El Consejo del Poder Judicial (CGPJ) es el órgano encargado de garantizar la independencia de los jueces en el ejercicio de sus funciones, así como gestionar la administración de Justicia. Este órgano debe renovarse cada cinco años, pero su último cambio se remonta a 2013, es decir, hace nueve.
Te explicamos qué es, cómo funciona y cómo se elige a sus integrantes.
¿Qué es y quién conforma el CGPJ?
El Consejo del Poder Judicial (CGPJ) es un órgano autónomo cuya función principal es garantizar la independencia de los jueces en el ejercicio de sus funciones, así como gestionar la administración de Justicia como tal. En este sentido, es el encargado de publicar y custodiar las sentencias, de aplicar las normas disciplinarias a los jueces o de realizar inspecciones en los juzgados y tribunales para comprobar el buen funcionamiento de estos. También realiza nombramientos de los altos puestos judiciales.
La Constitución establece que el CGPJ estará formado por veinte vocales –12 jueces y ocho juristas– y un presidente, designado por los propios vocales del órgano. El mandato de los 21 será de cinco años. La Ley del Poder Judicial señala que la persona elegida ejercerá también como presidente del Tribunal Supremo y supondrá “la primera autoridad judicial de la Nación”. En la actualidad, ocupa este puesto Carlos Lesmes.
¿Cómo se elige a los miembros del CGPJ?
Según establece la Ley del Poder de Judicial, el CGPJ se debe renovar “en su totalidad” cada cinco años desde su constitución, es decir, no cabe reelección para ninguno de sus anteriores miembros. Esta designación recae a partes iguales en el Congreso y el Senado, que escogen cada uno a diez integrantes (seis jueces y cuatro juristas). Ocho de ellos han de ser “de reconocida competencia y con más de 15 años de ejercicio en su profesión”.
La elección se realiza mediante una votación en la que los candidatos deben ser refrendados por una mayoría cualificada de tres quintos (210 diputados y 159 senadores). Una vez hay consenso sobre su elección, los 20 integrantes son nombrados por el Rey.
Si, efectuado el plazo marcado por la ley, este acuerdo no se hubiera alcanzado los miembros del CGPJ ejercerán su cargo en funciones hasta que las formaciones consigan ponerse de acuerdo. Esta es, precisamente, la situación en la que se encuentran en estos momentos los veinte vocales y el presidente de la cúpula judicial desde hace casi cuatro años.
El fin de su mandato llegó el 4 de diciembre de 2018, pero PP y PSOE no se ponen de acuerdo para renovar a los miembros del CGPJ, un paso necesario dada la fragmentación actual del hemiciclo.
¿Qué ha cambiado con la última reforma?
El pleno del Senado aprobó el pasado julio la proposición de ley del PSOE para modificar el artículo 570 bis de la Ley del Poder Judicial, que es la que rige la renovación de los miembros del Tribunal Constitucional, dependiente del CGPJ.
En 2021, el Gobierno de Pedro Sánchez aprobó una norma por la cual el Consejo General del Poder Judicial perdió su capacidad de realizar nombramientos (entre otras limitaciones) por encontrarse en funciones. Ahora, la reforma de la ley ha devuelto al órgano su capacidad de designar a los dos magistrados del Tribunal Constitucional que le corresponden.
La designación de estos dos miembros del TC deberá llevarse a cabo antes del 13 de septiembre, pues el nombramiento debe producirse en un plazo de tres meses desde el día siguiente al que caducó el mandato de los magistrados salientes, que en este caso fue el 12 de junio.