Nos preguntáis por el ‘plus’ de productividad en los centros penitenciarios y las excarcelaciones

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Esta semana se ha abierto el debate sobre los incentivos que reciben los directores de los centros penitenciarios. Se ha difundido que cuantos más presos se excarcelen o se les otorgue el tercer grado, mayor será el plus de productividad que recibirá el director de la prisión

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La disputa surge a raíz del homicidio de un niño en Lardero, un municipio de La Rioja. El detenido había obtenido el régimen de tercer grado en febrero de 2020, como informa Europa Press

Varios políticos se han hecho eco de estos pluses que el Ministerio del Interior otorga a los equipos directivos de los centros penitenciarios. Por ejemplo, el eurodiputado de Vox Jorge Buxadé aseguró que “Grande-Marlaska, ministro de Interior, les paga 2.000 euros de productividad anual a los directores de prisiones por superar determinados porcentajes de excarcelación o de progresión al tercer grado”, afirmó en una rueda de prensa el pasado 2 de noviembre (min. 14:10).

La portavoz del Gobierno y ministra de Política Territorial, Isabel Rodríguez, lo desmintió en una entrevista en El Español, en la que señaló que “la orden de productividad no está ligada de ninguna manera a las progresiones de grado”. La orden a la que se refiere la ministra hace referencia al programa que premia la calidad del servicio y la productividad del personal directivo a través de bonificaciones.

Te explicamos cómo funcionan los índices de calificación establecidos por Instituciones Penitenciarias, qué criterios otorgan más puntos a las prisiones, quién puede optar al tercer grado a través de la clasificación inicial y bajo qué criterios.

¿Qué es el programa de productividad vinculado al rendimiento y a la calidad?

La actual Orden de Servicios define el programa de productividad vinculado al rendimiento y a la calidad del servicio para el personal directivo de los centros penitenciarios. Este programa recoge una serie de criterios con diferentes puntuaciones que determinan los incentivos que recibirán los directores de las prisiones. El programa se extendió al personal directivo con la Instrucción 6/2000, hace 21 años. 

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Sergio Cámara, profesor de Derecho penal y Criminología de la UNED, explica a Newtral.es que el programa de productividad, conocido coloquialmente como “los pluses”, consiste en una “serie de incentivos que, como ocurre en otros ámbitos de la función pública, se establece para mejorar la calidad de los servicios públicos”, en este caso, de prisiones.

Como explican desde Instituciones Penitenciarias a Newtral.es, este programa establece una serie de “índices de calidad” que buscan alcanzar el objetivo de las prisiones, establecido en el artículo 25.2 de la Constitución Española. “Las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social”, recoge el artículo. 

La Orden de Servicios incluye los elementos que marcan el índice de calificación de un centro: los ámbitos de actividad, indicadores, criterios de aplicación y el valor en puntos de cada criterio. La puntuación máxima es de 18 puntos. 

Entre los indicadores establecidos se encuentran, por ejemplo, las muertes por suicidio. Como recogen los criterios, cuando en un centro no hay ninguna muerte por suicidio, se le añaden dos puntos. Si, por el contrario, hay dos o más, no recibe ninguno. 

También incluye la implantación de programas específicos de tratamiento de carácter prioritario. Como aclaran desde el sindicato Agrupación de los Cuerpos de la Administración de Instituciones Penitenciarias (ACAIP) a Newtral.es, estos suelen ser más genéricos, basados en “bloques de perfiles”. Pueden estar relacionados con violencia de género, la erradicación de la drogadicción o con un tratamiento específico de carácter sexual. En este caso, si el centro cuenta con tres o más programas, recibe dos puntos. 

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El criterio que está generando esta polémica es el del porcentaje de clasificaciones ejecutivas en tercer grado. Cuando este porcentaje supera el 60%, el centro penitenciario recibirá 2 puntos. 

¿Qué es el porcentaje de clasificaciones ejecutivas en tercer grado?

Cuando un preso ingresa en prisión, se le realiza una clasificación inicial para otorgarle uno de los tres tipos de regímenes penitenciarios (ordinario, cerrado o abierto), como recoge el artículo 103.7 del Reglamento Penitenciario. 

El porcentaje al que hace referencia la Orden de Servicios representa las decisiones unánimes que la Junta de Tratamiento –dependiente de cada centro– ha tomado durante una clasificación inicial para otorgar el tercer grado a presos con penas máximas de un año, teniendo en cuenta diversas circunstancias. Este porcentaje de “plus” excluye expresamente a los presos que accedan al tercer grado por una vía diferente a la de la clasificación inicial. 

ACAIP aclara que esta clasificación se realiza una vez que llega la sentencia del detenido. Si esta llega mientras la persona está en libertad, se debe presentar en un centro penitenciario o en un CIS. En este último caso, “es probable que realice la condena allí hasta que el tercer grado sea efectivo –en caso de que se lo otorguen–, pero no olvidemos que sigue siendo una institución penitenciaria”, explican desde el sindicato.

Desde Instituciones Penitenciarias añaden que “esta orden no está vinculada a progresiones de grado, es decir, no cambia un régimen ya establecido”. Sin embargo, el sindicato CSIF denuncia que “en la orden que reciben los directores, no aparece especificado”. 

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¿Qué se tiene en cuenta para otorgar el tercer grado en la clasificación inicial?

Las Juntas de Tratamiento son las encargadas de realizar la clasificación de los presos para determinar qué régimen otorgar. Solo se podrá conceder el tercer grado a presos con penas inferiores a un año y bajo determinadas circunstancias. Existen tres tipos de regímenes:

  • El régimen ordinario, que  se aplicará a “los penados clasificados en segundo grado, a los penados sin clasificar y a los detenidos y presos”.
  • El régimen abierto o de semilibertad, que se aplica a los penados clasificados en tercer grado. “Otorgar el tercer grado no significa poner fin a la condena”, recuerdan desde Instituciones Penitenciarias. 
  • El régimen cerrado, que se otorga a los penados “clasificados en primer grado por su peligrosidad extrema o manifiesta inadaptación a regímenes comunes anteriores”. 

A la hora de determinar qué régimen aplicar al condenado, las Juntas de Tratamiento evalúan determinadas circunstancias sobre el preso. Se tendrán en cuenta aspectos como “la personalidad y el historial individual, familiar, social y delictivo del interno”, pero también la duración de las penas, así como el medio social al que retorne el recluso. 

Como explican desde Instituciones Penitenciarias, el objetivo de las clasificaciones iniciales es evitar que el ingreso en prisión tenga efectos negativos en la reinserción en presos “con penas tan bajas” –inferiores a un año– y bajo circunstancias concretas. 

¿Reciben los directores penitenciarios incentivos por “excarcelar” al mayor número de presos?

Como recuerdan a Newtral.es desde Instituciones Penitenciarias y desde el sindicato de funcionarios CSIF, los centros penitenciarios no pueden “excarcelar” a presos sin una resolución judicial previa. Para poder ser puesto en libertad, es necesaria la aprobación del Tribunal sentenciador o del expediente de libertad condicional por el Juez de Vigilancia, como recoge el Reglamento Penitenciario. La polémica, por tanto, gira en torno a los presos que, en régimen de tercer grado, tienen autorización para salir del centro penitenciario. 

En este sentido, Sergio Cámara insiste en que “es completamente incorrecto” decir que se asigna un plus por la excarcelación de los penados. Cámara explica que “se deja que el penado salga del centro, pero esto no significa que sea excarcelado, sigue cumpliendo su pena privativa de libertad”.

Desde CSIF explican que la orden de servicios en la que se establecen los incentivos para los directores de prisiones existe desde el año 2000, sin embargo, es el actual equipo directivo de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias quien ha introducido este criterio de tercer grado por primera vez. El sindicato lo interpreta como una forma de “presionar a los centros para otorgar terceros grados” en las clasificaciones iniciales.

¿Cuáles son las cuantías recibidas por los equipos directivos?

En el segundo apartado de la Orden de Servicios aparecen especificadas las cuantías y su funcionamiento. El tipo de personal se divide en directores de centros-tipo, de centros de categoría especial y directores, subdirectores y administradores del resto de centros penitenciarios. 

“En función de los puntos, los directivos cobran de manera semestral lo estipulado para cada productividad: si el centro-tipo consigue los 18 puntos, recibirá el máximo incentivo, que es 1.081 euros adicionales cada semestre”, explican desde ACAIP. 

El máximo depende del grupo al que pertenezca el funcionario. Los directores de centros de categoría especial podrán recibir un incentivo máximo de 639 euros semestrales, mientras que en el resto de centros penitenciarios el máximo es de 225 euros.

¿Quién evalúa y puntúa a los centros penitenciarios?

Desde ACAIP explican a Newtral.es que la información se recaba a través de informes realizados por el propio centro penitenciario. “Cuando hay un suicidio u otro incidente, el centro lo registra”, aclaran. Estos informes son enviados después para su calificación. 

Se basan en una evaluación cuantitativa, es un criterio numérico. “No se evalúa el éxito de un programa, sino si el centro tiene o no”, añaden desde ACAIP.

Fuentes