El Congreso ha convalidado el real decreto-ley que amplía hasta 19 semanas el permiso de nacimiento y cuidado de menores. La medida ha salido adelante con 313 votos a favor de todos los grupos parlamentarios, a excepción de 33 abstenciones de Vox. Además, se ha aprobado su tramitación como proyecto de ley.
Entrada en vigor. Por un lado, el permiso por nacimiento queda fijado en 17 semanas para todos los nacidos después del 31 de julio de 2025, cuando se publicó la norma en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Todos los nacidos antes de esa fecha se regirán por la norma anterior, que establecía 16 semanas. Las seis primeras semanas tras el nacimiento del menor continúan siendo obligatorias para ambos progenitores y el resto son optativas y se pueden coger seguidas o por tramos en el primer año de vida del menor.
- Las dos semanas restantes hasta completar la ampliación de 19 van aparte y se aplican de forma diferente. Se aplican a todos los bebés nacidos después del 2 de agosto de 2024 y se pueden tomar a partir del 1 de enero de 2026 y hasta que el niño cumpla 8 años.
Comunicación con la empresa. El primer tramo de seis semanas obligatorias para ambos progenitores se aplica a partir del nacimiento del menor. El resto del permiso por nacimiento y cuidado se debe comunicar a la empresa un mínimo de 15 días antes de tomarla y en los términos que indique cada convenio colectivo. Con esa notificación, la empresa enviará un certificado a la Seguridad Social. Este puede disfrutarse a jornada completa o a jornada parcial, siempre que se apruebe previamente entre la empresa y el empleado.
- Si se da el caso de que ambos progenitores trabajen en la misma empresa, esta puede decidir que sus empleados no tomen el permiso al mismo tiempo si existen “razones fundadas y objetivas debidamente motivadas por escrito”.
Solicitar el permiso a la Seguridad Social. Aunque se haya comunicado a la empresa que se va a tomar esta concesión por maternidad, también es necesario que el progenitor lo tramite con la Seguridad Social para obtener la prestación económica de esos meses.
El trabajador debe presentar una solicitud, a través de la sede electrónica de la Seguridad Social, por correo ordinario o en persona, y añadir los siguientes documentos:
- El documento de identidad.
- El libro de familia o el certificado de inscripción del hijo.
- El certificado de la empresa, solo si esta no lo ha hecho llegar.
- Un informe de maternidad expedido por el Servicio Público de Salud en el caso de que el permiso comenzara antes del parto.
Contexto. Hasta la aprobación de esta ampliación en julio, el permiso por nacimiento era de 16 semanas para cada uno de los progenitores, según el real decreto de 2019 que lo regulaba.
- Los únicos países de Europa en los que los dos progenitores tienen el mismo permiso son España, Dinamarca, Portugal y Suecia.
- La ampliación de la concesión por nacimiento y cuidado del menor tiene su origen en una norma europea de 2019 que tendría que haber sido transpuesta a la legislación nacional antes de agosto de 2022. La Comisión Europea ya había abierto procedimientos de infracción contra España y llevó el caso ante el Tribunal de Justicia de la UE.
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