A debate la primera propuesta de Sumar. El Congreso de los Diputados ha decidido este martes, 19 de diciembre, empezar con la tramitación de la proposición de ley que reforma el Código Penal en materia de libertad de expresión. La iniciativa ha superado su primer examen parlamentario por 177 votos a favor frente a los 169 en contra.
Por qué es importante. Se propone derogar cinco delitos de la legislación vigente: ofensa a los sentimientos religiosos o de escarnio público, las ofensas a España y a sus símbolos, el delito de injurias a la Corona, el enaltecimiento del terrorismo, y las injurias al Gobierno y a sus instituciones.
A quién afecta. A todos los ciudadanos.
Próximos pasos. Tras su toma en consideración, la norma de la formación de Yolanda Díaz se remitirá a la comisión correspondiente. En esta etapa, los grupos parlamentarios podrán presentar enmiendas para modificar el texto.
Un poco de contexto: una propuesta de Unidas Podemos y la polémica de Pablo Hasél
En la pasada legislatura. Sumar recupera la misma proposición de ley sobre libertad de expresión que presentó Unidas Podemos en la anterior legislatura (2019-2023). La iniciativa de la formación morada no pudo completar su recorrido debido a la constante ampliación del plazo de enmiendas –casi dos años atascada en este punto– y la convocatoria de las elecciones generales anticipadas del 23-J.
- Por 193 votos a favor. El pleno de la Cámara Baja dio luz verde a la tramitación del texto de 2021 por 193 votos a favor frente a los 152 en contra. Mientras que el PSOE, UP, ERC, PNV, EH Bildu, BNG, Compromís, Junts, la CUP, Más País, Nueva Canarias y Teruel Existe apoyaron la norma, PP, Vox, Ciudadanos, Coalición Canaria, Foro Asturias y UPN mostraron su rechazo.
El caso de Pablo Hasél. La propuesta de Unidas Podemos se registró en febrero de 2021, en plena polémica por el encarcelamiento del rapero Pablo Hasél tras ser detenido por los Mossos en la Universidad de Lleida. Hasél no se presentó en prisión pasado el plazo que le dio la Audiencia Nacional para ingresar voluntariamente por una condena –rebajada– de nueve meses y un día de cárcel por enaltecimiento del terrorismo e injurias a la Corona.
Suprimir los “delitos de opinión”. Enrique Santiago, portavoz de Sumar en el Congreso en materia de Justicia, defenderá la proposición de ley sobre libertad de expresión en el hemiciclo. Santiago señala que esta iniciativa busca eliminar los conocidos aún como “delitos de opinión”, totalmente “desfasados y anacrónicos”. Por su parte, el diputado ha recordado el caso del sindicalista Pablo Fragoso.
- ¿Qué ocurrió? Fragoso incitó a la quema de la bandera española en una protesta por las condiciones laborales del Arsenal de Ferrol (A Coruña) en 2014, un hecho que el Tribunal Constitucional castigó con una multa económica. Nueve años más tarde, la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos condenó a España por “violación de la libertad de expresión”, pues el órgano consideró que gritar “puta bandera” no supone ultraje a dicha insignia.
Puntos clave de la reforma del Código Penal sobre libertad de expresión
Sentimientos religiosos y escarnio público (artículo 525)
El Código Penal establece una multa de ocho a 12 meses para aquellas personas que ofendan públicamente los sentimientos de los miembros de una religión, así como para las que hagan escarnio público de quienes no profesan una creencia.
Se protegería como derecho fundamental. La iniciativa suprime este delito, pero plantea que la protección de la libertad religiosa sea un derecho fundamental.
Ofensas a España y a sus símbolos (artículo 543)
También se elimina el artículo que impone una pena de multa de siete a 12 meses por las ofensas o por los ultrajes de palabra, por escrito o de hecho a España, a las comunidades autónomas y a sus símbolos.
Delitos contra la Corona (artículos 490.3 y 491)
La proposición de Sumar sobre libertad de expresión quita del Código Penal el apartado que castiga con penas de hasta dos años de cárcel a quienes injurien o calumnien a los miembros de la Familia Real en el ejercicio de sus funciones o con motivo de estas.
En otro contexto. La iniciativa también plantea terminar con las injurias contra la Corona llevadas a cabo en otro supuesto, que están penalizadas con una pena de multa de cuatro a 20 meses. Así como con el delito que sanciona con una pena de multa de seis a 24 meses a las personas que utilicen la imagen de la familia real para “dañar el prestigio de la Corona”.
Enaltecimiento del terrorismo (artículo 578)
Se suprime el artículo que implanta penas de prisión de uno a tres años y multa de 12 a 18 meses a aquellos que enaltecen o justifiquen públicamente los delitos de terrorismo, o participen en actos que puedan humillar a las víctimas de estos delitos.
A cambio. Sobre la protección a las víctimas del terrorismo, introducen un nuevo precepto como agravante en el Código Penal: que se cometa el delito por razón de que la persona que lo padezca forme parte de este colectivo.
Injurias al Gobierno y a sus instituciones (artículo 504)
Se elimina el apartado que establece que las personas que calumnien, injurien o amenacen gravemente al Ejecutivo y a sus instituciones (como el Tribunal Constitucional) tengan una pena de multa de 12 a 18 meses. Si se emplea la fuerza o la violencia con el objetivo de impedir a los miembros de estos organismos asistir a sus reuniones, la pena es de tres a cinco años de cárcel.
Delitos cometidos por funcionarios públicos
Sumar también plantea en la proposición de ley sobre libertad de expresión modificar dos artículos que tipifican los delitos cometidos por funcionarios públicos y autoridades:
- Pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público de uno a cuatro años y multa de seis a 12 meses para los que identifiquen a personas con el fin de “conocer o controlar su participación en actividades de índole político, sindical, religioso u otras actividades en las que se ejerciten los derechos a la libertad ideológica o de pensamiento o de libertad de expresión”.
- Pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público de uno a cuatro años y multa de seis a 12 meses para quienes impidan “el derecho a la libertad de expresión” de una o varias personas.
Qué se vota: la tramitación de la proposición sobre libertad de expresión de Sumar
El pleno del Congreso de los Diputados ha dado luz verde a empezar con la tramitación parlamentaria de la proposición de ley que reforma el Código Penal en materia de libertad de expresión, presentada por Sumar.
Cómo ha quedado la votación. La iniciativa ha contado con el respaldo de 177 diputados (PSOE, Sumar, ERC, Junts per Catalunya, EH Bildu, PNV, BNG, Coalición Canaria y Podemos) frente al rechazo de los 169 parlamentarios que suman PP, Vox y UPN.
Jerga parlamentaria. Según el Reglamento de la Cámara Baja, a esta fase se la conoce como ‘toma en consideración’.
Bobadas. Lo que hay que incluir expresamente hoy en una ley así es la consagración de la libertad total para criticar a la farmafia judeosatánica y al colegio de miérdicos. Ídem de ídem para las mafias feministas, woke o LGTBIOTAN+ De todos modos, como siempre, estará mal redactada por unos mileniales deficientes y no ofrecerá norma operativa alguna que permita decidir si una expresión determinada es permisible o no; con lo que nos vamos a encontrar con la inseguridad jurídica de las dictaduras de la siniestra; donde los disidentes son enviados al loquero como con Stalin, se les fríe a multas.confiscatorias o se les cancela en las redes sociales arbitrariamente. Una vez más, el estatismo de los biempensantes va atacar a los librepensadores en las redes sociales. Estamos presenciando la destrucción del Estado de derecho y la liquidación de los derechos fundamentales que creíamos establecidos. Todo por "cortesía" de una alianza entre las grandes corporaciones y políticos de izquierda o globalistas.
no me parece correcto