El Boletín Oficial del Estado (BOE) recoge este miércoles el real decreto ley que aprobó el Consejo de Ministros sobre la extensión de los ERTE. El acuerdo con los sindicatos y la patronal llegó sobre la bocina, dado que la anterior prórroga expiraba el 30 de septiembre.
[Los decretos leyes y otras disposiciones que puede aprobar el Consejo de Ministros]
José Luis Escrivá ha cuantificado en torno a 750.000 el número de trabajadores que, en estos momentos, se encuentran acogidos a un Expediente de Regulación Temporal de Empleo. Con la aprobación del real decreto ley, podrán seguir haciéndolo hasta el 31 de enero de 2021 si se encuadran en los supuestos contemplados.
El documento crea nuevos tipos de ERTE en relación con el COVID-19: el de las empresas que, debido a las decisiones sanitarias, no puedan realizar su actividad y el de las entidades que, por el mismo motivo, vean limitado su funcionamiento. Además, establece bonificaciones para los de las compañías que pertenezcan a los sectores más afectados por la pandemia.
ERTE por impedimento
- Beneficiarios. Las compañías de cualquier sector que, debido a las nuevas restricciones adoptadas por las autoridades nacionales o extranjeras a partir del 1 de octubre, no puedan desempeñar su actividad habitual en alguno de sus centros de trabajo.
- Bonificaciones. Serán del 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social de sus empleados mientras permanezcan cerradas y si tienen menos de 50 trabajadores. Si su plantilla supera ese tamaño, la exención será del 90%.
ERTE por limitaciones
- Beneficiarios. Las empresas que vean restringida su actividad en algunos de sus centros de trabajo como consecuencia de las decisiones tomadas por las autoridades en España para hacer frente al coronavirus.
- Bonificaciones. Serán decrecientes. En las entidades donde hay menos de 50 trabajadores, irán del 100% en octubre al 80% en enero, mientras que si la empresa cuenta con más de 50 trabajadores el baremo se mueve entre el 90% y el 70%.
ERTE en empresas de sectores más afectados y una tasa de recuperación baja
- Beneficiarios. Las compañías que se sitúen en las áreas más dañadas por la crisis del coronavirus -el turismo, por ejemplo- y no hayan conseguido recuperarse todavía. La norma entiende como tal que permanezca inactiva más del 65% de su plantilla. La recopilación de estos sectores quedará definida en una lista del Código Nacional de Actividades Económicas (CNAE) .
La recopilación de estos sectores ha quedado definida en una lista del Código Nacional de Actividades Económicas (CNAE) recogida en el real decreto ley. Incluye 42 actividades distintas, la mayoría de ellas ligadas al turismo y el comercio. Se recoge, también, otras como la “edición de periódicos” o el “transporte espacial”, pero no la hostelería.
Además, se podrán acoger a este tipo de ERTE las empresas que, sin pertenecer a alguno de estos sectores, formen parte de su cadena de valor o demuestren que dependen económicamente de de ellos. Lo tienen que acreditar probando que más del 50% de su facturación en 2019 vino de estas áreas.
- Bonificaciones. Serán del 85% para las empresas con menos de 50 trabajadores y del 75% para las de más de 50. Se aplicarán tanto en relación a los empleados suspendidos como a los que se reincorporen a sus puestos.
¿Cuánto van a cobrar los trabajadores acogidos a un ERTE?
El 70% de su base reguladora, con independencia de los meses que lleven en el ERTE. Supone una excepción de la legislación laboral vigente, que establece que después de los primeros 180 días -seis meses- la prestación se reduzca al 50%.
Además, las personas que ahora se encuentren en un ERTE y sean despedidas en 2021 o vean terminado su contrato de “duración determinada” mantendrán el “contador a cero” de cara al cobro de sus prestaciones por desempleo.
Como novedad, el acuerdo incorpora que los trabajadores acogidos a un Expediente de Regulación Temporal de Empleo tendrán atención preferente para recibir formación. También la creación de la Comisión de Seguimiento Tripartita laboral en la que los ministerios de Trabajo y Seguridad Social, los sindicatos y la patronal evaluarán el resultado de las nuevas medidas.
¿Cuáles son las condiciones que tienen que cumplir las empresas para poder seguir en el ERTE?
Las compañías que con un ERTE no podrán despedir a trabajadores incluidos en un ERTE en los seis meses siguientes a la reanudación de la actividad. Si lo hacen, tendrían que devolver el importe de las bonificaciones disfrutadas.
De igual manera, no podrán realizar horas extras, externalizar su actividad o contratar a personas para realizar actividades similares a las de los trabajadores en ERTE, ya sea de forma directa o a través de ETT. Tampoco se les permitirá repartir dividendos durante el ejercicio en el que hayan aplicado el ERTE.
Las prestaciones para los fijos discontinuos
El real decreto ley también incluye una ayuda extraordinaria de desempleo para las personas que tengan un contrato fijo discontinuo o realicen trabajos fijos y periódicos en fechas concretas y, durante su periodo de actividad, se hayan visto afectados por un ERTE. Asimismo, se dirigirá a quienes dentro de este grupo hayan agotado los subsidios que pudieran percibir. Recibirán la misma cantidad que su última prestación contributiva por desempleo y, en su defecto, la cuantía mínima de la prestación contributiva.
que sucede con los ERTES por fuerza mayor que se amplian automáticamente hasta el 31 de enero y no entran en ese listado? ¿ tienen alguna exoneración en las cuotas de la seguridad social?
Yo entiendo que no