Novedades BOE | Los viajeros procedentes de Francia que entren en España por vía terrestre deberán presentar test negativo en COVID-19

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El Boletín Oficial del Estado (BOE) de este sábado 27 de marzo publica una orden del Ministerio de Sanidad que obliga a los viajeros que entren por vía terrestre en España procedentes de zonas de riesgo de Francia a disponer “de una prueba PCR (RT-PCR), una prueba TMA u otro tipo de prueba diagnóstica para SARS-CoV-2” con resultado negativo, y que deberá haber sido realizada en las 72 horas previas a su llegada a España. Quedan exentos de este requisito los menores de seis años. Esta orden entrará en vigor el 30 de marzo.

La definición de zona de riesgo en lo que respecta a Francia queda definida como “todas las zonas de Francia calificadas por el Centro Europeo para la Prevención y Control de Enfermedades con nivel de riesgo de color rojo oscuro, rojo, naranja o gris, en base a los indicadores combinados establecidos en la Recomendación (UE) 2021/119 del Consejo de 1 de febrero de 2021 por la que se modifica la Recomendación (UE) 2020/1475 sobre un enfoque coordinado de la restricción de la libre circulación en respuesta a la pandemia de COVID-19”.

Esta orden complementa a la Resolución de 11 de noviembre de 2020, de la Dirección General de Salud Pública, relativa a los controles sanitarios a realizar en los puntos de entrada de España, que establecía la obligatoriedad de un test negativo en COVID-19 a los viajeros que entrasen en España por las vías aérea o marítima.

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PCR para los viajeros procedentes de Francia: excepciones en el BOE

Al margen de la comentada de menores de seis años, el BOE recoge que determinados viajeros no deberán presentar esta prueba negativa en COVID-19. Son:

  • Los profesionales del transporte por carretera en el ejercicio de su actividad profesional.
  • Los trabajadores transfronterizos.
  • Los residentes en zonas fronterizas, en un radio de 30 kilómetros alrededor de su lugar de residencia.

En cuanto a las sanciones por incumplir esta orden, el BOE remite al título VI de la Ley 33/2011, de 4 de octubre, que contempla sanciones leves de hasta 3.000 euros y graves de hasta 600.000.

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