El Consejo de Ministros ha aprobado el anteproyecto de ley de administradores y compradores de créditos que exige a las entidades renegociar las condiciones de los préstamos dudosos antes de exigir su devolución en caso de impagos. La norma también contempla otras medidas, como habilitar un registro para los prestamistas con fines inmobiliarios.
Transposición europea. Con la aprobación de este anteproyecto de ley, el Gobierno prevé transponer la directiva europea 2021/2167, una norma que persigue regular los contratos sobre préstamos que podrían reembolsarse fuera de plazo.
- Aunque la directiva se limita a los préstamos dudosos creados por entidades de crédito, la transposición del Gobierno contempla extender la norma para incluir también a los originados por establecimientos financieros de crédito. Es decir, a los que conceden los bancos al uso y los de empresas prestamistas.
Qué leyes cambian. El anteproyecto prevé modificar dos leyes: la de contratos de crédito al consumo (16/2011) y la reguladora de contratos de créditos inmobiliarios (5/2019).
- El cambio a la ley 16/2011 implica que las entidades prestamistas deben renegociar las condiciones del préstamo antes de reclamar el importe completo a una persona en situación de vulnerabilidad económica. Por ejemplo, ofreciendo que lo vendan a un tercero o una condonación equivalente al precio que obtendría el acreedor si vendiera el bien objeto de préstamo.
- La ley 5/2019 se modifica para que los prestamistas inmobiliarios queden incluidos en un registro y no se confundan con el resto de compradores de crédito que no llevan a cabo una actividad ligada al sector inmobiliario.
La fecha límite para transponer esta directiva venció el 29 de diciembre de 2023, según indica la norma. En marzo de 2024 el Gobierno respondía a una pregunta escrita del PP formulada en el Congreso, explicando que la celebración de elecciones en 2023 frenó el avance de esta norma, que pasó por consulta pública en enero de 2023.
Administradores y compradores de créditos. Los administradores son las empresas o entidades que gestionan los derechos u obligaciones derivados de un préstamo dudoso, explica la propia directiva.
- El comprador es la persona (o empresa) que adquiere los derechos de un acreedor (el que cobra) de un préstamo dudoso. Es decir, es quien pasa a tener los derechos y obligaciones sobre ese crédito o préstamo en cuestión.
Préstamos dudosos. Se conocen como los préstamos bancarios sobre los que existen dudas sobre la fecha en la que van a ser devueltos o, directamente, sobre si van a ser devueltos, explica un artículo del Banco Central Europeo.
- Si un banco acumula préstamos dudosos se debilita su rentabilidad, dado que generan pérdidas porque se reduce la cantidad de dinero que obtienen al conceder créditos.
- Para gestionar esa pérdida económica, los bancos tienen que tener provisiones para cubrir dichas cantidades. Ese dinero que se guarda como provisiones deja de estar disponible para conceder nuevos préstamos, lo que genera una pérdida de ganancias añadida.
- Rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros
- Directiva (UE) 2021/2167
- Pregunta con respuesta escrita en el Congreso de los Diputados
- Ley 16/2011
- Ley 5/2019