El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este jueves 7 de julio un acuerdo entre España y la Organización de las Naciones Unidas (ONU) para abrir en Madrid una delegación de la Oficina de Programas de la Oficina de las Naciones Unidas de Lucha contra el Terrorismo (OLCT).
La apertura de esta oficina tendrá lugar en septiembre y se encargará de ejecutar proyectos relacionados con la prevención y lucha contra el extremismo violento, la protección de objetivos vulnerables, la promoción y protección de los derechos humanos en la lucha contra el terrorismo, el apoyo a las víctimas del terrorismo y la cooperación bilateral y multilateral, entre otras cuestiones.
La ONU abrirá una oficina para luchar contra el terrorismo en Madrid
La idea de abrir este local en Madrid surgió en el Comité de Coordinación del Foro Global de Contraterrorismo celebrado en Málaga en marzo de 2019, según recoge el Consejo de Ministros.
Este acuerdo recoge que España proporcionará a la ONU locales de oficina “adecuados y suficientes” junto con el mobiliario, equipamientos y suministros públicos que requieran como electricidad, agua, saneamiento y gas.
Además, el país anfitrión tendrá que velar por la seguridad y la protección de estos locales y facilitar las fuerzas de policía necesarias para mantener el orden público y para desalojar a las personas de su interior si hiciese falta.
Por otro lado, el convenio también recoge que los fondos, haberes, ingresos y bienes de la oficina estarán exentos de impuestos, tasas, derechos aduaneros y demás gravámenes.
La Agencia del Medicamento multa a dos farmacéuticas
La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) ha multado a la compañía Janssen Pharma S.L. con 220.001 euros por cesar el suministro del medicamento Hypnomidate 2 mg/ml solución inyectable 5 ampollas de 10 ml. Y ha impuesto una multa similar por 200.001 euros a Cheplapharm Arzneimittel GmbH por hacer lo mismo con el medicamento Dicorynan 100 mg cápsulas duras, 40 cápsulas.
La AEMPS declara que se trata de infracciones muy graves, como indica el artículo 111.2 c) 21.ª de la ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.
La CNMC inhabilita a una empresa que fabrica y vende biodiésel
Por otra parte, el BOE publica la inhabilitación de Ran Gas & Oil S.L. para ejercer de operador al por mayor de carburantes y combustibles petrolíferos por incumplir con las condiciones exigidas para realizar esta actividad. Desde el pasado 3 de mayo, esta compañía figura en el listado de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) como inhabilitada de forma temporal.
En concreto, no acreditaron tener la capacidad financiera necesaria para poder distribuir al por mayor productos petrolíferos, fijada en al menos 3 millones de euros en el artículo 10 del real decreto 2487/1994. Este establece que «se considerará suficientemente acreditada la capacidad financiera cuando el operador disponga de unos recursos propios afectos a la actividad de distribución mayorista de, al menos, quinientos millones de pesetas», que aproximadamente son 3 millones de euros.
Según la orden del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, el desarrollo de la actividad de distribución al por mayor sin cumplir con los requisitos exigidos perjudica económicamente al sector.
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