Qué es la armonización fiscal entre CCAA: claves, antecedentes y propuestas

Gabriel Rufián ERC
Foto: EFE.
Tiempo de lectura: 12 min

El debate sobre la conveniencia o no de algún tipo de armonización fiscal en España vuelve a estar de actualidad tras el acuerdo entre Gobierno y Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) en el marco de la negociación de los Presupuestos Generales del Estado (PGE).  Una de las condiciones que ERC ha puesto para dar su voto afirmativo en los Presupuestos es “que se reforme el Impuesto sobre patrimonio para mejorar la equidad y la gestión administrativa de otros gravámenes”. Propone establecer “límites mínimos y/o máximos de gravamen efectivo para evitar situaciones de competencia fiscal a la baja” y pide “acabar con el paraíso fiscal de Madrid”.

Publicidad

Esta propuesta de ERC y el apoyo mostrado por el Gobierno a estudiarlo ha generado todo tipo de opiniones entre la oposición, las comunidades autónomas y en concreto se ha encontrado con el rechazo frontal de Madrid que defiende su derecho a perfilar a su antojo los impuestos cedidos y  niega que sea por ello “un paraíso fiscal”. 

¿Qué es el dumping fiscal?

El dumping fiscal se refiere a los beneficios fiscales que ofrecen las comunidades autónomas a través de deducciones y bonificaciones para reducir el impuesto a la baja o incluso a cero, generando una competencia desleal con las demás. Esto hace que sea más atractivo para algunas personas o empresas asentarse en esas comunidades. 

[¿Qué es el ‘dumping fiscal’ entre comunidades autónomas?]

¿A qué nos referimos cuando hablamos de armonización fiscal?

“Técnicamente, la armonización fiscal consistiría en tener unas normas tributarias que no incentivasen a los ciudadanos y empresas a cambiar de residencia de un territorio a otro únicamente por motivos fiscales”, explica a Newtral.es Javier Collado, profesor de Tributación y Asesoría Fiscal del CEF . “Se trata básicamente de que los impuestos se parezcan en los distintos territorios”, resume el director de Fedea, Ángel de la Fuente. Ambos expertos coinciden en que este tema debería debatirse con más “calma, seriedad y de un modo más técnico” para llegar a conclusiones óptimas.

¿Significaría entonces una subida de impuestos como afirma la presidenta de la Comunidad, Isabel Díaz Ayuso que quiere hacer Pedro Sánchez? ¿O sería “una horquilla de mínimos y máximos a la baja” como dice el presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijóo? Se trata de un debate complejo que no es nuevo. 

Publicidad

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, aseguraba en rueda de prensa este 1 de diciembre que el Gobierno «en ningún caso plantea que la Comunidad de Madrid suba impuestos”, sino que con la armonización fiscal lo que busca es “armonizar con horquillas básicamente los impuestos de patrimonio, sucesiones y donaciones«. Se trataría de evitar deslocalizaciones, el «efecto sede», la deslegitimación de las figuras y el dumping fiscal, después de que algunas CCAA hayan “eliminado prácticamente” dichos tributos al bonificarlos en un alto porcentaje, como es el caso de Madrid. 

Los tributos cedidos a las CCAA: ¿cómo armonizarlos?

Javier Collado apunta que “las comunidades se financian, entre otros ingresos, a través de los impuestos estatales cedidos total o parcialmente a las mismas y a través de sus propios impuestos (establecidos por ellas mismas)”. Explica que “los impuestos cedidos son aquellos establecidos y regulados por el Estado, cuyo rendimiento pertenece total o parcialmente a las CCAA, pudiendo las mismas tener o no capacidad normativa para mejorar o empeorar lo establecido por el Estado” y es de esos de los que se está hablando a la hora de armonizar.

Existen tributos cedidos parcialmente a las CCAA en los que la gestión, inspección y revisión de los mismos la realiza el Estado como sería el IRPF (regulado por la Ley 35/2006, de 28 de noviembre y cedido en un 50%) y el IVA  (regulado por Ley 37/1992, de 28 de diciembre y cedido en un 50% a las comunidades aunque sin ceder capacidad normativa sobre el mismo ya que deriva de una Directiva europea).

De la Fuente: «Se podría armonizar solo las bases o también los tipos o moverse en una horquilla»

Publicidad

Y luego estarían los tributos cedidos totalmente. Serían el impuesto de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados (cuya normativa estatal es el Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre), el impuesto sobre el patrimonio (la Ley 19/1991, de 6 de julio) y el impuesto sobre sucesiones y donaciones (cuya normativa estatal es la Ley 29/1987, de 18 de diciembre). En ellos, “las comunidades tienen capacidad normativa para bonificar el impuesto”, asegura Collado. 

El debate en este momento se centra en patrimonio y sucesiones y donaciones. ¿Cómo se podrían ajustar estos tributos? Para Ángel de la Fuente “una posibilidad sería armonizar solo las bases liquidables o las bases impositivas (la cantidad a llegar para que el tributo se aplique) y el último paso sería aplicar un tipo de gravamen o una escala de gravamen concreto (la tasa del impuesto como tal)”. “Aquí el extremo sería que el impuesto sea exactamente igual en todos los sitios, en todos los aspectos, pero también se podría imponer límites a los tipos, un tipo máximo o mínimo, una horquilla en la que moverse cada comunidad autónoma”, añade De la Fuente. 

Patrimonio, sucesiones y donaciones: las claves

El impuesto de patrimonio es un tributo que grava el patrimonio neto de las personas físicas. Es de aplicación en todo el territorio nacional, aunque está cedido a las comunidades autónomas, por lo que éstas pueden regular el mínimo exento, el tipo impositivo, las deducciones y las bonificaciones, siempre que sean compatibles con la norma estatal y se paga anualmente.

“El impuesto de patrimonio es un poco raro y de hecho hay un momento en el que desaparece. El Gobierno de Zapatero lo elimina en 2008 y compensa a las CCAA dándoles más o menos lo que venían cobrando hasta ahora por este tributo. Más tarde, en 2011 este impuesto resucitó y el Estado lo vuelve a poner pero con las comunidades teniendo libertad para modificarlo”, recuerda Ángel de la Fuente, director de Fedea. 

El Gobierno de Zapatero eliminó el impuesto de patrimonio en 2008 y lo volvió a poner en 2011

Publicidad

“En este momento, el impuesto de patrimonio, que solo pagan los contribuyentes con un patrimonio de más de un millón de euros, tiene en términos generales un mínimo exento de 700.000 euros, salvo en Aragón (400.000 euros), Cataluña y Extremadura (500.000 euros) y Comunidad Valenciana (600.000 euros)”, asegura Luis del Amo, secretario técnico del REAF. Y aunque los tipos son similares en todas las comunidades -el tipo máximo varía entre el 2,5% de la mayoría de las regiones y el 3,75 % de Extremadura-, “hay que tener en cuenta que Madrid lo bonifica al 100%, por lo que nadie lo paga”, afirma Del Amo. Para entender la fiscalidad autonómica al detalle es muy útil el ‘Panorama de la fiscalidad autonómica y foral 2020’ que elabora anualmente el Consejo General de Economistas.

El impuesto sobre sucesiones grava la transmisión de bienes y derechos por causa de fallecimiento de una persona y según el Consejo General de Economistas, los cónyuges, descendientes y ascendientes prácticamente no pagan este impuesto en Andalucía, Cantabria, Extremadura, Madrid y Murcia, así como en los territorios forales del País Vasco. La situación varía en el resto de regiones, con tipos bajos e incluso cero para determinados umbrales, bonificaciones y tipos máximos muy diferentes, como el 18% de Galicia o el 36,5% de Asturias. 

También las donaciones a este tipo de familiares cercanos tributan de manera diferente, con bonificaciones del 100% en Cantabria o del 99% en Andalucía, Madrid y Murcia, mientras las tarifas en Cataluña y Galicia van del 5% al 9%.

¿Convendría cierta similitud tributaria?

“¿Tiene sentido pensar en si hay que armonizar o no y qué hay que armonizar? Claro que tiene sentido”, afirma Ángel de la Fuente, director de Fedea. “Desde luego esto restringiría la capacidad de actuación de las CCAA y en mi opinión no tendría sentido que todos los territorios tuvieran impuestos idénticos”. “Hay que dejar que los territorios hagan cosas diferentes y no solo en el gasto sino también en el ingreso. Las diferencias entre CCAA en subir o bajar impuestos son una parte perfectamente legítima de sus opciones políticas”, añade.

Para De la Fuente “armonizar las bases tiene mucha lógica y debería hacerse para todos los impuestos ya que no reduce realmente la autonomía de las CCAA”, aunque recuerda que “armonizar la base tampoco impide que lo quites porque puedes poner bonificaciones” como en el caso de Madrid que bonifica al 100% patrimonio. “En cuanto a la armonización de tipos, para la mayor parte de los impuesto no veo necesidad de limitar los tipos, aunque hay algunos impuestos en los que puede haber razones para introducir algún tipo de armonización en forma de límites, a la baja fundamentalmente”, reflexiona De la Fuente que afirma que es un tema complejo a discutir.

De la Fuente: «Se podría armonizar en forma de límites, a la baja fundamentalmente»

Carlos Cruzado, presidente de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), afirma que “es necesario dotar de cierta armonización al sistema” y pide que “los partidos actúen con más rigor y dejen a un lado este mercadeo político”. En su opinión “el sistema tributario es un tema crucial para cualquier Estado y debería haber un gran acuerdo en el  Comité de Política Fiscal porque es necesario para nuestro futuro”. 

Algo similar opina el profesor  Javier Collado que sí ve “necesario armonizar aquellos impuestos que afectan fundamentalmente a la clase trabajadora, que no se puede cambiar de comunidad de residencia por motivos fiscales”. Eso sí, Collado cree que “la armonización fiscal debería ser dirigida a bajar impuestos, es decir, a armonizarse con aquellas CCAA que tienen los impuestos más bajos”.

Armonización fiscal: el eterno debate 

Cruzado afirma que esto surge ahora como consecuencia de un rifirrafe político, sin embargo recuerda que “se trata de un debate que lleva muchos años sobre la mesa”. “La mayoría de los expertos coinciden en el sentido en que hay que dotar de cierta armonización. No se trata de igualar y de suprimir las competencias de las comunidades, sino de armonizar en cierta medida esa dispersión que hay en los tributos cedidos”, asegura.

“Ya en 2014 el Gobierno del Partido Popular de entonces constituyó una comisión de expertos para una reforma tributaria que fructificó en un cambio del impuesto sobre la renta y en el nuevo impuesto de sociedades”. En el Informe Lagares, fruto de las conclusiones de esa comisión, “ya se decía que en relación con el impuesto de sucesiones y donaciones había disparidad normativa y se hablaba de la necesidad de que la normativa estatal fijara unos límites máximos y mínimos dentro de los que pudieran moverse las capacidades normativas autonómicas”, apunta Cruzado.

En informes de expertos de 2014 y 2017 ya se habla de una cierta armonización para impuestos cedidos

En 2017 se decide nombrar otra comisión de expertos para afrontar el cambio de modelo de financiación autonómico. “La comisión fue nombrada por el Ministerio de Hacienda de entonces, con Cristóbal Montoro al frente, y las comunidades autónomas que aportaron un experto independiente cada una”, recuerda Cruzado. “Ese comité, por unanimidad, estableció en su informe la necesidad de dotar de cierta armonización a los impuestos cedidos. Se habla también de esa ‘competencia a la baja’ entre CCAA en los impuestos cedidos que puede llevar incluso a la desaparición de algunos de ellos y de la conveniencia de establecer unos mínimos y unos máximos, cierta armonización”. 

El presidente de Gestha, Carlos Cruzado opina que “para modificar la legislación actual e ir hacia una posible armonización fiscal se tendría que modificar la Ley de Cesión (la Ley 22/2009, de 18 de diciembre) que es la que desarrolla el acuerdo que en su día haya en el Consejo de Política Económica y Fiscal y luego en las leyes de cesiones de los tributos a las CCAA”. Para Cruzado “no sería necesario, en principio, modificar la Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas (Lofca) porque en esta ley ya se habla de las competencias que pueden asumir las comunidades autónomas en los tributos cedidos y dice “siempre de acuerdo con las leyes de cesión”. 

Fuentes:

3 Comentarios

  • Es muy curioso que los partidos que abogan por una España Federal, ahora la quieren más centralista. Porque la España autonómica ya es prácticamente Federal...
    Y de Navarra y País Vasco, con una FISCALIDAD PROPIA, ni se menciona.
    Lo siento pero esto no se puede tomar en serio.

  • MirenVd. , yo jubilado tengo que pagar a Hacienda 8000 euros de iRPF. al año, con mujer a cargo en Madrid. Y resulta que el hijo de mi amigo reicbe de su padre 10mllones de euros en efectivo y no paga nada. O sea ya me diran que tipo de justicia es esta.

    • El problema señor mío, es ese. Que usted cobra una pensión exhorbitante que sale de los bolsillos de los trabajadores. Además, si usted lo piensa bien, si hacienda no le retuviese 8000 €, y pudiese gastárselos en bienes de consumo, la economía crecería, habría más demanda, más puestos de trabajo para cubrir esa demand, etc, etc, etc.