, según la resolución a la que ha tenido acceso Europa Press. Nicklin debía decidir si el monarca emérito puede ser juzgado en la jurisdicción inglesa, antes de evaluar la demanda de Larsen por acoso.
¿Qué es la inmunidad de Estado?
Los abogados del rey emérito intentaban demostrar ante el magistrado Nicklin que Juan Carlos de Borbón gozaba de inmunidad por su doble condición de rey emérito y miembro de la Familia Real. Así lo expusieron en las dos sesiones preliminares que se celebraron a finales de 2021. Un extremo que el juez acaba de rechazar.
Los letrados del monarca argumentaban que, según el artículo 20 de la ley británica de Inmunidad de Estado (State Immunity Act) de 1978, “el soberano u otro Jefe de Estado, los miembros de su familia que formen parte de su hogar y sus sirvientes privados” se podrán acoger a la protección garantizada por esta norma.
En conversación con Newtral.es, Esther López, doctora en Derecho Internacional de la UDIMA, explica que el concepto jurídico de inmunidad de Estado es internacional y no depende de las normas de cada país. “Los órganos del Estado y las personas que desarrollan funciones claves en las relaciones internacionales (el Jefe de Estado, el Jefe del Gobierno o el ministro de Exteriores) están blindados para que puedan desarrollar su actividad en cualquier país”, explica López. En todo caso, la inmunidad de Estado es un derecho, por tanto, los países pueden renunciar al mismo.
Sin embargo, y aquí está el quid de la cuestión, la inmunidad de Estado no cubre todas las actuaciones de los países o de los líderes del Estado en el exterior. “Solo blinda aquellas actuaciones públicas, es decir, que necesitan protección por soberanía estatal”, detalla la experta de la UDIMA. Por ello, para el caso de Juan Carlos I no puede ser aplicada esta protección internacional, según López. “La denuncia de Larssen se encuentra en el ámbito de actividades privadas del rey emérito y la protección del bien jurídico excede la inmunidad”, argumenta la doctora en Derecho Internacional.
Por tanto, según lo explica de López, el rey emérito sí es un Jefe de Estado, por lo que en teoría sí está protegido por la inmunidad de Estado. Sin embargo, la actuación que se juzga no está cubierta por la norma jurídica porque no abarca actos de gestión pública. “La inmunidad de Estado no es absoluta”, insiste esta experta.
¿Por qué ha denunciado Corinna Larsen al rey emérito?
Larsen acusa a su examante Juan Carlos I de haberla sometido a “acoso” desde 2012, cuando terminó su relación y dos años antes de su abdicación, hasta ahora. Siempre según la versión de la demandante, Larsen comenzó a ser objeto de seguimiento y amenazas personalmente o bien a través de “agentes” al servicio del rey emérito. Esas acciones “amenazaron” su seguridad y la de sus hijos, según la acusación que interpuso la demanda en julio de 2021.
En el texto de los abogados de Larsen se aborda asimismo un pago de 65 millones de euros que el emérito hizo presuntamente a su examante, parte de un dinero que el difunto rey de Arabia Saudí había enviado a una cuenta bancaria en Suiza vinculada con una fundación con ventajas fiscales con sede en Panamá, y cuyo beneficiario era Juan Carlos I.
El pasado enero, Larsen declaró como testigo en un juicio celebrado en Madrid contra el excomisario español José Villarejo. En su intervención aseguró que recibió reiteradas amenazas del rey emérito a través del exjefe del Centro Centro Nacional de Inteligencia (CNI) Félix Sanz Roldán. “Por supuesto me aterrorizó, aterrorizarían a cualquiera. El hecho de que el jefe de seguridad viniese a visitarme a Londres ya era bastante escalofriante”, afirmó.
¿Qué pasará a partir de ahora que la Justicia británica ha rechazado que el rey emérito tenga inmunidad de Estado?
El rey emérito lleva meses intentando esquivar el banquillo de los acusados. La defensa del monarca ha intentado utilizar la misma herramienta que le salvó en España de ser juzgado por supuestas irregularidades fiscales. Se trata de la inmunidad que reconoce la Constitución española al Jefe del Estado, recogida en la ley británica para este caso.
En la primera sesión del juicio al rey, en diciembre de 2021, los abogados de Juan Carlos I apelaron a esta inmunidad, un extremo al que la acusación se opuso. El letrado de Larsen, James Lewis, descartó que el rey emérito fuera “un soberano” o “Jefe de Estado” porque abdicó en junio de 2014. “La única persona con derecho a la inmunidad en relación al Reino de España es su hijo, el rey Felipe VI”, insistió Lewis en aquella sesión.
Este razonamiento es el que ha defendido el juez Nicklin en esta ocasión, según la resolución de 27 páginas, a la que ha tenido acceso Europa Press. “Su posición constitucional especial después de la abdicación no es ni de soberano ni de jefe de Estado de España”, indica y añade: “En su forma más cruda, si se aceptara el argumento significaría que si, mañana, el demandado entrara en una joyería en Hatton Garden y robara un anillo de diamantes, no podría enfrentar ningún proceso civil o penal en esta jurisdicción», ha explicado el juez.
De esta forma, el juicio por acoso a Corinna Larsen continúa.
Fuentes:
- Resolución del juez recogida por Europa Press
- State Immunity Act
- Esther López, doctora en Derecho Internacional de la UDIMA