Consumo propone prohibir que los famosos hagan publicidad de alimentos poco saludables para niños: las claves del borrador

Fuente: Shutterstock
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Este lunes el Ministerio de Consumo ha publicado el borrador del real decreto que regulará la publicidad de alimentos y bebidas dirigida al público infantil. El documento, que estará en trámite de audiencia e información pública hasta el próximo 29 de marzo, tiene como objetivo “garantizar la protección de los derechos a la salud y al desarrollo integral de la infancia”.

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Por qué es importante. Limita y reduce la exposición del público infantil a la publicidad relacionada con alimentos y bebidas poco saludables.

¿A quién va dirigido? A los menores de 16 años con acceso a contenido publicitario a través de diferentes soportes, como televisión, páginas web o redes sociales.

[Así se regula en Europa la publicidad de alimentos poco saludables dirigida a menores]

Puntos clave del borrador que regulará la publicidad de alimentos y bebidas dirigida al público infantil

  1. Prohibiciones de emisión. El borrador del real decreto establece algunas prohibiciones que afectan a la aparición de personajes públicos y determinados perfiles profesionales en la publicidad dirigida a los niños y adolescentes. Si finalmente se aprueba, quedará prohibido: 
    • Cualquier forma de publicidad o comunicación comercial de alimentos y bebidas con alto contenido en sodio, azúcares, edulcorantes, grasas y ácidos grasos saturados establecidos por la OMS.
    • La aparición de madres o padres, educadores, docentes, profesionales de programas infantiles, deportistas, artistas, influencers, personas o personajes de relevancia, notoriedad pública o proximidad con el público infantil.
    • Las promociones como premios, regalos, concursos, sorteos o patrocinios, orientadas a apoyar la publicidad de alimentos y bebidas poco saludables.
  2. Limitaciones. El proyecto contempla una serie de condiciones para la emisión de comunicaciones comerciales sobre este tipo de alimentos en medios de comunicación.
    • Páginas web o aplicaciones. Solo se podrán mostrar cuando cuenten con mecanismos para evitar el acceso del público infantil y difundan mensajes sobre alimentación saludable.
    • Correo electrónico y vídeos en plataformas. Podrán publicitarse cuando los prestadores de estos servicios cuenten con instrumentos eficaces que permitan segmentar el público al objeto de que no se dirijan al público infantil.
    • Redes sociales. Los anuncios podrán difundirse con perfil de usuario, siempre y cuando la red social disponga de instrumentos para evitar que se dirijan al público infantil y mecanismos de bloqueo u ocultación de anuncios emergentes.
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  3. Régimen sancionador. El incumplimiento de las prohibiciones o limitaciones de comunicaciones comerciales se sancionará según establece la Ley de seguridad alimentaria y nutrición. Las infracciones, en función de si son clasificadas como leves, graves o muy graves, oscilan entre 5.000 y 600.000 euros. 

Un poco de contexto: protección en la publicidad de alimentos no saludables

El pasado mes de octubre, el ministro de Consumo, Alberto Garzón, anunció que su cartera regularía la emisión de publicidad de alimentos y bebidas poco saludables cuando se dirija al público infantil y adolescente.

En su comparecencia, Garzón señaló que el sistema de autorregulación que lleva vigente desde 2005 ha sido «insuficiente» según muestran los datos de sobrepeso y obesidad que afectan a los niños españoles. «Los menores son personas consumidoras vulnerables y tenemos la obligación de protegerlos frente a la publicidad», aseguró.

Hasta ahora, estas cuestiones habían sido tratadas en el Código PAOS, una corregulación entre el Ministerio de Consumo y la Agencia Española de Seguridad Alimentaria (Aesan) que tiene como objetivo “reducir la presión de venta sobre población infantil y mejorar la calidad y contenido de todo tipo de anuncios de alimentos y bebidas dirigidos a menores”.

Ojo al dato: el 40,6% de los niños de entre 6 y 9 años tiene exceso de peso

El último estudio ALADINO, elaborado por Aesan, detalla que el 76,2% de los escolares debería mejorar su la calidad de su alimentación. Respecto a los niños de edades comprendidas entre 6 y 9 años, el informe recoge que el 58,5% se sitúa en valores de normopeso, mientras que el 0,9% sufre delgadez y el 40,6% tiene exceso de peso. De estos, el 23,3% está en niveles de sobrepeso y el 17,3% sufre obesidad.

Además, el informe sostiene que el 23,2% de niños de familias con rentas inferiores a 18.000 euros brutos anuales sufre obesidad. Sin embargo, en el caso de familias con rentas superiores a 30.000 euros la cifra se sitúa en 11,9%.

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