La Justicia de Canarias aclara que no ha reconocido a una madre soltera de Tenerife el derecho al doble permiso de maternidad

permiso maternidad monoparental
Tribunal Superior de Justicia de Canarias. ShutterStock.
Tiempo de lectura: 5 min
(*) Actualización 04/12/2023

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) aclara que no ha reconocido a una madre soltera de Tenerife el derecho a disfrutar del permiso de maternidad pagado que le hubiese correspondido al otro progenitor. En un primer momento, el tribunal publicó una sentencia que varios medios de comunicación interpretaron como favorable a la madre, pero los magistrados rectificaron y en un auto posterior aclararon que se trataba de un “evidente error”.

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Según ha aclarado el TSCJ, el tribunal pretendía “estimar” y no “desestimar” un recurso presentado por dos órganos de la Seguridad Social. El máximo tribunal de justicia canario indica en su rectificación que se trató de un “evidente error del fallo que desestima el recurso cuando en sus fundamentos se estima”.

Los magistrados dictaminaban sobre un recurso presentado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social en contra de una madre soltera a la que un juzgado de Santa Cruz de Tenerife falló a su favor para beneficiarse de un doble permiso de maternidad. Lo que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias buscaba era revocar el fallo mencionado. 

Este error ha provocado confusión en redes sociales después de que varios medios de comunicación publicaran la información inicial, que posteriormente fue rectificada por el tribunal.

La sentencia de un juzgado de Santa Cruz sobre el doble permiso de maternidad para una madre de Tenerife

El fallo previo del juzgado de Santa Cruz de Tenerife argumentaba sobre la importancia de conceder el doble permiso de maternidad con el fin de garantizar el cuidado del menor por uno de los progenitores. La sentencia consideró ajustado a las normas que se acumule en la madre el permiso de 16 semanas que correspondería al otro progenitor.

En su momento, tanto la Seguridad Social como el hospital privado para el que trabajaba la mujer se opusieron a su petición para conseguir el doble permiso de maternidad y presentaron un recurso al fallo en primera instancia que le daba la razón. Este fallo reconocía a la madre como familia monoparental y el derecho a disfrutar de 16 semanas adicionales.

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Como relata la sentencia, la niña nació a finales de 2021 y en el Registro Civil figura la madre como única progenitora de la menor. En ese momento, la Seguridad Social le reconoció la prestación por maternidad por 16 semanas pero rechazó la ampliación de otro periodo igual, que sería lo que le correspondería a una hipotética pareja, según la ley. 

La demandante recurrió ante el Juzgado de lo Social, que en primera instancia le dio la razón a la mujer. Un posterior recurso del empleador elevó el caso ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias, que “por error” le dio la razón a la madre al reconocer su derecho a disfrutar del doble permiso de maternidad por ser madre soltera. 

El error en el fallo de la sentencia dictada por el Superior de Canarias 

A través de un auto aclaratorio publicado el 30 de noviembre, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias explica que se trató de un “evidente error” en el fallo al escribir estimar en vez de desestimar. Es decir, que los magistrados estimaron el recurso de suplicación interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad en contra de un fallo que beneficiaba a la madre soltera con un doble permiso de maternidad. 

“En el presente caso está claro que se ha cometido un error material al hacer constar en la sentencia y en el fallo que se desestima el recurso cuando se trata de una estimación del mismo, como claramente se argumenta y se recoge en los fundamentos de derecho, por lo que procede aclarar la sentencia en tal sentido”, aclara la rectificación.

La ampliación del permiso, bajo debate 

La legislación actual reconoce 16 semanas de prestación y permiso para la madre y otras 16 para el padre o madre no gestante. Las familias monoparentales reclaman tener derecho al doble permiso de maternidad, es decir 32 semanas. Aún no existe legislación que amplíe este permiso, pero sí hay un proyecto de Ley Orgánica en el que se reconoce de forma específica este derecho.

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Para la Seguridad Social estos fallos a favor supondrían la creación de una nueva prestación, una carga adicional al sistema de protección social y a la empresa para la que trabaje la mujer con las consecuencias en cuanto a las sustituciones o reorganización. La respuesta del TSJC en este caso es que corresponde a los legisladores establecer en cada caso el nivel de protección que se determina para los ciudadanos dado el vacío legal que existe en estos momentos. 

De hecho, las peticiones al respecto han generado distintas respuestas según el tribunal que lo ha analizado. Ante esta disparidad de criterios, el Supremo unificó doctrina con una sentencia en la que rechazó que en una familia monoparental la madre pudiera sumar al permiso de maternidad por nacimiento y cuidado del menor al que tiene derecho el que le habría correspondido al otro progenitor.

(*) Newtral.es se hizo eco de la sentencia y, al conocerse la aclaración, ha procedido a publicar esta rectificación íntegra de la información errónea. 

Fuentes
  • Agencia EFE
  • Auto aclaratorio del Tribunal Superior de Justicia de Canarias
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