El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este martes una orden del Ministerio de Sanidad que establece las condiciones en las que se puede hacer uso de los transportes aéreo y marítimo en las fases 2 y 3 del plan de desescalada.
La norma permite que, a partir de la segunda etapa, retomen su actividad los barcos turísticos -exceptuando los cruceros- bajo determinadas condiciones: navegar y fondear en las aguas adyacentes a la unidad territorial, hacerlo bajo las medidas de higiene y, en el caso de Baleares y Canarias, sin superar el 50% de la capacidad de pasajeros.
También recoge novedades respecto al transporte marítimo entre la península y Canarias. Podrán embarcar y desembarcar de buques que presten servicios regulares personas y vehículos que hayan realizado el trayecto con unos fines determinados, como ir a la compra, al médico o al trabajo, volver a la residencia habitual, cuidar a mayores o dependientes o por causas de fuerza mayor o situación de necesidad.
No ocurre lo mismo en el caso de Melilla, donde salvo casos concretos sigue cerrado este tránsito. Las excepciones son las autorizadas por la Delegación del Gobierno o el caso de los buques de Estado, pesqueros, de carga o con fines humanitarios, entre otros.
Navegación de recreo
En fase 2, se permite navegación de recreo a quienes se encuentran en la misma unidad territorial en la que está amarrada la embarcación, limitándose su ocupación máxima al 75% (el 100% en el caso de personas convivientes) siempre que el número total de personas no supera las 10.
En esta línea, queda autorizado el alquiler de embarcaciones y motos náuticas, así como el uso de barcos para hacer las prácticas necesarias para obtener títulos de recreo. Todas las estas actividades deberán realizarse, eso sí, en las aguas adyacentes a la unidad territorial.
En fase 3, quedan permitidas todas las actividades de recreo “sin más limitaciones que las que rijan con carácter general”.
A partir de la segunda etapa se permiten retomar los vuelos de instrucción, siempre que despeguen y aterricen en la unidad territorial en la que se encuentren la escuela.
También se vuelven a permitir los vuelos de recreo en grupos de hasta 20 personas, incluido el piloto. El vuelo se podrá realizar si la aeronave se encuentra en la misma unidad territorial en la que se habita.