España ha denegado la protección internacional a más de 14.600 ucranianos en los últimos 10 años

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EFE/Rodrigo Jiménez
Tiempo de lectura: 3 min

El Gobierno de España ha denegado al menos a 14.600 ucranianos la protección internacional desde 2012 hasta 2021, ya sea mediante el estatuto de refugiado o la protección subsidiaria. Así lo desprenden los datos anuales que publica la Oficina de Asilo y Refugio dependiente del Ministerio del Interior.

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Aunque este departamento no publica todos los años el número de solicitudes denegadas en sus anuarios -solo lo ha hecho los últimos tres años-, sí que da cuenta del número de personas que solicitan asilo y a cuántas se les concede.

Igualmente, los reconocimientos de asilo o protección no tienen por qué efectuarse en el mismo año en el que se registran. Desde que una persona solicita asilo, el proceso puede durar hasta un máximo seis meses, según indica la Ley 12/2009, de 30 de octubre, reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria. Como reclama Diego Boza, profesor de Derecho Penal en la Universidad de Cádiz y experto en extranjería, no siempre se cumplen los plazos y la resolución puede superar hasta los dos años.

España le ha rechazado la protección internacional al 91% de ucranianos 

En 10 años, España ha registrado más de 16.000 solicitudes de protección internacional de personas de origen ucraniano y solo se han concedido 1.400. Esto significa que se han rechazado el 91% de las peticiones. 

En 2015 se recibió el máximo de peticiones de ucranianos, un total de 3.423, siendo Ucrania la segunda nacionalidad que más solicitó asilo ese curso solo por detrás de Siria. Con todo, ese mismo año no se le otorgó protección internacional a ninguna persona de Ucrania, mientras que al año siguiente esta cifra llegó a los 66 reconocimientos. 

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Esta fecha es clave porque en 2014, Rusia se anexionó la península de Crimea tras un referéndum al que se le acusa de fraude y que no fue reconocido por la comunidad internacional. Según el Council on Foreign Relations, el conflicto en el este de Ucrania ha dejado más de 10.300 víctimas desde abril de 2014.

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Así, Diego Boza, experto en extranjería, reclama que en España “no se ha hecho nada en materia de asilo por los ucranianos ante conflictos previos”.  El problema, apunta Boza, está en la concepción que tienen los gobiernos sobre la protección internacional ya que “lo conciben como una vía para evitar los procesos migratorios ordinarios que son complejos”. “Y por ello lo interpretan de forma muy restrictiva”, añade. 

Protección inmediata y temporal para los ucranianos 

Ahora, todos aquellos a los que se le denegó refugio tienen otra oportunidad. La Unión Europea va a aplicar por primera vez la Directiva 2001/55/CE del Consejo, una herramienta que implica protección temporal inmediata a los desplazados por la invasión de Rusia a Ucrania.  

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Esta directiva va a permitir que los refugiados procedentes de Ucrania puedan residir, trabajar o estudiar en la UE durante un año, prorrogable a dos. Según la orden publicada en el BOE, se entenderá prorrogada automáticamente por otro año al finalizar el primero si no se ha dado por concluida la protección

De manera que el Gobierno español ha aprobado la orden que regula este mecanismo en España y que establece que las solicitudes deben resolverse en un plazo máximo de 24 horas. 

Así, se le concederá la protección temporal a aquellas personas de nacionalidad ucraniana que desde el 24 de febrero de 2022 hayan llegado a España y a aquellos con otra nacionalidad que residieran en ese país y que contaran con protección internacional o nacional equivalente. Además, también incluyen a aquellos ucranianos que se encontrasen en España antes de esa fecha y como consecuencia del conflicto no puedan regresar a Ucrania. 

¿Qué es la protección internacional?

El derecho de asilo está reconocido en el artículo 13.4 de la Constitución Española, de manera que cualquier persona sin importar la edad puede solicitar protección internacional en España. 

Esta protección comprende, por un lado, el estatuto de refugiado, concedido a quien sufre una persecución individual por algunos de los motivos previstos en la ley de Derecho de Asilo (raza, religión, identidad de género u opiniones políticas) Y por otro, la protección subsidiaria que se otorga a quienes no cumplen con los criterios de refugiado pero pueden acreditar que volver a su país de origen les supone un peligro. 

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Derechos reconocidos.  Tal y como establece la Convención de Ginebra y la Unión Europea, la concesión de protección internacional reconoce derechos como la autorización de residencia y trabajo, el acceso a los servicios públicos de empleo, sanidad, vivienda y educación, entre otros.

Una vez presentada la solicitud y toda la documentación requerida, los solicitantes de asilo se enfrentan a una entrevista en la que deben proporcionar un relato creíble y detallado de la persecución que sufren.

Fuentes

1 Comentarios

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  • Las leyes separecen demasiado a las normativas que no son de obligado cumplimiento.
    Las leyes están hechas para sacar siempre rincones que la oligarquía legislativa y judicial no les gusta solo genera beneficio social y ellos, estan para ganar prosperidad económica a las altas capas sociales de la sociedad capitalista, corrupta , anti-social hacía capas sumergidas de ésta sociedad.